jueves. 28.03.2024
DECLARAN ILEGAL EL ACUERDO DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID

Nuevo varapalo judicial a Almeida por la retirada de la placa de Largo Caballero

El concejal socialista Ramón Silva exige al alcalde que acate la sentencia y deje de "humillar a las víctimas"

La placa dedicada a Francisco Largo Caballero antes de que fuera retirada por el Ayuntamiento de Madrid de la Plaza de Chamberí.

Por segunda vez en lo que va de año, un juzgado de Madrid ha declarado nulo el acuerdo del Ayuntamiento que ordenó la retirada de las calles de Francisco Largo Caballero e Indalecio Prieto y de la placa en recuerdo del primero y que fue arrancada y hecha pedazos en noviembre de 2020.

La sentencia, dictada por la jueza titular del Juzgado Contencioso-Administrativo nº1 de Madrid, da la razón al Grupo Municipal Socialista y declara no ajustada a derecho la resolución adoptada en el Pleno del Ayuntamiento el 29 de septiembre de 2020 a instancias de Vox y que fue apoyada por el PP y Ciudadanos.

El fallo se suma así al emitido por otro juzgado de Madrid el pasado mes de julio a raíz de una demanda interpuesta en paralelo por UGT en la que además de revocar el acuerdo obligada al Ayuntamiento a restituir la placa, previa su reconstrucción, dedicada al histórico dirigente socialista. Dicha sentencia fue recurrida por el equipo jurídico del alcalde en septiembre de este mismo año.

Ante la polémica decisión del Gobierno de José Luis Martínez-Almeida, UGT, el PSOE y la Fundación Largo Caballero presentaron distintos recursos tanto por la vía de lo contencioso administrativo como por la penal para impugnar la resolución, recursos que van resolviéndose y que, por el momento, dan la razón por dos veces a socialistas y ugetistas.

“ESTÁN HUMILLANDO A LAS VÍCTIMAS”

En declaraciones a Nuevatribuna, el concejal socialista Ramón Silva ha valorado la sentencia y ha exigido al alcalde y a la vicealcaldesa Begoña Villacís que “dejen de gastar los recursos del Ayuntamiento en alargar un procedimiento que lo único que busca es la humillación de las víctimas del franquismo”.

En ambas sentencias, los jueces imponen al consistorio el pago de costas que se suplirá “con dinero de todos los madrileños” y que “irán aumentando a medida que se presenten nuevos recursos y se alargue el procedimiento judicial”, subraya.

Por ello, Silva pide al alcalde que es “ahora” cuando tiene que acatar ambas decisiones judiciales y no cuando decidió no recurrir la sentencia que revocaba los “cambios democráticos del callejero” y que afectaba a calles como la del General Millán Astray o la de los Hermanos García Noblejas.

LA JUEZA TUMBA LOS ARGUMENTOS DE VOX

La sentencia, con fecha 7 de octubre y a la que ha tenido acceso Nuevatribuna, sostiene que los hechos y acusaciones contra Largo Caballero e Indalecio Prieto formulados por Vox en la proposición en la que se sustenta el acuerdo del Ayuntamiento referidos a la “sanguinaria trayectoria política y personal” de ambos dirigentes de la izquierda no están lo suficientemente probados con hechos objetivos, lo que por otro lado ya se reflejó en el auto dictado tras el recurso de UGT y que fue refrendado por 250 historiadores en un detallado informe técnico.

Respecto a las conductas y trayectorias personales de Largo Caballero e Indalecio Prieto que justifican la retirada de las calles y de la placa, el juzgado afirma que:

"no aparecen acompañadas, bien mediante su cita o reproducción en el propio acuerdo o en la proposición de la que trae causa, bien mediante informe o documento en el expediente administrativo, de las fuentes de conocimiento de los hechos y acusaciones que en la misma se contienen, lo que resulta imprescindible al objeto de revestirlas de una mínima objetividad".

Más si cabe, cuando se trata de “una materia como la concernida en el recurso, en la que resulta notoria la confluencia de distintas sensibilidades", añade.

"REITERADOS JUICIOS DE VALOR"

La jueza, que remarca los “reiterados juicios de valor que se entremezclan” en el relato de Vox, tampoco da por válida la vinculación que la derecha hace con la Ley de Memoria Histórica de 2007 para justificar su decisión, aspecto este que se introdujo por una enmienda del PP.

En este sentido, asegura que el artículo 15 de dicha normativa “no sirve de cobertura legal” por la “ausencia de datos temporales precisos” que vinculen los hechos que se les atribuyen a Largo Caballero y Prieto de exaltación o conmemoración con la sublevación militar de 1936, la Guerra Civil o la posterior represión de la Dictadura.

Para Ramón Silva resulta “muy significativo” el “cuestionamiento que hace la propia jueza sobre las barbaridades” expresadas por Vox en su iniciativa y que fueron secundadas por el PP y C’S "por puro revisionismo, y pura humillación a las víctimas”, reitera.

También por el hecho de que la sentencia niega que el acuerdo pueda estar amparado por la Ley de Memoria. “Que la jueza ponga en cuestión esas aseveraciones por falta de veracidad y por falta de justificación me parece muy importante”, subraya el concejal socialista.

Nuevo varapalo judicial a Almeida por la retirada de la placa de Largo Caballero