viernes. 26.04.2024
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Un juzgado de Madrid ha declarado la relación laboral de 2.166 trabajadores de reparto de Amazon tras una demanda interpuesta por el sindicato UGT. El tribunal ve probado que la compañía empleaba a estas personas como falsos autónomos operando como mera intermediaria entre los mismos y los comercios en clara vulneración de la Ley Rider.

Se trata la primera sentencia que sufre Amazon por su modelo laboral, llamado Amazon Flex, donde los repartidores eran obligados a trabajar con su propio vehículo para repartir paquetes utilizando una aplicación de la compañía que les indicaba la forma de trabajar.

La sentencia afirma que “concurren los elementos de dependencia y ajenidad que determinan calificar las relaciones jurídicas analizadas como relaciones laborales comunes”. Es decir, los trabajadores “mantuvieron una relación laboral con Amazon en los periodos concretos que cada uno de ellos prestó servicios”.

En septiembre de 2020, el Tribunal Supremo unificó doctrina declarando por primera vez que un ‘rider’ es un falso autónomo en la causa abierta contra Glovo. Ese mismo año, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) determinó que los repartidores de Deliveroo eran asalariados, no autónomos.

Tras la aprobación en España de la Ley Rider, la Inspección de Trabajo intensificó su vigilancia en empresas como Glovo a la que en septiembre pasado se impuso una multa millonaria y fue obligada a regularizar a más de diez mil trabajadores.

El cerco a estas empresas que prestan servicios a través de las nuevas tecnologías y plataformas digitales también empezó a regularse desde las instituciones europeas con una primera directiva aprobada en diciembre de 2021 por la Comisión Europea inspirada en la ley española y que este jueves salió aprobada por el Parlamento de Estrasburgo.

Bruselas estima que hasta 5,5 millones de trabajadores europeos estarían clasificados como falsos autónomos. 

Condena a Amazon por emplear repartidores como falsos autónomos