martes. 16.04.2024
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El sistema de información Nutriscore tipo semáforo que se viene impulsando en España y otros países de Europa incurre en un error fundamental, otorgar una calificación a los productos procesados y ultraprocesados, sobre la base de una supuesta evaluación integral del contenido de nutrientes, para finalmente recomendar al público su consumo de aquellos que supuestamente tienen buena calificación.

El problema es que un producto ultraprocesado podría, con el sistema Nutriscore obtener una buena calificación, pese a contener una infinidad de aditivos, preservantes, colorantes, saborizantes y aromatizantes artificiales, y a pesar que sus componentes fueron sometidos a diversos procesos de homogenización, pasteurización, blanqueamiento y estabilización con elementos térmicos o físico químicos, o tal vez producidos a partir de componentes genéticamente modificados o transgénicos, entre otros.

Para lograr esta máxima calificación, solo tendrán que bajar el nivel de azúcar o reemplazarla por edulcorantes no calóricos, bajar los niveles de sodio u grasas saturadas y agregándole una pizca de sub productos derivados de las frutas o verduras, así como fibra y proteínas.

Lo absurdo de este sistema es que un producto industrial, hecho casi en laboratorio, podría obtener la más alta calificación y con ello beneficiarse con la preferencia del público al inducirlo a error sobre sus propiedades nutricionales y su valor nutricional.

Pero alguien dirá, si tiene fruta y vitaminas porque no beneficiarlo con mayor puntaje para el Nutriscore. El problema es que una cosa es la fruta en su estado natural, aquella que sale del árbol y la consumimos con solo lavarla, que sí contiene todos los nicronutrientes, vitaminas, flavonoides y demás sustancias benéficas y otra cosa es cuando esta fruta ha sido sometida a un proceso de industrialización, dando como resultado un polvo saborizado que alguna vez fue fruta, pero que ya no lo es en sentido estricto de la palabra. Pero claro, en la etiqueta del producto seguramente aparecerá una enorme imagen de manzana o fresa, cuando en realidad el producto ultraprocesado y envasado apenas tiene 1% de un derivado que alguna vez fue natural, pero al que luego del proceso industrial se le arrebató casi todas sus propiedades.

Este sistema de calificación tipo semáforo con Guías Alimentarias (GDA) similares al Nutriscore, por presión de la industria se pretendieron también aprobar en diversos países de América Latina, pero no tuvieron éxito, pues quedó en evidencia que con ella sólo se pretendía engañar al público.

Para que una evaluación del alimento sea integral y le brinde un dato claro, veraz, preciso y válido al consumidor, se tendría que partir de una evaluación del producto en todos sus aspectos, tanto de la calidad/cantidad nutricional de cada uno sus componentes, como de sus procesos de elaboración, el origen de la materia prima, uso de aditivos, etc. y no tendríamos que excluir a los productos naturales, que son los que definitivamente se llevarían la mejor calificación. Una calificación del Valor Saludable (VASA) sería ideal, pero lamentablemente aún no existe una herramienta que la haya desarrollado.

Por eso en diversos países de América Latina (Chile, Perú, México, Uruguay) hemos optado por un sistema de advertencia en el etiquetado frontal y en la publicidad de los productos. Esto tiene por objetivo motivar a las empresas a reducir los componentes más críticos que han desatado esta pandemia de sobrepeso y obesidad en el mundo y que nos ha traído como consecuencia tantas enfermedades crónicas y muertes. Estos elementos, según la Organización Mundial de la Salud OMS, son el azúcar, el sodio, las grasas saturadas y las grasas trans.  Aquellos productos que superen ciertos parámetros de dichos componentes, deberán llevar una advertencia en la parte frontal de sus etiquetas que indiquen “Alto en” y además tendrán diversas restricciones para su publicidad y marketing. Esto está motivando que cada vez más empresas reformulen sus productos para no tener que llevar estos sellos negros (octógonos). Estas advertencias han sido precisamente diseñadas para que ningún empresario quiera tenerlas en sus etiquetas.

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Los resultados de este nuevo sistema de advertencia en los países que ya se aplican han dado resultados exitosos, primero porque los consumidores tienen ahora mejor información sobre los productos que pueden causarles daño y porque las empresas cada vez están reduciendo esos componentes cuestionados. Pero ojo, no significa que un producto que no tenga esas “advertencias u octógonos” sean calificadas como saludables, porque seguramente siguen siendo ultraprocesados, con infinidad de aditivos químicos, pero la ley, ni el sistema de etiquetado los valida, como si pretende hacerlo Nutriscore.

La legislación peruana va más allá, no solo habla de etiquetado frontal, sino de “Advertencias publicitarias en todo tipo de publicidad, incluida la que va en la parte frontal de las etiquetas”, lo cual implica que por ejemplo, un producto alto en azúcar deberá llevar la advertencia en la parte frontal de la etiqueta, pero además en todas las piezas publicitarias que realice el producto en radio, tv. Internet, afiches, paneles, etc. Incluso en cada mención publicitaria que hagan los youtubers o influencers sobre un determinado producto alto en azúcar, sodio grasas saturadas o contengan grasas trans, deberán hacer la mención de “Alto en”, de lo contrario son sancionados.

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Además, la legislación peruana ha prohibido el uso de grasas trans y ha establecido un plazo para su gradual eliminación, el cual vence el 13 de julio del 2021, pero mientras tanto, cualquier producto que lo siga utilizando deberá llevar la siguiente advertencia, “Contiene Grasas Trans, Evita su consumo”. Esto ha motivado que la mayoría de productos ya no use este tipo de grasas, pero los que persisten en hacerlo se han visto obligados a consignar la referida advertencia.  

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Jaime Delgado Zegarra
Director del Instituto de Consumo-Universidad de San Martín de Porres. Abogado por la Universidad San Agustín de Arequipa, con segunda especialidad en Derecho Público y Buen Gobierno por la PUCP, Administrador de Empresas por ITSPAE  y Maestría en Políticas en Salud por UNMSM. Excongresista, autor de la Ley 30021 de Promoción a la Alimentación Saludable- Perú consumo@jaimedelgado.pe

Nutriscore vs etiquetado frontal de advertencia