jueves. 25.04.2024
ministro escriva
El ministro José Luis Escrivá.

El Defensor del Pueblo se ha dirigido por segunda vez al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para que resuelva las demoras en la concesión de citas en las diferentes oficinas, así como la falta de disponibilidad de citas presenciales.

Tras una recomendación dirigida el 19 de agosto de 2022 al secretario de Estado de Seguridad Social y Pensiones sobre las deficiencias detectadas en el servicio de citas previas y atención presencial, el Defensor eleva al titular del Ministerio, José Luis Escrivá, las mismas peticiones con el fin de que “se superen las deficiencias apreciadas en los servicios de atención a la ciudadanía, situación que se aleja mucho de la necesaria prestación de un servicio público efectivo y de calidad, incompatible con el derecho de buena Administración“.

El pasado mes de abril, los sindicatos mayoritarios en la administración general del Estado dieron la voz de alarma ante la “situación insostenible” con cada vez menos asistencia presencial y un déficit estructural de plantilla. Alertaban de que el deterioro venía de lejos pero que se había evidenciado aún más con la pandemia y convocaron movilizaciones y un paro técnico sindical para el mes de noviembre.

El Defensor del Pueblo basa su recomendación en “el incesante número de quejas recepcionadas relacionadas con las dificultades de los ciudadanos para obtener cita previa en cualquier provincia del territorio nacional, que les permita recibir atención directa en los servicios de atención e información al público, alternativos a la comunicación telemática que ofrece la Seguridad Social”.

La institución considera que, pese a las medidas adoptadas por el Ministerio para resolver esta situación, estas “no resultan suficientes en orden a recibir una atención eficaz y eficiente que permita gestionar de forma directa las necesidades ciudadanas, en especial las del colectivo afectado por la brecha digital y en situación de vulnerabilidad para los que la atención presencial constituye una necesidad preferente”.

Los particulares señalan en sus quejas que se ven obligados a realizar múltiples llamadas telefónicas “en diferentes horas y días en su deseo de obtener cita previa, así como sucesivos trámites a través de internet, en su mayoría sin resultado positivo, lo cual suponen un incumplimiento objetivo y directo de la obligación recogida en el artículo 103.1 de la Constitución, según el cual la Administración debe servir con objetividad a los intereses generales y actuar de acuerdo con el principio de eficacia en el desempeño de su labor”.

Apuntan, además, que la situación afecta a la gratuidad del procedimiento administrativo al verse abocados a la contratación de servicios de asesoría para poder realizar con éxito sus trámites administrativos.

El Defensor del Pueblo interviene ante el colapso en las oficinas de la Seguridad Social