jueves. 28.03.2024

El Defensor del Pueblo vasco, Íñigo Lamarca, ha solicitado un cambio de la política penitenciaria hacia los presos de ETA que permita su acercamiento a cárceles "próximas a sus lugares de origen", así como la excarcelación de los reclusos con enfermedades graves o la concesión de la libertad condicional a quienes cumplan los requisitos legales para ello.

El Ararteko, a través de un artículo, se refiere a los posibles cambios que pueden adoptarse tras el anuncio de ETA sobre el cese "definitivo" de su actividad terrorista.

El Defensor del Pueblo vasco reivindica que su actitud de "permanente denuncia radical y firme contra ETA y los asesinatos y las gravísimas vulneraciones de derechos humanos que ha cometido" es "perfectamente compatible con la demanda de otra política penal penitenciaria".

Esta institución recuerda que siempre ha defendido "una interpretación avanzada del ordenamiento penal penitenciario", de forma que, históricamente, se ha mostrado partidario de que los presos de ETA cumplan sus condenadas "en cárceles del País Vasco" o próximas a la comunidad autónoma.

Además, recuerda que ha defendido la aplicación de las normas relativas al cumplimiento de la condena "conforme a los criterios generales, sin establecer normas específicas o excepcionales destinadas a los penados de ETA". El Ararteko subraya que la Constitución española establece que "Las penas privativas de libertad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social.

"DESARRAIGO"

Asimismo, destaca que la Ley Orgánica General Penitenciaria determina que la distribución de las personas presas en el mapa penitenciario "deba estar presidida por la necesidad de evitar que el cumplimiento de la condena origine un desarraigo familiar y social motivado por el alejamiento entre la prisión y su ámbito natural de socialización".

En su opinión, resulta "evidente" que la política penitenciaria que se ha aplicado para con los presos de ETA, tanto en la fijación de las normas legales como en la interpretación y aplicación de éstas, "ha estado determinada y condicionada en las últimas décadas por la lucha antiterrorista".

En el caso de la dispersión de los presos de la banda por numerosas cárceles de fuera del País Vasco, considera que "fue sin duda una decisión ligada a la política antiterrorista del Ejecutivo central".

De la misma forma, afirma que "el uso excesivo de la prisión provisional, las limitaciones en el acceso a permisos, a la clasificación penitenciaria en tercer grado y a la libertad condicional, o la aplicación retroactiva de interpretaciones restrictivas de la ley en el cómputo de la pena", son decisiones atribuibles a "la finalidad de combatir las acciones criminales de ETA y conseguir la desaparición de dicha organización terrorista".

Lamarca explica que la misión de la institución que preside le lleva a interpretar las normas básicas del ordenamiento jurídico-constitucional "en un sentido lo más favorable posible a los derechos de las personas". En consecuencia, entiende que "los efectos de la intervención penal y penitenciaria han de buscar la máxima armonía posible con los valores de convivencia en libertad".

En su opinión, principios básicos del Derecho, como el de humanidad de las penas, el de responsabilidad proporcional o la "utilidad social" de las penas para la prevención de delitos y la reinserción, "encuentran, si cabe, más sentido en la nueva situación" derivada del cese del terrorismo.

En esta situación, tal y como indica en el texto, "decae el objeto en el que se ha basado la restricción de derechos". En este punto, recuerda que "las reglas básicas" de la interpretación y aplicación de las normas disponen que éstas "se interpretarán (...) en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos, y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquéllas".

En consecuencia, considera necesario "un cambio de las pautas que regulan y aplican el cumplimiento de las penas de los presos de ETA, asimilándolas a los criterios generales que rigen con respecto a las demás personas que se hallan en prisión".

"MARCO CONSTITUCIONAL"

El Ararteko, a partir de esta idea básica, plantea "posibilidades de mejora", siempre "dentro del marco jurídico-constitucional", en la política penitenciaria. En concreto, insiste, y "con particular énfasis en la actual coyuntura", en que los presos de ETA "cumplan su condena en cárceles próximas a sus lugares de origen".

El motivo de esta demanda no radica sólo en la necesidad de que los principios jurídicos anteriormente mencionados "se cumplan debidamente", sino también en la importancia de "acabar con los efectos negativos, costes y riesgos que el alejamiento comporta para los familiares y amigos" de los presos, "que no resultan justificables y son evitables".

En el caso del acceso al tercer grado y a diversos beneficios penitenciarios, afirma que "si bien es cierto que la ley contempla una serie de restricciones para las condenas relacionadas con delitos terroristas, no es menos cierto que el legislador las introdujo pensando en personas pertenecientes a organizaciones que ejerzan el terrorismo".

En su opinión, el hecho de que ETA haya abandonado "explícita y definitivamente" dicha actividad, "facilita una interpretación de la ley que posibilite la aplicación a sus presos del régimen general de cumplimiento de las penas", en lo que se refiere específicamente a la concesión del régimen de tercer grado y de las redenciones de las penas.

También considera que "se debería facilitar la aplicación de las normas legales que prevén, si se dan los requisitos establecidos y de manera individualizada, la excarcelación de los internos que hayan cumplido la parte de su condena necesaria para acceder a la libertad condicional, o que padezcan enfermedades graves e incurables".

'DOCTRINA PAROT'

El Ararteko muestra su rechazo a la conocida como 'Doctrina Parot", un cambio en el método de computar las redenciones de pena que en la práctica alarga la estancia en prisión del preso al que se le aplica. Lamarca recuerda que esta doctrina está siendo analizada por el Tribunal Constitucional.

Según explica, "cuando sobre una persona han recaído diversas penas de gran duración, la ejecución de las mismas difícilmente servirá a su reinserción si, a efectos de reducción por beneficios penitenciarios, no se toma como base el límite máximo de su cumplimiento".

El Defensor del Pueblo vasca subraya que todas estas demandas ya han sido planteadas por esta institución "a lo largo del tiempo", aunque en la situación actual "adquieren una renovada vigencia y fuerza".

Todas ellas son, a su juicio, "perfectamente encajables en el ordenamiento jurídico constitucional", además de resultar "compatibles con los valores de respeto a los derechos humanos y a los derechos de las víctimas del terrorismo".

"BARBARIE" DE ETA

El Ararteko destaca que dichos valores "deben cimentar la construcción de un nuevo tiempo en el que ETA esté fuera de escena para siempre". En esta línea, manifiesta que "es innegable que los valores democráticos han conseguido prevalecer sobre la barbarie de ETA", lo que "supone un gran triunfo para la democracia".

Por todo ello, afirma que "es hora de que el Estado democrático de Derecho haga valer su superioridad moral y aplique a los presos de ETA el ordenamiento jurídico-constitucional, prescindiendo de las normas y pautas interpretativas especiales ligadas a la lucha antiterrorista".

El Defensor del Pueblo vasco pide el acercamiento de presos