domingo. 28.04.2024
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Proemio

Decían los mayores, y decían bien, que es de bien nacido ser agradecido. Y quiero antes que nada hacer constar mis agradecimientos a un grupo de Telegram, cuyo nombre me reservo, por su ¡otra vez! involuntaria, aunque voluntariosa, contribución a que las ideas se me aclaren y se enturbien y se agiten y se posen, y de paso, como ya pasó en anteriores ocasiones, me pongan en bandeja los mimbres para un nuevo texto, éste ¡Gracias!

Es un grupo heterogéneo en su forma de expresarse; de alguna manera caótico; que no rehúye el enfrentamiento en ocasiones rocoso; arborescente, o sea: que a veces, y el que suscribe el primero y el que más, se va por las ramas; tan faltón unas como otras amable. Si fuera un organismo, se diría que el grupo sufre esquizofrenia paranoide, pues cumple aquello de que, si bien muchas veces cosas estólidas se pueden unir para construir algo inteligente (el animal humano), la reunión de muchas inteligencias puede crear algo estúpido (¿será por esto, es decir, por lo contrario, que los ejércitos estupidizan a sus soldados...?). Pero es en ese lodo caótico donde, como en un mundo primordial, puede aparecer la chispa de la genialidad. Y siempre habrá alguien -por ejemplo: yo- que de eso se aproveche, así que: gracias, grupo, porque es de bien nacido ser agradecido.

Con menor intensidad cuantitativa, que no cualitativa, también vampirizo a aquellos amigos que se prestan con sus comentarios. Y ¡cómo no! eso ha vuelto a pasar. También gracias, queridos amigos.

Vendrán más años malos...

“(Acción testimonial.) La comunicación ha alcanzado tal volumen y tanta prepotencia, que la noticia pesa muchísimo más que lo notificado. Las noticias son más hechos, hacen u ocurren enormemente más que los hechos mismos de los que dan cuenta. Por eso, a espaldas de la noticia que hace, se ha desarrollado, como por contrapunto, la acción que dice. La acción que sólo dice, o sólo quiere decir, la que se llama «acción testimonial», no pocas veces cruenta, es el reverso monstruoso de la no menos monstruosa prepotencia de la noticia que hace.” (Rafael Sánchez Ferlosio, Vendrán más años malos y nos harán más ciegos, Destino, Barcelona, 1993)

Este libro, cuyo título uso con impío descaro, es un conjunto de aforismos, a veces sentencias casi preceptuales, otras alegres greguerías gómezserninas -como reconoce el propio autor- y siempre un compendio de sentido común, eso sí: escrito de forma excelsa. En resumen, una miscelánea de escritos de talante las más de las veces polémico y siempre transgresor. Un texto de difícil digestión para dogmáticos.

Y los años malos que el título predice ya han llegado, y ya las noticias pesan más que los hechos, especialmente cuando son noticia antes que los propios hechos que quieren noticiar. Vamos, lo que en la prosa de antes llamábamos globos sonda.

Y, a mayores, si la noticia antes que el hecho está ligado a una pretérita “acción testimonial”, en el sentido ferlosiano del concepto, todo se embrolla más y más y aún más.

La noticia prepotente que pesa más que el hecho, a fuer de lo mucho que se habla sin haberse dado, es la de la futurible amnistía de los procesistas. Y el hecho pretérito que no pasó de ser una acción testimonial, aunque no por ello sin unos efectos que, como bien advierte Sánchez Ferlosio, pueden llegar a ser monstruosos, es el propio procés.

Noticia -que quiere ser un hecho- y acción testimonial -es decir: actuación que sólo puede decir-, cara y reverso de estos años malos. Signos de nuestro tiempo.

...Y nos harán más ciegos

Tengo para mí que usar y abusar de relatos y de performances está detrás del susto del 23J, susto del que aún no se ha recuperado ni la izquierda ni aún menos la izquierda a la izquierda de la izquierda. Y es así porque quitándonos gratuitamente las necesarias herramientas de análisis, nos quedamos -más- ciegos ante una realidad arisca y peñascosa, contra la que no paramos de tropezar.

