miércoles. 24.04.2024
llanos del caudillo
Foto: diario Público.

El abogado especializado en memoria histórica Eduardo Ranz ha presentado este martes un total de 28 solicitudes a arzobispados y obispados de España para que retiren su simbología franquista y a ocho municipios que mantienen topónimos franquistas para que cambien el nombre en aplicación de la recién aprobada Ley de Memoria Democrática.

En España aún existen pueblos con denominación franquista y según el artículo 35 de la nueva ley “serán considerados elementos contrarios a la memoria democrática las referencias realizadas en topónimos”.

Ranz se ha dirigido en concreto a los ayuntamientos de:

1 Alberche del Caudillo en Toledo (Castilla -La Mancha)

2 Guadiana del Caudillo, en Badajoz (Extremadura)

3 Llanos del Caudillo, en Ciudad Real (Castilla-La Mancha)

4 Villafranco del Guadiana, en Badajoz (Extremadura)

5 Quintanilla de Onésimo, en Valladolid (Castilla y León)

6 Alcocero de Mola, en Burgos (Castilla y León)

7 San Leonardo de Yagüe, en Soria (Castilla y León)

8  Villafranco del Guadalhorce, en Málaga (Andalucía)

El abogado defensor de las víctimas del franquismo también ha solicitado a una veintena de arzobispados y obispados para que retiren simbología franquista. “Cuando los elementos contrarios a la memoria democrática estén ubicados en edificios de carácter privado o religioso, pero con proyección a un espacio o uso público, las personas o instituciones titulares o propietarias de los mismos deberán retirarlos o eliminarlos”, dice la ley. 

Así, Ranz se ha dirigido a los arzobispados de Oviedo, Mérida-Badajoz, Pamplona-Tudela, Santiago de Compostela, Sevilla, Valencia y Zaragoza. Y a los obispados de Getafe, Alcalá de Henares, Cartagena, Ciudad Rodrigo, Almería, Córdoba, Coria-Cáceres, Ourense, Orihuela-Alicante, Santander, Tui-Vigo, Calahorra y la Calzada-Logroño y Segovia.

“Aún seguimos sufriendo en las carreteras de nuestro país, mapas, o centros religiosos, la simbología que recuerda el golpe sufrido contra la democracia, la legalidad republicana, la constitución y la voluntad de las urnas”, afirma Ranz. 

En cuanto a la sanción por mantener simbología franquista en el seno de la iglesia católica, o de un Ayuntamiento, supondrá, en aplicación del artículo 61.2.d), una calificación como infracciones graves: El incumplimiento de la resolución por la que se acuerde la retirada de símbolos y elementos contrarios a la memoria democrática prevista en el artículo 37, cuando entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas o de sus familiares, cuya responsabilidad económica ascenderá, en aplicación del artículo 62.b a una multa entre 2.001 y 10.000 euros, en concepto de restablecimiento de la legalidad, recuerda este abogado.

Estos son los 8 pueblos que quedan en España con topónimos franquistas