martes. 19.03.2024

La revalorización de las pensiones contributivas para este año, entre las que se incluyen las de incapacidad permanente, en un 8,5% ha supuesto una importante mejora en sus retribuciones para los casi diez millones de pensionistas que hay en España.

Estas prestaciones económicas gestionadas por la Seguridad Social aumentan de media en casi unos 90 euros al mes, pasando de los 1.093,13 euros de 2022 a los 1.186 euros de 2023.

Es importante tener en cuenta que las pensiones se consideran rendimientos del trabajo y, como consecuencia, están sujetas a tributar a la Agencia Tributaria, salvo en algunos casos. 

En primer lugar, están exentas de hacer la próxima declaración de la Renta, correspondiente al ejercicio de 2022, aquellas pensiones que no superen los 22.000 euros anuales. Por su parte en relación con las pensiones contributivas por invalidez, en concreto la incapacidad permanente absoluta y la de gran invalidez, son las que están exentas de cotización a la Agencia Tributaria de acuerdo con el artículo 7.f) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. 

Las pensiones por incapacidad permanente que no tributan

Dentro de la categoría de pensiones por incapacidad permanente, la Absoluta y la de Gran Invalidez, no tienen la obligación de tener que cotizar a la hora de hacer la declaración de la Renta en Hacienda. Así pues, no se les aplica la tabla de retenciones de cotización de 2023. Sin embargo, no ocurre lo mismo en el caso de las pensiones por incapacidad permanente Total y Parcial, a las cuales sí se les aplicará el IRPF que corresponda en cada caso.

Esto repercute directamente a la hora de cobrar la pensión, ya que al alza del 8,5% se le aplica las retenciones en cada caso, lo que varía en función de los ingresos anuales, junto a otros factores, como el hecho de que esté casado, divorciado, viudo, entre otros. Para entenderlo mejor, he aquí un ejemplo práctico. En el caso de la pensión máxima, que este año supera los 3.058 euros al mes o los 42.823,34 euros anuales por primera vez en la historia de nuestro país, se aplica un IRPF de un 18,5%, mientras que los tipos mínimos van a partir del 9,5% para pensiones inferiores a los 12.450 euros al año. 

Una de las novedades más importantes que afectan a la incapacidad permanente desde este mes de enero: el aumento de un 8,5% de las cuantías mínimas y máximas para este tipo de pensiones y los cuatro grados que contempla el Instituto Nacional de la Seguridad Social –parcial, total, absoluta y gran invalidez-. Por su parte, las pensiones no contributivas por incapacidad permanente experimentarán una subida de hasta un 15%. Así lo contempló el Gobierno de España en los Presupuestos Generales del Estado para 2023.

Con este incremento, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, liderado por José Luis Escrivá, aspira a salvaguardar el poder adquisitivo de cerca de un millón de personas que reciben en España una pensión de incapacidad permanente. A este colectivo pertenecen aquellos que están incluidos en cualquier régimen de la Seguridad Social que reúnan los requisitos exigidos en cada grado de incapacidad, tanto generales, como de cotización: si la incapacidad deriva de accidente –al margen de si es o no de trabajo- no es necesario tener cotizaciones previas.

Así, se calcula que la pensión media de incapacidad permanente puede aumentar casi 100 euros al mes. En 2022, esta era de 1.019 euros, por lo que es posible que se sitúe en 1.106 euros en 2023, al aplicar la revalorización de las pensiones contributivas del 8,5%.

Cuantía máxima de la pensión por incapacidad permanente

La Seguridad Social define la incapacidad permanente como una prestación económica que trata de cubrir la pérdida de ingresos que sufre un trabajador cuando ve reducida o anulada su capacidad laboral por enfermedad o accidente. Para iniciar los trámites, los interesados pueden hacerlo de oficio, a petición propia o a solicitud de las entidades colaboradores.

Cada año, el Gobierno de España establece la cuantía máxima de pensión a la que pueden acceder las personas con cotizaciones muy elevadas o que perciben una o varias pensiones contributivas a la vez. En 2022, esta cantidad era de 39.468,77 euros anuales, repartidos en 14 pagas (12 mensualidades y dos extraordinarias), lo que se traduce en 2.819,19 euros mensuales.

En 2023 esto ha cambiado. La subida aprobada hace que la pensión máxima se sitúe en los 42.822 euros anuales, distribuidos en 14 pagas: 3.058,71 euros mensuales.

Cuantía mínima de la pensión por incapacidad permanente

De igual forma, el Ejecutivo determina una cuantía mínima para cada una de las categorías de las pensiones contributivas que se contemplan.

La pensión de incapacidad total tiene una cuantía equivalente al 55% de la base reguladora, aunque puede llegar al 75% en caso de que la persona beneficiaria tenga, al menos 55 años de edad y se encuentre en situación de paro.

En el caso de la pensión por incapacidad permanente absoluta es equivalente al 100% de la base reguladora. Esto también sucede con la pensión por gran invalidez, aunque se añaden otros complementos económicos debido a la necesidad del beneficiario de contar con la ayuda de terceras personas para desarrollas sus acciones diarias. De ahí que esa sea la más elevada: este año, la cuantía pasa de 1.335,80 euros a 1.449,34 euros, repartidos en 14 pagas si se tiene un cónyuge a cargo.

Gran Invalidez

Con cónyuge a cargo: pasa de 1.335,80 a 1.448,80 euros al mes.

Sin cónyuge: pasa de 1.082,60 a 1.173,53 euros al mes.

Con cónyuge no a cargo: pasa de 1.027,50 a 1.113,88 euros al mes.

Pensiones de incapacidad permanente absoluta o total de 65 años o más 

Con cónyuge a cargo: 965 euros al mes y 13.519 euros al año.

Con cónyuge no a cargo: 743 euros al mes y 10.405 euros al año.

Sin cónyuge: 783 euros al mes y 10.962 euros al año.

Pensiones de incapacidad permanente total de entre 60 y 64 años 

Con cónyuge a cargo: 906 euros al mes y 12.682 euros al año.

Con cónyuge no a cargo: 692 euros al mes y 9.694 euros al año.

Sin cónyuge: 732 euros al mes y 10.256 euros al año.

Pensiones de incapacidad permanente total derivada de enfermedad común en menores de 65 años 

Con cónyuge a cargo y sin cónyuge: 577 euros al mes y 8.081 euros al año.

Con cónyuge no a cargo: 572 euros al mes y 8.011 euros al año.

Pensión no contributiva por incapacidad o invalidez 

La retribución mensual de las personas que cobran una pensión de invalidez pasará a ser de 484,61 euros mensuales.

Pensión no contributiva de invalidez con incremento del 50%: 726,9 euros al mes.

Las más beneficiadas por el alza del 8,5% de las pensiones en 2023