Ver el procés como algo más que una acción testimonial ferlosiana -a pesar de que Ponsatí lo viera prístino: fue, nada más y nada menos, un farol en una partida de póker- o noticiar la amnistía para los allí actuantes, como hoy (por el jueves, 31 de agosto) acaba de hacer Jéssica Albiach en una entrevista ante la Agència Catalana de Notícies, es no querer ver, y de forma interesada -y no hay peor ciego que el que no quiere ver-, cómo en los dos casos, en el del performance y en el del globo sonda, acabamos jugando en el campo donde más y mejor juega la derecha: el del lío, la maraña y el embrollo. Volveremos a ello.

En el grupo de Telegram alguien dijo con mucho acierto: “Jo no tinc gens clar el contingut d’aquesta suposada Llei d’Amnistia. Abans de formar-me una opinió vull saber a qui afecta i com" (1). Mi interpretación, que no tiene por que ser la del autor del mensaje, es ferlosiana: la noticia tiene ya tal prepotencia que toma el peso, la fuerza y la categoría de un hecho, y ocurra o no finalmente el hecho, demasiadas personas no querrán o no podrán o no sabrán esperar y, a diferencia del mensaje referido, ya se habrán formado una opinión sobre algo que no ha ocurrido, otras -para bien o para mal- lo darán por ocurrido y aún unas terceras se hartarán de tanto texto vacuo e insignificante.

Y ya hemos llegado a ver el meollo: la amnistía.

¿Constitucional? ¿Inconstitucional?

Para gustos, colores, que diría el castizo. Tenemos a un lado a Diego López Garrido o Manuel Aragón, y de otro Marco Aparicio, Juan Antonio Xiol o Javier Pérez Royo, o en un si, pero no a Juan Luís Requejo Pagés (2) (y no olvidemos, atentos a la monstruosa prepotencia de la comunicación, valorar en su justiprecio lo que ¿muy atinadamente? dice la presentadora de Els matins de Catalunya Ràdio, Marina Romero, “la clau per aquestes negociacions es la batalla pel relat”). Vale la pena el esfuerzo de oír y leer los argumentos expuestos por ellos, pues no hablan por boca de ganso.

A todo esto, el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, según la Agència Catalana de Notícies, ha asegurado hoy (31/08/2023) que "no hi ha cap negociació en marxa amb ningú, ni s'ha presentat cap projecte d'amnistia a cap partit polític". Pero la comunicación ha alcanzado tal volumen y tanta prepotencia, que la noticia pesa muchísimo más que lo notificado. No hay ninguna amnistía encima de la mesa, pero todo el mundo habla sobre la -noticia de la- amnistía.

¿Es conspiranóico pensar que, no ya las sesudas intervenciones antes mentadas, sino los artículos y declaraciones que salen del entorno de Sumar y el conglomerado que lo conforma más bien parecen una mezcla de globos sonda con propósito de profecía autocumplida, un intento de ahormarnos el pensar a través de la machacona repetición?

A todo esto, y una vez oídos y leídos los expertos, de los que, si más no, al menos obtendremos cierta cultura constitucionalista, hay unas preguntas muy necesarias y muy pertinentes. A saber, y según el grupo de Telegram:

¿Estamos o no de acuerdo en ceder ante Puigdemont?

El caso es que, con las cartas que tenemos, ¿cómo jugamos?

¿Qué propuesta sería aceptable para evitar un gobierno PP-Vox o repetición de elecciones?

¿Hasta donde se puede ceder ante Puigdemont?

¿Táctica sin estrategia con remiendos jurídicos sobre la base de «el fin justifica los medios»?

¿Un Gobierno progre que dependa continuamente de su chantaje? ¿No los conocemos?

¿Cuánto riesgo queremos aceptar a cambio de estar en un gobierno progresista?

Por mucho que duela, el gobierno que podría salir con el apoyo de Junts sería tutelado y duraría muy poco

Incluso: “El límit, per mi és clar, Amnistia NO, referèndum NO, i en cas contrari, eleccions

En resumen:

Yo dejaría estar lo de si la CE permite la amnistía o no y me concentraría en si es conveniente o no. Yo veo un problema político más que jurídico

Entender que estamos ante un problema político, más que jurídico, es una muy buena base para empezar a deshacer el nudo gordiano con el que los votantes han atado a sus representantes.

Pero ojo con pensar que sólo es político y que, fuera de las Cortes Generales, nadie puede oponer nada a lo que en ellas se acuerde.

