El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha resuelto mantener la medida cautelar de suspensión de la externalización sanitaria madrileña para evitar "perjuicios de imposible reparación", ya que a su juicio "afectaría también al interés público y a la propia economía y Hacienda Pública de la Comunidad de Madrid".
Tras el auto, dado a conocer este lunes, el presidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González, ha señalado que ha decidido dejar "sin efecto" la externalización sanitaria porque no se puede "mantener por más tiempo" esta "situación de incertidumbre y de falta de seguridad".
"El Gobierno ha decidido dejar sin efecto el proceso de la externalización de la gestión sanitaria a la vista de la resolución dictada por los tribunales", ha señalado para admitir después que aceptan y cumplen los fallos judiciales "con independencia" de que estén "más o menos de acuerdo con los mismos, como ocurre en este caso".
En su opinión, "no parece razonable que para la adopción de una medida cautelar" los tribunales lleven "más de siete meses sin tener definida la situación". Esto, ha añadido, ha generado "una situación de incertidumbre" que no se puede "mantener por más tiempo".
El presidente ha negado que haya sido "un fracaso" lo sucedido, sino que, a su juicio, lo que se ha vivido es "un debate que ha servido para concienciar a toda la sociedad y a los profesionales de la necesidad de hacer una gestión cada vez más eficiente para hacer sostenible el sistema público de salud". Asimismo, preguntado por la situación en la que quedan las empresas adjudicatarias, González ha apuntado que ellos acatan y cumplen la sentencia, y las empresas "tendrán que acatar también la sentencia".
Los magistrados esgrimen que el interés público exige proceder con cautela
En el auto, la Sección Tercera acuerda desestimar un recurso de reposición presentado por la Comunidad de Madrid y las empresas adjudicatarias contra el auto de 11 de septiembre de abril de 2013 por el que la misma Sección, a petición de la asociación médica AFEM, acordó paralizar la ejecución de la citada resolución. La Sección se ha pronunciado tras el Pleno de la Sala que acordó devolver a las secciones Tercera y Octava los recursos que tienen por objeto la impugnación de la resolución de 30 de abril de 2013 de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid.
Por la misma se hizo pública la convocatoria para la licitación del contrato de servicios denominado 'Gestión por concesión del servicio público de la atención sanitaria especializada correspondiente a los Hospitales Universitarios Infanta Sofía, Infanta Leonor, Infanta Cristina, Del Henares, Del Sureste y del Tajo'.
En el auto, los magistrados argumentan que los cálculos de ahorro de la Comunidad son "meramente estimativos e hipotéticos que pueden no responder después a la realidad". Y añade que los perjuicios si la resolución impugnada se ejecutara y luego anulara "afectaría también al interés público y a la propia economía y Hacienda Pública de la Comunidad de Madrid". Y esgrimen también que el interés público exige "proceder con cautela para evitarle los graves e irreparables daños que se producirían en caso de que la resolución administrativa se ejecutara y después tuviera que anularse".
Asimismo, los magistrados niegan que la decisión de suspender el proceso suponga "un desapoderamiento al Gobierno de la Comunidad de Madrid de su competencia para aplicar en su ámbito territorial su político sanitaria y de implementar en unos concretos centros hospitalarios un determinado modelo de gestión".
Por otro lado, los magistrados que integran la Sección Tercera han declarado también la suspensión del proceso de externalización sanitaria, en otros dos recursos contenciosos, en esta ocasión a solicitud de la asociación médica AMYTS.
En uno de los autos, la Sala considera que, "sin verter consideraciones sobre el nuevo modelo", "la modificación del sistema de gestión en la atención sanitaria especializada de seis hospitales es de unas dimensiones cuantitativas extraordinarias". En su opinión, esa circunstancia "haría muy difícil, sino imposible, en caso de que no se accediera a la medida cautelar de suspensión, volver a la situación anterior". "La no adopción de la medida solicitada haría que el recurso pudiera perder su finalidad, creándose situaciones jurídicas irreversibles haciendo ineficaz la sentencia que se dicte e imposibilitando el cumplimiento de la misma en sus propios términos", agrega el fallo.
En esta situación, la Sala entiende que "procede acceder a la medida cautelar de suspensión, lo que tan solo supone mantener la situación existente hasta la fecha y que la prestación sanitaria se siga prestando provisionalmente en la misma forma en la que se hace".
En julio el TSJM suspendió ya cautelarmente la externalización a petición del PSM aunque posteriormente levantó la paralización al considerar que los socialistas no tenían legitimidad para recurrir al no ser "parte interesada" en este proceso.
El 16 de octubre, el entonces presidente de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJM, Gerardo Martínez Tristán acordó la agrupación de todos los recursos presentados sobre la externalización, argumentando que con ello se evitaban posible contradicciones de las resoluciones por parte de diferentes salas. Luego, el 9 de enero, dicho Pleno se reunió y acordó devolver a las secciones de origen los recursos planteados.
El colectivo sanitario considera que la resolución judicial es “el final del proceso”
La Asociación de Médicos y Titulados Superiores de Madrid (AMYTS) ha considerado que la decisión es "el final" del proceso y ha reclamado al presidente de la Comunidad, Ignacio González, que retire completamente sus planes sin esperar a la sentencia de fondo sobre el asunto. "Es el final de este proceso y para cuando se resuelva el fondo tengo dudas de que continúe el actual Gobierno regional", ha remarcado.
El secretario general de AMYTS ha recordado que el Gobierno de la Comunidad tiene posibilidad de presentar un recurso de reposición en un plazo de cinco días, pero considera "inviable" que pueda prosperar en caso de ser aceptado dado que se trata de la segunda vez que dicha sección se pronuncia a favor de la suspensión. "No tendría sentido", ha dicho en relación a la posibilidad de que se presente dicho recurso por parte de la Comunidad.
Desde la Asociación de Facultativos Especialistas de Madrid (Afem), una de sus portavoces Fátima Brañas, ha dicho que el fallo " supone que la suspensión se mantiene hasta que haya una decisión firme". "Es una buena noticia y satisfacción tanto para los profesionales como para los ciudadanos", entiende.
"Lo celebramos y esperamos que la sentencia definitiva vaya en esta línea", ha apuntado Brañas, quien ha considerado que los argumentos que utilizó esta misma sala hace unos meses eran "muy sólidos" y estaban "muy bien fundamentados". "El que no haya aceptado este recurso (el de la Comunidad) es coherente con lo que dijo en su día", ha sostenido.