viernes. 29.03.2024
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Si la hipoteca se hubiera firmado hace más de cuatro años, la reclamación podría basarse en un "enriquecimiento sin justa causa" por parte de la entidad bancaria

El daño que causó la bofetada que propició el Tribunal Supremo al sector bancario al establecer que son las entidades, y no los clientes, las que tienen que abonar el impuesto de las hipotecas provocó tanto dolor que ha llevado a congelar la sentencia. Ahora estudiará qué hacer, todo está en el aire…

A la espera de la decisión final del alto tribunal, si los bancos tuvieran que hacerse cargo del impuesto, convendría aclarar que los ciudadanos que firmaron un préstamo hipotecario en los últimos 4 años podrían pedir a las haciendas autonómicas el dinero pagado indebidamente –más los intereses de demora-.

Este periodo se corresponde con los ejercicios que aún no han prescrito desde el punto de vista fiscal. Y, realizando esta reclamación, los afectados podrían esquivar los farragosos trámites que conlleva el proceso judicial, lo que también permitiría un importante ahorro económico.

Estas reclamaciones, en cualquier caso, no mermarían los ingresos tributarios de las comunidades autónomas, pues según las vayan recibiendo y tramitando, deberían ir exigiendo el pago correspondiente a los bancos que hayan concedido las hipotecas. Y si estos hubieran sido absorbidos o comprados por otras entidades durante la crisis financiera que sufrió España hace apenas unos años y que encogió sobremanera nuestro mapa bancario, el requerimiento de pago podría ser reenviado al banco resultante de esa fusión o adquisición.

CUANDO LA HIPOTECA SE HA FIRMADO HACE MÁS DE 4 AÑOS

No obstante, también podría ocurrir que la hipoteca se hubiera firmado hace más de cuatro años, un supuesto bajo el que la posibilidad de exigir la devolución del pago del impuesto habría prescrito. Y en esos casos, los ciudadanos se verían obligados a reclamar el pago de las cantidades abonadas por el impuesto a la entidad bancaria correspondiente. Y esa reclamación podría basarse en la existencia de un "enriquecimiento sin justa causa" por parte de la entidad bancaria.

Por ello, y por mucho que los bancos pretendieran dirigir a Hacienda la previsible avalancha de reclamaciones que se produciría si el Supremo dictaminara definitivamente en contra de la banca como consecuencia de los gastos fiscales de las hipotecas, el sector financiero debería devolver mediante un procedimiento extrajudicial similar al establecido para la devolución de las cláusulas suelo, el dinero pagado indebidamente por los clientes. Lo que asimismo evitaría que los afectados tuvieran que pleitear por las cantidades pagadas indebidamente. En cualquier caso, habrá que estar atentos a la dirección final que toma este "giro radical" e inaudito en la jurisprudencia.

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Carlos Cruzado

Presidente de los Técnicos de Hacienda (Gestha)

¿Quiénes podrían reclamar el impuesto de las hipotecas?