Un caso de ¿éxito?, la -llamada- amnistía fiscal

Tanto para Jaume Asens (3) como para Juan Luís Requejo Pagés la -supuesta- amnistía fiscal de Montoro (2012, bajo el gobierno de Rajoy) es un ejemplo de que es factible una ley de amnistía. Pero hay dos peros... uno es jurídico, el otro es de concepto.

El pero jurídico. En el caso de la amnistía -sigamos, por ahora, llamándola amnistía- fiscal, los contribuyentes que regularizaban sus activos no declarados no quedaron exentos de pagar impuestos ni de reconocer el delito, puesto que debían pagar una tasa reducida.

La última amnistía fiscal en España, aprobada en 2012 por el Gobierno del PP, RDL 12/2012, se denominó “Declaración tributaria especial”. La ley no utilizó la palabra “amnistía” -obviamente, no podía-, pero sí establecía que los contribuyentes que regularizaran sus activos no declarados solo deberían pagar una tasa del 10% sobre el valor de los mismos.

Esta tasa reducida fue muy criticada por TODOS los partidos de la oposición, que la consideraron una “privatización de la recaudación”. La “amnistía” también fue cuestionada por algunos juristas por su capacidad de romper el principio jurídico de universalidad.

El TC declaró inconstitucional la amnistía fiscal en 2017, argumentando (y esto es además políticamente significativo) que no creaba ni reformaba ningún tributo nuevo ni se entendía como una medida contra el fraude, sino que, aunque se razonó su ser en obtener ingresos imprescindibles por la crisis económica, “viene a legitimar como opción válida la conducta de quienes […] incumplieron su obligación de contribuir(4).

Pues, cuidado con ese matiz jurídico (el TC reprende al legislador porque ni creaba ni reformaba ningún tributo nuevo y ni tan sólo se entendía como una medida contra el fraude), pues con poco cambio de fondo y el necesario de forma el TC puede poner en jaque una amnistía que quiera ser real sobre los actores del procés.

El pero conceptual. Se le llamó amnistía, pero no fue ni legalmente ni realmente una amnistía: se obligaba de facto y de iure al reconocimiento por parte del sujeto de su delito y se le condonaba parcialmente -casi totalmente, pero no totalmente- la pena económica.

No sólo no fue una amnistía ni en su sentido fuerte (como la del 77, que implicaba la ilegitimidad de la ley anterior y la legitimidad de los actos amnistiados realizados contra aquellas leyes espurias e inicuas) ni en su sentido débil (la que ahora se plantea en los globos sondas, que ni lo uno ni lo otro) sino que, a mayores, el TC, tal y como acabo de manifestar en el pero anterior, la declaró inconstitucional.

Así que ni fue una amnistía, aunque todos se empeñara en llamarla así, ni la ley engendrada por la Cortes pasó por el tamiz del TC.

Es lo que tiene creer que la palabra da forma y crea el hecho (o la noticia lo noticiado o un performance la realidad), y no al revés: tiene que acabas no sabiendo de lo que hablas, si de la realidad o de un wishful thinking. Pues como dijo Aristóteles a los que pensaban que las palabras, dándoles esencia, contenían a las cosas: “las palabras no crean realidad, pero si te confundes al usarlas, confundirás la realidad.” Es por ello que vuelvo una y otra vez e insisto tanto en los peligros de luchar en el campo del relato, campo de batalla donde la derecha, por su falta de escrúpulos, siempre tendrá la fuerza del ventajista y la eficacia del tahúr.

¡Es la política, estúpido!

Como de política hablamos, viene al caso saber que Puigdemontrefuerza su poder en el Consell de la República y minimiza el 'parlamento' de la entidad [...] Esta decisión llega tras algunas reuniones en las que los representantes del 'parlamento' habían criticado duramente a la dirección” (El Periódico, 29/08/2023). Amarra en corto a los suyos para que no se den voces discordantes o versos sueltos, cuya disonancia diera al traste con el relato de su apoyo a la gobernabilidad del Estado español, (todo sea por no decir España, por aquello de que vaya la palabra a crear -o descrear- realidad).

