jueves. 28.03.2024

El Supremo acusa a Garzón de colocarse "a la altura de regímenes totalitarios"

El Tribunal Supremo ha condenado al juez Baltasar Garzón a 11 años de inhabilitación en el ejercicio de su cargo y a una multa de 2.520 euros por un delito de prevaricación en concurso con otro contra las garantías constitucionales al colocarse "a la altura de regímenes totalitarios" cuando intervino las comunicaciones de los cabecillas de la trama "Gürtel" con sus abogados en prisión.

Partidarios de Garzón mostraron su “repulsa” por la resolución judicial. Aseguran que el juez "se ha convertido en la primera víctima de la trama 'Gürtel' mientras que el ex presidente de la Comunidad Valenciana, Francisco Camps, ha sido absuelto, han dicho en referencia a la causa de los trajes derivada también de la trama Gürtel.

La condena, notificada personalmente al juez en la sede del alto tribunal, señala que el magistrado de la Audiencia Nacional vulneró de forma "drástica e injustificada" el derecho de defensa de sus investigados, lo que le supondrá la "pérdida definitiva" del cargo. Tras conocer la sentencia, un poco antes de las dos de esta tarde, Garzón ha abandonado con semblante serio el alto tribunal sin realizar declaraciones.

La resolución, que ha sido acordada por unanimidad de los siete magistrados que juzgaron la causa el pasado mes de enero, conlleva la pérdida definitiva de su cargo en el Juzgado Central de Instrucción número 5 "y de los honores que le son anejos", así como "la incapacidad para obtener durante el tiempo de la condena cualquier empleo o cargo con funciones jurisdiccionales o de gobierno dentro del Poder Judicial, o con funciones jurisdiccionales fuera del mismo".

"LAMINÓ" EL DERECHO DE DEFENSA DE LOS IMPUTADOS

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Miguel Colmenero, insiste a lo largo de sus 68 páginas en que la decisión de Garzón de autorizar las escuchas fue "injusta" porque "laminó" de forma arbitraria y sustancial el derecho de defensa de los imputados de "Gürtel" en prisión -Francisco Correa, Pablo Crespo y Antoine Sánchez-, "sin razón alguna que pudiera resultar mínimamente aceptable".

En términos muy duros, la sentencia señala que Garzón colocó "a todo el proceso penal español, teóricamente dotado de las garantías constitucionales y legales propias de un Estado de Derecho contemporáneo, al nivel de los sistemas políticos y procesales característicos de tiempos ya superados, (...) admitiendo prácticas que en los tiempos actuales solo se encuentran en los regímenes totalitarios en los que todo se considera válido para obtener la información que interesa, o se supone que interesa, al Estado".

Añade que, al adoptar esta decisión, "prescindió de las mínimas garantías efectivas para los ciudadanos y convirtiendo de esta forma las previsiones constitucionales y legales sobre el particular en meras proclamaciones vacías de contenido".

El tribunal, presidido por el magistrado Joaquín Giménez, contaba, además de con el ponente Colmenero, con los magistrados Andrés Martínez Arrieta, Francisco Monterde, Juan Manuel Berdugo, Manuel Marchena -instructor del caso de los cobros de Nueva York- y Luciano Varela -instructor de la causa contra Garzón por investigar los crímenes del franquismo-.

La sentencia del alto tribunal puntualiza que las únicas "restricciones admisibles" al derecho a la asistencia letrada de los internos en prisión preventiva son las fijadas en el artículo 51.2 de la Ley General Penitenciaria . Así, "la intervención de las comunicaciones (...) solo pueden acordarse en casos de terrorismo y previa orden de la autoridad competente".

"La justicia obtenida a cualquier precio termina no siendo Justicia", dice el Supremo

Desde la perspectiva de la Sala de lo Penal del Supremo, la previsión legal del delito de prevaricación por el que se condena a Garzón "no puede ser entendida en ningún caso como un ataque a la independencia del juez, sino como una exigencia democrática impuesta por la necesidad de reprobar penalmente una conducta ejecutada en el ejercicio del poder judicial que, bajo el pretexto de la aplicación de la ley, resulta frontalmente vulneradora del Estado de Derecho".

Finalmente, subraya que la pretensión legítima del Estado en cuanto a la persecución y sanción de las conductas delictivas "sólo debe ser satisfecha dentro de los límites impuestos al ejercicio del poder por los derechos que corresponden a los ciudadanos en un Estado de Derecho".

"Nadie discute seriamente en este marco que la búsqueda de la verdad, incluso suponiendo que se alcance, no justifica el empleo de cualquier medio -sentencia el alto tribunal-. La justicia obtenida a cualquier precio termina no siendo Justicia".

El miércoles quedó visto para sentencia el segundo juicio celebrado contra él en el Tribunal Supremo, por un presunto delito de prevaricación cometido al investigar los crímenes franquistas careciendo de competencia para ello.

Garzón ingresó en la carrera judicial en 1981 y ejerció como magistrado instructor de la Audiencia Nacional durante casi 22 años, desde 1988 hasta el 14 de mayo de 2010. Ese día Garzón bajó por última vez las escaleras de la Audiencia Nacional con lágrimas en los ojos y entre el aplauso de los funcionarios de su juzgado, tras ser suspendido por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a raíz de la decisión del juez Luciano Varela de dictar la apertura de juicio oral contra él por declararse competente para investigar los crímenes cometidos durante la Guerra Civil y el franquismo.

El CGPJ expulsará a Garzón de la carrera judicial

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) esperará a que se le notifique formalmente la sentencia condenatoria contra Baltasar Garzón para ejecutar el fallo, expulsar al juez de la Carrera y convocar su plaza del Juzgado Central de Instrucción número 5, que cubre actualmente Pablo Ruz de forma interina.

Cuando transcurran los 11 años de inhabilitación, Garzón, que tendrá entonces 67 años, podrá volver a solicitar al Consejo su readmisión en la carrera judicial, a la que volverá con la antigüedad que ha reunido hasta este momento sin que le sea computado en el escalafón el tiempo durante el cual ha permanecido inhabilitado.

Aunque esta condena supone la pérdida definitiva del cargo que ostenta, Garzón podrá ejercer la abogacía o continuar participando en foros internacionales. Durante este tiempo, ha colaborado con el Tribunal Penal Internacional con sede en La Haya, con la Organización de Estados Americanos (OEA) y el Comité contra la Tortura del Consejo de Europa.

Trama Gürtel: Camps absuelto, Garzón, condenado