viernes. 19.04.2024

FACUA-Consumidores en Acción ha logrado una multa de 40.000 euros a Movistar por tratar ilegalmente los datos personales de un usuario al que dio de alta sin su consentimiento mediante una contratación telefónica fantasma cuya supuesta existencia nunca acreditó.

Tras reconocerle que se había producido un alta fraudulenta y anular las facturas, Movistar exigió al afectado más de 200 euros por darlo de baja con el kafkiano argumento de que el falso contrato tenía un "compromiso de permanencia".

Al negarse a pagar, una empresa de gestión de cobros amenazó con llevarlo a los tribunales y causar "un grave perjuicio para su nombre, bienes y derechos futuros".

Tras un año y medio desde la interposición de la denuncia de FACUA y una queja ante el Defensor del Pueblo por la lentitud de la Agencia Española de Protección de Datos (Aepd) en dar respuesta, el organismo ha resuelto sancionar a Movistar por una infracción grave grave de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal.

Desde marzo de 2010

En marzo de 2010, José Antonio M.M. ,de Sevilla, recibió un cargo de 6,96 euros en su cuenta bancaria en concepto de cuota de una línea móvil de Movistar. Al llamar al departamento de atención al cliente de la compañía, le indicaron que se trataba de una línea que había solicitado como autónomo.

Tras advertir a Movistar que ni era autónomo ni había solicitado el alta de ninguna línea, el usuario recibió ese mismo día una llamada del operador en la que le indicaron que se había producido un error y que procederían a anular el contrato y la factura.

Pero José Antonio siguió recibiendo cargos en su banco y cada vez que reclamaba a la compañía, le indicaban que habían vuelto a hacerlo de forma errónea y que cancelarían el cobro.

En junio, Movistar emitió tres facturas rectificativas anulando cada uno de los importes que intentó cobrar al usuario, después de asegurarle que su departamento de fraudes había verificado definitivamente que el alta había sido irregular.

Y tras la baja en el servicio, el colmo del absurdo. La compañía exigió a José Antonio un mes después el pago de 208,27 euros por el "compromiso de permanencia" que iba aparejado a la línea que nunca solicitó.

Tras ello, otra interminable lista de llamadas a Movistar y a la empresa de cobro de deudas a la que ilegalmente le cedió sus datos, Medina Cuadros y Asociados.

"Un grave perjuicio para su nombre"

Pero lejos de atender las reclamaciones del afectado y comprobar si efectivamente se había producido un fraude, la empresa de gestión de cobros le advirtió que estaba investigando su patrimonio, situación laboral y cuentas corrientes, instándole a pagar para evitar "un grave perjuicio para su nombre, bienes y derechos futuros".

Medina Cuadros y Asociados llegó a remitir al usuario una carta adjuntando la supuesta primera página de la demanda que amenazaba con interponerle en los tribunales.

Ante las amenazas, José Antonio decidió poner el caso en manos de FACUA Sevilla. En octubre de 2010, el equipo jurídico de la asociación se dirigió a Movistar requiriéndole que acreditase la existencia del contrato o procediese a la anulación de la cantidad facturada y dejase de molestar a su socio. Asimismo, exigió a la compañía que aclarase cómo había obtenido los datos del afectado, como su DNI, domicilio y cuenta bancaria.

Movistar esperó hasta enero para contestar. En lugar de aportar copia supuesto contrato o de la grabación de voz solicitando el alta, la compañía se permitió incluso recomendar al afectado que presentase "una denuncia ante el estamento correspondiente por usurpación de personalidad". "No obstante, hemos procedido a anular la factura", señalaba el operador en su respuesta a FACUA, añadiendo que había solicitado "la exclusión de ficheros de solvencia patrimonial".

Denuncia ante la Aepd, que tarda año y medio en resolver

Dadas las graves irregularidades, FACUA Sevilla procedió a remitir una denuncia contra Movistar ante la Agencia Española de Protección de Datos (Aepd). Un año después y dada la falta de respuesta sobre el estado del expediente, la asociación recurrió a presentar una queja contra la Aepd ante el Defensor del Pueblo.

Tras ella, la Agencia notificó que había decidido iniciar un procedimiento sancionador contra Movistar. Y cinco meses después, su resolución estima que la compañía incurrió en una infracción grave de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), por lo que la multa con 40.001 euros.

En la resolución, la Agencia señala que Movistar "no actuó en cumplimiento de los deberes que la LOPD impone, por cuanto no efectuó comprobación alguna relativa a la acreditación de la contratación por cuanto de ser así habría detectado que no obraba en su poder grabación que pudiese acreditar la misma, y aún así dio de alta en sus sistemas la línea denunciada y emitió cuatro facturas".

"Tampoco cumplió", continúa, "con los requisitos exigidos de ratificación documental de la contratación telefónica exigidos por la normativa, ni llevó a cabo actuación alguna en orden a verificar la titularidad de los datos facilitados en la contratación (llamada de bienvenida, verificación telefónica de la contratación)".

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