Pero volvamos a lo nuestro: “Yo dejaría estar lo de si la CE permite la amnistía o no y me concentraría en si es conveniente o no. Yo veo un problema político más que jurídico

El qué, lo sabemos: “hallar un texto de una amnistía acotada que jurídicamente sea lo menos problemática posible y que a su vez no debilite al Estado y contribuya a la normalización y la pacificación de la sociedad” (del grupo de Telegram). El problema, como siempre, pero especialmente en política, es el cómo.

Analicemos una observación política de un jurista, Manuel Aragón, extraída de su artículo citado: una ley de amnistía (aunque en la letra, para evitar su inconstitucionalidad, se expresara en el sentido débil antes indicado) "inevitablemente, supondría reconocer que fue justo el proceso de secesión e injusto el derecho que lo reprimió. Lo que significaría, sin duda alguna, un golpe mortal para nuestro Estado constitucional y democrático de derecho. La amnistía solo procede frente a un derecho injusto, y no lo es, por principio, el emanado durante la vigencia de una Constitución democrática, salvo que el Tribunal Constitucional lo hubiera anulado por inconstitucional. Esas son las reglas y esas son las garantías que no pueden dejar de ser observadas.".

En lo que no cae este análisis político, en todo caso, es en un mirada cortoplacista y táctica. Y entiendo que nuestros representantes y queridos líderes deberían obrar de similar manera y huir de cualquier tipo de reflexión cortoplacista y táctica.

La razón de ser de una acción legislativa como la que analizamos, como bien afirma Xiol, es política: otorga perdón al delincuente, anula los antecedentes de los hechos que ampara, pero por su esencia política, justo por no entrar en razones jurídicas, no podrá evitar reconocer, si no se derogan las leyes que correspondan, que el delito existió en el marco de la ley que regía y seguirá rigiendo.

Pero si no se derogan las leyes cuya existencia procuró que hubiera delito ¿qué objeto político tiene esa acción legislativa, si en el caso de volver a hacer lo mismo, los sujetos amparados por ella volverán a quedar expuestos a la acción de la Justicia? Y recordemos el argumento que el TC usó para declarar inconstitucional la “amnistía” fiscal: “no creaba ni reformaba ningún tributo nuevo ni se entendía como una medida contra el fraude”, lo que, mutatis mutandis, le podría llevar a criticar que tal acción legislativa “no creaba ni reformaba ninguna ley ni se entendía como una medida contra los hechos ocurridos”, y remachar con que "viene a legitimar como opción válida la conducta de quienes […] incumplieron su obligación de [respetar la ley]“.

Otra cosa es el consenso exigible. Primero, el político: la CE obliga a que sea una ley aprobada por mayoría absoluta. El impacto político en la sociedad de una acción política de este calibre debería requerir conseguir, y no sólo buscar, una mayoría reforzada, si no como la que fundamentó la del 77, al menos que superara claramente un exiguo 50% + 1, pero esa es otra discusión. Pero si sólo la aprueban la mitad más uno, la victoria puede ser pírrica.

Segundo, el social. La CE, con las salvedades de mesura constitucionales e internacionales indicadas por Xiol, tal vez pueda permitir una ley de amnistía (que no de indulto general) si ésta queda aprobada por la mitad más uno de los diputados del Congreso español, pero “si para contentar a 14 de los 48 diputados que representan a los catalanes, se adopta una solución sin una decisión cualificada del Congreso, no sé si se evitará la división existente en Catalunya, pero en el conjunto de España la división puede ser de órdago, incluidos algunos de nosotros” (del grupo de Telegram).

Otrosí: Si las partes queman el cartucho de la amnistía para la investidura ¿Qué les quedará a Junts para negociar su necesario voto para los próximos PPGG? ¿Un referéndum de autodeterminación (tapado bajo el eufemístico derecho a decidir)? ¿O tal vez, como está corriendo por ciertos mentideros, lo próximo a pedir por parte de Puigdemont no sea un nuevo referéndum, sino que se legalice a posteriori el del 1O?

Un libro de Historia de España, del Plan de Estudios de Bachillerato de la República, aprobado en agosto de 1934, decía textualmente «oscuro e incierto se presentaba el reinado de Witiza».

La respuesta debe ser política, no cabe duda, pero oscuro e incierto se presenta nuestro tiempo.

