lunes. 29.04.2024

No veo yo a grupos de encapuchados quemando contenedores delante de las sedes socialistas para protestar porque se pueda sospechar de la práctica de lawfare en alguna actuación judicial en relación con la futura ley de amnistía. A no ser que sean convocados en las redes sociales por alguien que sepa cómo se escribe lawfare.

En cambio, anda el sector judicial revolucionado a cuenta de la previsión de que el Congreso de los Diputados pueda constituir comisiones de investigación de las que se pudieran derivar “situaciones comprendidas en el concepto lawfare o judicialización de la política” como dice el acuerdo PSOE-JUNTS, recientemente firmado.

Esta circunstancia y el respeto debido al estamento judicial hace necesario un análisis con, al menos, pretensión de ser riguroso, sobre la pretendida investigación parlamentaria sobre el supuesto de que, en España, haya judicialización de la política, politización de la justicia, acoso judicial o, en definitiva, instrumentalización de la justicia para fines políticos, que son las diversas traducciones al castellano que pudiera tener eso de la lawfare.

En el Congreso, en lo que llevamos de democracia, se han constituido 27 comisiones de investigación

En primer lugar, acudamos a la Constitución. En ella, hay un artículo, el 76, que dice, literalmente: “El Congreso y el Senado, y, en su caso, ambas Cámaras conjuntamente, podrán nombrar Comisiones de investigación sobre cualquier asunto de interés público. Sus conclusiones no serán vinculantes para los Tribunales, ni afectarán a las resoluciones judiciales, sin perjuicio de que el resultado de la investigación sea comunicado al Ministerio Fiscal para el ejercicio, cuando proceda, de las acciones oportunas”. Y, agrega: “Será obligatorio comparecer a requerimiento de las Cámaras. La ley regulará las sanciones que puedan imponerse por incumplimiento de esta obligación”.

Para los muy constitucionalistas, la lectura de cualquier parte de nuestra carta magna, incluido el artículo anterior, le debe de servir de motivo de emoción. Además de justificación de que el Congreso, y el Senado, puedan “nombrar Comisiones de investigación sobre cualquier asunto de interés público”.

Ambas cámaras, Congreso y Senado, tienen regulada en sus respectivos reglamentos la constitución de esas comisiones de investigación, comonopodíaserdeotraforma. Remito al artículo 52 del Congreso y a los 59 y 60 del Senado, para comprobarlo.

Si nos centramos en el Congreso, por motivos que en seguida veremos, y tiramos del Diario de Sesiones, podremos comprobar que, en lo que llevamos de democracia, se han constituido 27 comisiones de investigación, por lo que, el tema, no les debe de resultar novedoso a sus señorías. A pesar de su relativa utilidad, ya que no todas han llegado a emitir un informe de conclusiones y solo dos lo hicieran por unanimidad, se siguen constituyendo y, en la actualidad, hay una, todavía en funcionamiento, sobre la gestión de las vacunas contra la Covid.

Me da la impresión de que la forma jurídica de hacer lawfare debe ser la prevaricación judicial

Así pues, debería quedar demostrado que la constitución de una comisión de investigación parlamentaria “sobre cualquier asunto de interés público”, no debería ser motivo de escándalo. Al menos, inicialmente. A no ser por la materia investigada. Vayamos a ello.

Seguramente se me podrá corregir, pero me da la impresión de que la forma jurídica de hacer lawfare debe ser la prevaricación judicial. La instrumentalización de una sentencia judicial es, no solo inevitable, sino natural, si esa sentencia, dictada desde la legalidad y neutralidad más estricta, puede perjudicar a un adversario político. Otra cosa, es si esa sentencia se ha pronunciado de forma injusta y a sabiendas. En ese caso, el artículo 446 del Código Penal castiga al juez o magistrado con penas de cárcel que, dependiendo de la causa en la que se haya prevaricado, van de uno a cuatro años y multas de seis a veinticuatro meses, además de su inhabilitación. Eso es una prueba de que parece que una conducta prevaricadora en quien debe aplicar la justicia, no es bien vista.

Así pues, parece que los legisladores tuvieron en cuenta, en el momento de promulgar ese Código Penal, que los jueces pueden prevaricar si tienen la desvergüenza y la motivación, económica o ideológica, suficiente, para hacerlo. De hecho, muy de vez en cuando se expulsa de la carrera judicial a un magistrado. En los últimos cuarenta años, y escribo de memoria, solo a seis magistrados por prevaricar. No es mucho y demuestra que no es una conducta habitual entre los jueces españoles, pero, como las meigas, haberlos, haylos.

En los ambientes independentistas, andan con la mosca detrás de la oreja sobre la posibilidad de que la ley de amnistía sufra de lawfare, es decir, de prevaricación judicial

Parece que, en los ambientes independentistas de Cataluña, andan con la mosca detrás de la oreja sobre la posibilidad de que la ley de amnistía que está punto de entrar en el Congreso de los Diputados sufra de lawfare, es decir, de prevaricación judicial.

Como todo el mundo sabe, o debe saber, yo no tengo nada que ver con el pacto al que han llegado PSOE y JUNTS. Y, por si acaso, agrego que creo que ninguno de todos y cada uno de los magistrados que van a intervenir en el asunto de la amnistía, van a prevaricar.

Pero en JUNTS piensan de otra manera y, como diría José Mota (naturalmente referido a otra cosa). ¿Y si sí?Pues para eso están las comisiones de investigación del Congreso. Para investigar cosas como estas. Aunque luego acaben como acaban. 

Ahora que, entiendo el escándalo de los funcionarios del sistema judicial. A mí, tampoco me gustaría que se sospechara que los ingenieros de caminos jubilados pudiéramos cometer algún delito. Pero, seguramente, no tendríamos el mismo acceso a los medios de comunicación para montar el escándalo. A lo mejor tendríamos que ir a quemar contenedores a algún sitio.

El escándalo del lawfare