viernes. 19.04.2024

Hemos vivido tiempos muy complicados en los que la situación económica de los españoles se ha visto realmente perjudicada. Sectores enteros con ERTE prolongado en pandemia, familiares enfermos, aumento de las cuotas de hipotecas y la subida de los precios por una más que evidente crisis energética. Con todo esto, no es de extrañar que muchos ciudadanos se hayan visto obligados a acabar recurriendo a microcréditos con intereses abusivos. Este sería un perfil claro de “deudor de buena fe” que contemplaba ya la Ley de Segunda Oportunidad creada en 2015 y que actualmente cuenta con algunos cambios con la Nueva Ley de Segunda Oportunidad modificada en septiembre de 2022. Una ley que permite cancelar ciertas deudas dando la oportunidad de volver a empezar libre de esa carga.

Cambios en la Nueva Ley de Segunda Oportunidad

La ley que se creó en 2015 permitía a las personas físicas (particulares y autónomos) en situación de insolvencia cancelar el 100% de sus deudas en determinados casos. Ahora, con la reforma se suman nuevos plazos, términos y condiciones.

Para empezar, anteriormente este proceso se dividía en dos etapas: la del acuerdo extrajudicial y el concurso consecutivo. Esto alargaba aún más la cancelación de las deudas. Actualmente, el procedimiento es más corto eliminando, entre otros, la figura del mediador concursal y eliminando el acuerdo extrajudicial de pagos.

La nueva ley establece un máximo de 18 meses para resolución del proceso.

¿Quién puede acogerse a la ley?

Los principales requisitos para poder beneficiarse de esta ley y, por tanto, de la cancelación de deuda son varios. Por un lado, se debe demostrar que el deudor sea de buena fe. Esto se podrá demostrar con diferentes pruebas que reflejen que la persona quiere pagar pero no puede dada la situación desfavorable en la que vive.

Por otro lado, la persona no debe contar con ningún bien o inmueble que pudiera liquidar para poder saldar su deuda.

En el tema de las cantidades, la deuda no podrá superar los 5 millones de euros. Además, también es importante demostrar que en el momento de solicitar el préstamo, el deudor no engañó a los acreedores con su situación económica.

Es posible acogerse a esta ley por segunda vez si han pasado cinco años desde la primera vez. Asimismo, se establece que es necesario tener deudas con dos acreedores diferentes como mínimo.

Si uno de los acreedores es un organismo público (Hacienda o Seguridad Social) se establece una deuda máxima de 10.000 euros con cada uno de estos organismos públicos hasta un máximo de 20.000 entre los dos.

¿Qué se puede conseguir con esta ley?

Esta ley supone un recurso para personas que están en una situación desfavorable debido a su endeudamiento. Una nueva oportunidad para resurgir.

Se podrán parar embargos, demandas y ejecuciones hasta que el juez concluya en una decisión.

Se podrá cancelar la deuda pública, o parte de ella, así como eliminar el nombre de la lista de morosos.

Al cancelar las deudas, se podrán solicitar nuevos créditos o préstamos para emprender un nuevo negocio para poder empezar de nuevo.

Ley de Segunda Oportunidad: cancelar deuda para volver a empezar