Una pregunta de casi imposible respuesta

Es un error pensar que hacen falta muy malos sentimientos para aceptar o perpetrar los hechos más sañudos; basta el convencimiento de tener razón. Aún más, acaso nunca el sentimiento haya sabido ser tan inhumano como puede llegarlo a ser la convicción.” (ob.cit.)

Basta el convencimiento de tener razón para perpetrar los hechos más sañudos. Como tasar una amnistía por su valor en votos. Como no dar el brazo a torcer y provocar nuevas elecciones. Como permitir un gobierno PP-Vox. Como argumentar que “se ha adoptado una decisión política por un interés superior” (pre-crítica vertida en el grupo de Telegram).

Pienso que no hay solución argumentable a la pregunta sobre qué hacer con Puigdemont, si amnistía y rendirle pleitesía yendo a Waterloo o pasar de él y nuevas elecciones... Es que ni idea.

Tal vez debamos encomendarnos al instinto político de los negociadores, o lo que de forma algo pedante en filosofía se llama juicio sintético abductivo, que viene a ser en román paladino aquello de "si la acierto, la adivino". O como con vivaz gracejo se ha dicho en el grupo de Telegram: "miramos las nubes y decidimos si coger o no el paraguas, si llueve y no lo hemos cogido, pues pasa que nos mojamos...". Pues eso.

No lo digo en broma ni con ironía. Se avanza a trompicones, y sólo una precaución hay que tener: asumir lo decidido, no poner excusas y recordar siempre que de buenas intenciones esta empedrado el camino al infierno. Y no sólo los que lo tengan que decidir, sino también nosotros, los votantes más o menos o nada implicados o comprometidos o incluso involucrados en el proceso de decisión de la negociación, porque con las cartas que tenemos (los resultados de las elecciones) ¿Cómo diablos jugamos?

Es una buena pregunta, de casi imposible respuesta.

Y no por culpa nuestra, sino por la cerrilidad de las derechas (incluyendo las nacionales y las nacionalistas) que sostienen sin pudor el cuanto peor, mejor.

De una mesa de póker te puedes levantar asumiendo las pérdidas, especialmente si detectas tahúres (con PP y Junts a la cabeza), pero de nuestra sociedad no nos podemos levantar y nos toca jugar con esos tahúres, así que no hay respuesta argumentable y aún menos fácil y sencilla. Ni buena, ni mala. Sólo nos queda guiarnos por la intuición y esperar y desear que no se dé aquello de "pan para hoy, hambre para mañana". Y si se diera, saber que se hizo lo imposible porque no fuera así, porque no pasara.

Por cerrar mojándome, intuyo, por aquello dicho del método abductivo y de la adivinación, que favorecer con una abstención un gobierno en solitario del PP (sin Vox) puede ser más peligroso que tirar del voto de Junts, e igual de aventurado que enfrentar a la sociedad a una nuevas elecciones. Pero tal vez la intuición de muchos otros conciudadanos con derecho a voto no sea ésta, máxime si Junts juega a tensionar la negociación hasta el mismo borde de la ruptura. Y eso puede pasar factura...

Vendrán tiempos mejores, pero no vendrán ni de buena gana ni por arte de birlibirloque. Como dicen que dijo el genio “Si llegan las musas, que te pillen trabajando”.


(1) “Yo no tengo nada claro el contenido de esta supuesta Ley de Amnistía. Antes de formarme una opinión quiero saber a quién afecta y cómo".
(2) 
Diego López Garrido, Marco Aparicio, Juan Antonio Xiol y Javier Pérez Royo en una entrevista en el programa El Matí de Catalunya Ràdio del 7/08/2023. Manuel Aragón en su artículo publicado en El Mundo (“La Constitución no permite la amnistía”, 29/08/2023. Juan Luís Requejo Pagés, en ElDiario.es del 27/08/23.
(3) El País 27/08/2023
(4) Real Decreto-ley 12/2012, de 30 de marzo, por el que se introducen diversas medidas tributarias y administrativas dirigidas a la reducción del déficit público.  Artículo de El País (08/06/2017) sobre la declaración de inconstitucionalidad del RDL 12/2012, del 30 de marzo de 2012. Texto del fallo del Tribunal Constitucional sobre el recurso de inconstitucionalidad del RDL 12/2012. 

Vendrán tiempos mejores