viernes. 29.03.2024
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¿Debo hacer la declaración de la Renta si soy pensionista? Sí, por norma general. A efectos fiscales, la pensión de jubilación está considerada como un rendimiento del trabajo y sujeta, por tanto, a retención por IRPF. No obstante, los porcentajes varían dependiendo de los ingresos y de otros aspectos relacionados con la situación personal y familiar del pensionista. Asimismo, algunas pensiones están exentas de declarar por su baja cuantía o por otras excepciones que establece la norma.

Si la única fuente de ingresos es la pensión, inferior a 22.000 euros, no existe obligación de declarar

Por normal general, todos aquellos ciudadanos que perciban menos de 22.000 euros anuales están exentos de presentar la declaración de la renta si la única fuente de ingresos es la pensión.

Sí estarán obligados quienes en 2022 obtengan rentas superiores a 22.000 euros, cuando exista un solo pagador, que sería el caso de todos aquellos pensionistas cuya única fuente de ingresos o rentas sea una prestación por importe superior a esa cifra.

No están obligados a presentar la autoliquidación del impuesto aquellos contribuyentes que perciban rentas del trabajo de más de un pagador (y en otros supuestos muy concretos, como antes) si la suma de dichos rendimientos no supera los 14.000 euros. 

Se considera que un pensionista tiene doble pagador si, por un lado, recibe su pensión pública por parte del Estado y además, obtiene unas rentas derivadas de su plan de pensiones.

Pensiones extranjeras

Las pensiones extranjeras tributan de manera normal en la mayoría de casos, pues la obligación de tributar existe en el país de residencia. Para evitar tributar dos veces, España mantiene convenios de doble imposición con numerosos países. Además, las rentas derivadas de estas pensiones extranjeras suponen un segundo pagador en caso de que el pensionista también esté recibiendo una renta del Estado español, por lo que se establece el límite para dos o más pagadores mencionado anteriormente.

Pensiones exentas de declarar en el IRPF

Según una información facilitada por los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), existen una serie de pensiones sobre las que no existe obligación de declarar en el IRPF:

_Pensiones derivadas de actos de terrorismo.

_Pensiones de viudedad si deriva de actos de terrorismo.

_Pensiones de incapacidad permanente o gran invalidez, ya sean pensiones de la Seguridad Social o de un seguro privado percibidas en su modalidad contributiva; o las pensiones por incapacidad permanente del régimen de clases pasivas siempre que la lesión o enfermedad inhabilite por completo para toda profesión u oficio (tributan, por tanto, las prestaciones por incapacidad permanente parcial para la profesión habitual).

_Tampoco tributan las pensiones en favor de personas que sufrieron lesiones o mutilaciones, con ocasión o consecuencia de la Guerra Civil. En el caso de pensiones procedentes del extranjero, gozan de exención si cumplen dos requisitos: el grado de incapacidad debe ser equiparable en sus características a la incapacidad absoluta o gran invalidez; y la entidad que satisfaga la prestación debe gozar (en la normativa del país de procedencia) del carácter de sustitutoria de la Seguridad Social.

Prestación por acogimiento o estancia en residencias

Se consideran exentas las prestaciones económicas percibidas de instituciones públicas con motivo del acogimiento de personas con discapacidad, mayores de 65 años o las equivalentes previstas en los ordenamientos de las Comunidades Autónomas.

Igualmente, están exentas las ayudas económicas otorgadas por instituciones públicas a personas con un grado de discapacidad igual o superior al 65% o mayores de 65 años para financiar su estancia en residencias o centros de día, siempre que el resto de sus rentas no excedan del doble del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), que para el ejercicio 2022 asciende a 16.212,56 euros (8.106.28x 2), tal como especifican los Técnicos de Hacienda.

Lo que se lleva Hacienda por las pensiones

Gestha ha estimado en 16.765 millones de euros el impacto en la cuota media íntegra del IRPF de los pensionistas tomando como referencia los datos de la Agencia Tributaria (AETAT) para 2019.

Los 16.765 millones de euros que Hacienda se embolsó con los pensionistas en 2019 suponen un incremento sobre los 13.467 millones desembolsados en 2018, y también por encima de los 13.396 millones que los pensionistas abonaron por IRPF en 2017, siempre según los cálculos realizados por Gestha, según recoge el portal 65ymas.com.

Simulador de Hacienda

La Agencia Tributaria ofrece un simulador en el que se puede calcular qué porcentaje de IRPF hay que pagar en caso de ser pensionista, en función de las variables antes citadas.

¿Debo hacer la declaración de la Renta si soy pensionista?