viernes. 19.04.2024

Con el RDL 3/2012 el Partido Popular impone autoritariamente - aunque legítimamente, gracias a un sistema electoral que castiga a las minorías sociales y políticas de nuestro país - el inicio de la demolición de las relaciones laborales constitucionalizadas en 1978. Con la norma se abre paso una etapa en la que los conflictos laborales surgirán en centenares de miles de Pymes al ser quebrada la columna vertebral del sistema de negociación colectiva hasta ahora vigente, por la “prioridad aplicativa respecto del convenio sectorial estatal, autonómico o de ámbito inferior” impuesta por el nuevo apartado 2 del artículo 84 de ET.

El eje troncal de la negociación colectiva española, ha sido el convenio sectorial provincial, como se constata con los datos oficiales del 2009, último con datos cerrados. En el mismo, un total de 1035 convenios colectivos sectoriales de ámbito provincial, regularon las condiciones de trabajo de 6.083.576 trabajadores, que representaban el 67% de todos los trabajadores cubiertos por convenio. En su práctica totalidad estos trabajadores estaban asalariados en Pymes de menos de 10 trabajadores.

El II Acuerdo Negociación Colectiva 2012-2014, firmado el 25 de Enero pasado, buscaba: preservar el ámbito provincial de negociación y favorecer que tales convenios potencien la flexibilidad que la (empresa) necesita para adaptarse a un mercado cambiante y competitivo, pero sin olvidar que (el ámbito provincial) es el ámbito de negociación que más cobertura facilita a empresa y trabajadores

Hasta la demolición constitucional que en la práctica puede suponer el RDL 3/2012, el sistema permitía a los titulares del millón largo de microempresas – en su inmensa mayoría caracterizadas por su reducida capitalización, y autofinanciación – centrar toda su atención y esfuerzos en el desarrollo de la actividad económica, comercial y productiva. Los convenios sectoriales provinciales, que dan cobertura a más de 1 millón de microempresas, facilitaban un “ambiente de concertación” que distanciaba los conflictos laborales hacia las instituciones sindicales y patronales.

Un proceso, que reunía entre otras virtudes económicas y laborales, una amplia flexibilidad en la regulación de los incrementos salariales, organización del trabajo, y distribución de licencias, vacaciones, y jornada, al incorporar cláusulas de adaptación empresarial en la inmensa mayoría de estos convenios, resultado de la explicita voluntad del dialogo entre sindicatos y patronales. Es mas, el II Acuerdo Negociación Colectiva 2012-2014, firmado el 25 de Enero pasado, buscaba: ”preservar el ámbito provincial de negociación y favorecer que tales convenios potencien la flexibilidad que la (empresa) necesita para adaptarse a un mercado cambiante y competitivo, pero sin olvidar que (el ámbito provincial) es el ámbito de negociación que más cobertura facilita a empresa y trabajadores”. Ahondaba un paso mas en flexibilidad empresarial, con la inaplicación temporal negociada de estos convenios sectoriales.

Una muestra fáctica, que no teórica, de la amplia flexibilidad que permitía el sistema anterior, la encontramos en la distribución del incremento salarial acordado en el ejercicio 2009, el último con datos definitivos cerrados que muestra la amplia variación de los incrementos salariales al alcanzados en los mas de 5.600 convenios firmados en ese año. El sistema hasta ahora vigente estaba permitiendo flexibilidades salariales que fueron desde un 92% por debajo a un 57% por o encima (ver gráficos abajo) del incremento medio global alcanzado (del 2,2% en 2009). Si, como debe ser, se consideran adicionalmente el juego de los abanicos salariales ocupacionales, y el plus de flexibilidad acordado en el II Acuerdo Marco comentado, la flexibilidad estaba más que suficientemente asegurada. ¿Como pueden por ello sostener los “iluminados” de FEDEA, el Gobierno del PP, la Comisión Europea, que el sistema de negociación colectiva español era rígido e inflexible?, y lo que es mas delirante, considerarlo responsable de las elevadas tasas de paro.

Con el nuevo sistema se traslada el escenario de conflictividad a más de un millón de Pymes. Sobre la base del conflicto continuo, no se asientan procesos productivos innovadores, y sostenibles, sino una constelación de “guerras laborales” que antes se canalizaban “institucionalmente” en su inmensa mayoría con las negociaciones en los convenios sectoriales provinciales.

Con el RDL.3/2012 se pierden además algunas de las grandes virtudes que implican los convenios sectoriales provinciales o estatales. Gracias a los mismos, se desincentivaban los modelos de negocio que buscaban las ganancias de productividad en la intensificación del “dumping social”, frente a las empresas del mismo sector. Con las mismas tablas salariales, a nivel provincial, el recurso a precarizar más que las otras PYME del mismo sector provincial, estaba claramente limitada. Con el modelo de negociación hasta ahora vigente, se estimulaba que las microempresas afectadas por el convenio sectorial provincial orientasen sus esfuerzos, para mejorar la productividad, hacía otros factores no estrictamente salariales, ni laborales. La reforma laboral impulsa un modelo de relaciones laborales, que se basa en la coacción, amenazas y devaluación laboral, que relegará la innovación a un papel secundario, y a medio plazo cimentará un modelo empresarial con bajos niveles de valor añadido.

Aunque les suene raro a los devotos de la individualización de las relaciones laborales, el prototipo de convenio colectivo mayoritario en España (sectorial provincial), facilitaba de forma tendencial la mejora de la productividad, con la mejora de procesos, productos, y organización del trabajo. Un sistema de negociación colectiva que penalizaba las vías de “chinificacion”, esto es, de descenso a los sistemas laborales más precarios, para conseguir fugaces y pasajeras mejoras de productividad.

Sólo con creencias de naturaleza religiosa/ideológica pueden justificar la demolición del sistema constitucional de negociación colectiva. Arrumbará un modelo que además de dar flexibilidad en la negociación, ha permitido adaptarse a las condiciones de productividad empresarial, pacificando las relaciones laborales en el millón de PYMES españolas.

Todo ello no ha sido ni valorado ni considerado por los inductores de esta demolición laboral. Se esconden detrás de concepciones económicas, basadas en las creencias mitológicas del “mercado”, pero en realidad defienden, de forma anacrónica y con herramientas del siglo XIX, intereses empresariales caducos, en una economía que será de la innovación y del conocimiento, y no de la amenaza, el miedo y la coacción laboral, que impone el RDL 3/2012.

Tiene que estar muy claro, incentivar el tejido productivo sobre la base de precarizar las condiciones laborales de centenares de miles de microempresas no puede ser nunca la vía para mejorar la innovación. Y la experiencia nos ha demostrado que las malas condiciones laborales hacen que los trabajadores no se sientan parte de la empresa y no se involucren en las mejoras que facilitan la innovación y el valor añadido.

Eduardo Gutiérrez, Alicia Gómez, Enrique Lillo, Ángel Martín, y Nieves San Vicente. Economista, y abogados del Gabinete Técnico Interfederal de la CSCCOO.

¡Es la demolición del pacto laboral constitucional!