viernes. 19.04.2024
CONTESTA CARLOS CRUZADO | GESTHA

¿Por qué Hacienda debe poner la lupa sobre el alquiler de viviendas turísticas?

A partir del de julio de 2018, plataformas como Airbnb, HomeAway, Wimdu o Niumba deberán enviar a la Agencia Tributaria la información relativa a los propietarios y a los inquilinos de los inmuebles.

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En España, la Ley del comercio electrónico, que traspone directivas europeas, dice que hay que aplicar las normas tributarias, pese a que las operaciones sean electrónicas

Detrás de cada récord que bate, año tras año, el turismo en España se encuentra el boom del alquiler de viviendas para este uso, sobre el que Hacienda ha decidido estrechar su lupa con la aprobación de la norma que obligará a los intermediarios a rendir cuentas con el fisco. Y es que, a partir del próximo mes de julio, plataformas como Airbnb, HomeAway, Wimdu o Niumba deberán enviar a la Agencia Tributaria la información relativa a los propietarios y a los inquilinos de los inmuebles, de manera que estas empresas estarán obligadas a presentar informes, de forma periódica, en los que detallen su actividad.

Concretamente, tanto las personas como las compañías que presten los servicios de intermediación tendrán que rellenar un formulario –denominado 179– para facilitar la información sobre los clientes en aras de aflorar y declarar buena parte de la actividad económica actualmente camuflada. No obstante, desde 2015 Hacienda está enviando cartas para recordar a los contribuyentes que hayan recibido rentas por alquilar sus inmuebles que estas deben incluirse en su declaración. Así, los ingresos percibidos por los alquileres tienen que declararse en el IRPF y tributar por renta.

En dicho formulario deben aparecer los datos de la identidad del titular que alquila la vivienda o del que ejerce el derecho por cesión y del inquilino; la identificación del inmueble –incluida la referencia catastral-; el número de días que se alquila; y el precio por el disfrute de la estancia. Pues bien, mientras que la patronal de empresas turísticas (Exceltur) aplaudió esta medida al considerar que se trata de un paso muy importante para erradicar la opacidad fiscal y facilitar el cumplimiento de la normativa que regula los alojamientos turísticos, las plataformas probablemente lo recurrirán, alegando que supone un menoscabo de la privacidad e intimidad de quienes intervienen en estas operaciones y que puede colisionar con la Ley de protección de datos.

En este sentido, la Ley General Tributaria recoge la obligación de ceder a Hacienda datos que pudieran tener trascendencia tributaria. Y, desde luego, los que manejan estas plataformas la tienen. Asimismo, el que cede el inmueble –no la empresa intermediaria- deberá quedarse con una copia del DNI del cliente. Y esto sí podría generar alguna polémica. Sin embargo, este tipo de identificaciones para saber quiénes alquilan las viviendas para uso turístico también pueden ayudar, por ejemplo, a luchar contra el blanqueo de capitales, ya que evitarán que los propietarios se las alquilen a sí mismos o que sean utilizadas por testaferros.

Además, de algunas sentencias del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional se desprende que el derecho a la intimidad no sufre porque se cedan datos de trascendencia tributaria. Y, en España, la Ley del comercio electrónico, que traspone directivas europeas, dice que hay que aplicar las normas tributarias, pese a que las operaciones sean electrónicas. Asimismo, la Ley de protección de datos recoge la posibilidad de ceder todo tipo de datos que se contemplen en la legislación. Y, como decíamos, la Ley General Tributaria ampara esta opción, siempre que sean de trascendencia tributaria, como lo son.

En definitiva, la lupa que pondrá Hacienda sobre el alquiler de viviendas para uso turístico no sólo está respaldada por la Ley, sino que servirá para ordenar el caos que se ha creado como consecuencia de ciertas transacciones realizadas por Internet y que, en ocasiones, provoca que la tributación haga aguas. Las ganancias que obtienen los propietarios de esos inmuebles deben tributar. Y recabar esta información contribuirá a que lo hagan para que esos ingresos puedan incrementar la recaudación tributaria, que falta nos hace si queremos cumplir nuestros compromisos presupuestarios.

CARLOCRUZADO

Contesta Carlos Cruzado

Presidente de los Técnicos del Ministerio de Hacienda (GESTHA)

¿Por qué Hacienda debe poner la lupa sobre el alquiler de viviendas turísticas?