viernes. 03.05.2024
armada
El gobierno de Felipe González indultó al exgeneral Alfonso Armada, uno de los protagonistas del golpe de Estado del 23-F.

@Montagut | El indulto en España es una medida de gracia, con carácter excepcional, y que se reguló por una Ley de 18 de junio de 1870, que establece la remisión total o parcial de las penas de los condenados por una sentencia firme, y que otorgaría el rey a propuesta del Ministerio de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros. La Constitución de 1978 prohíbe en su artículo 62, relativo a lo que corresponde al rey, que se puedan autorizar indultos generales.

El procedimiento y los requisitos legales para la concesión de los indultos, siempre particulares se plantearon ya en la mencionada Ley de 1870, pero que se modificó por otra Ley de 14 de enero de 1988. El penado, sus parientes o una persona en nombre de aquel puede solicitar el indulto. Si solamente es para un beneficio de tipo penitenciario se hace necesario contar con el correspondiente informe técnico de la prisión, además de la intervención de la Junta de Tratamiento y del juez de vigilancia penitenciaria. Las solicitudes deben ser vistas por el Tribunal que sancionó, con intervención del fiscal y de la parte ofendida si la hubiere. En definitiva, como hemos expresado, es el rey quien lo concede, a propuesta del Ministerio de Justicia y con deliberación del Consejo de Ministros. La concesión se establece a través de un Real Decreto. No se pueden indultar los delitos de traición ni contra la seguridad del Estado cometidos por el presidente del Gobierno o por los ministros, como establece el artículo 102 de la Constitución en vigor.

El indulto supone la extinción de la responsabilidad penal, es decir, es un perdón de la pena, mientras que la amnistía es el perdón del delito

No está de más recordar que el indulto supone la extinción de la responsabilidad penal, es decir, es un perdón de la pena, mientras que la amnistía es el perdón del delito. El indultado sigue siendo culpable pero ya no cumplirá la pena, mientras que el amnistiado ya no es culpable. Así pues, un indultado solamente lo es de la pena que le toca por cumplir, mientras que el amnistiado puede implicar que se le rehabiliten sus derechos perdidos por cumplir la pena impuesta. La amnistía borra los antecedentes penales, mientras que el indulto no lo hace. 

Hemos visto ya en esta serie de amnistías e indultos en Nuevatribuna.esel indulto de 1969 sobre las responsabilidades penales cometidas antes de terminar la guerra, que fue, realmente una medida para la galería porque ya no había presos por esas causas, aunque sí benefició a los escondidos para evitar la represión, los conocidos como “topos”.

En democracia ha habido distintas concesiones de indultos. Intentemos hacer un listado:

- El Gobierno socialista de Felipe González indultó al exgeneral Alfonso Armada, uno de los protagonistas del golpe de Estado del 23-F.

- El Gobierno popular de José María Aznar indultó a José Barrionuevo y a Rafael Vera, condenados por el caso GAL, en 1998. 

José María Aznar dio un indulto con motivo del fin del milenio y del jubileo. Afectó a más de un millar de condenados

- El Gobierno popular de José María Aznar dio un indulto con motivo del fin del milenio y del jubileo. Afectó a más de un millar de condenados, entre ellos al juez Javier Gómez de Liaño. Hubo un juez, Santiago Vidal, de un Juzgado barcelonés, que envió un informe al Ministerio de Justicia donde afirmó que los indultos colectivos estaban prohibidos por la ley. En el informe aludió al supuesto olvido del Gobierno en relación con la separación del Estado y la Iglesia porque el indulto se vinculó al Año Santo Jubileo. Otros juristas de relieve criticaron el indulto colectivo.

- El Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero indultó al banquero Alfonso Sáenz Abad, aunque no pudo extinguir sus antecedentes penales.

- Los Gobiernos populares de Mariano Rajoy se prodigaron en la concesión de indultos. Así pues, la mayoría de los 113 indultos que se concedieron en el año 2013 fueron por condenados por delitos contra la salud pública. En el tiempo de esta Administración se generó una intensa polémica en relación con el indulto a un conductor que por su conducción temeraria acabó con la vida de una persona. El Tribunal Supremo terminó por anularlo. Por fin, también hubo indultos a agentes de la policía condenados por agresiones y torturas, como el caso de cinco Mossos, condenados por torturar a un ciudadano rumano. El Ministerio de Justicia argumentó que había nuevos datos que los jueces no tuvieron en cuenta en su momento.

- El Gobierno de Pedro Sánchez indultó a condenados por delitos de sedición y desobediencia en relación con el procés catalán. Se realizó ignorando el informe del Tribunal que sentenció y que se opuso a los indultos.

Indultos en la España democrática (I)