jueves. 28.03.2024
El Socialista, 4 de junio de 1931
El Socialista, 4 de junio de 1931

@Montagut5 | El 3 de junio de 1931 tuvo lugar una importante Asamblea extraordinaria de la Agrupación Socialista Madrileña en relación con las elecciones a Cortes Constituyentes que se celebrarían a finales de dicho mes, y que supuso el triunfo de los republicanos-socialistas. Interesa acercarse a la misma porque nos permite comprobar cómo funcionó en este momento decisivo la principal Agrupación del PSOE.

Además de tratarse de cuestiones internas para afrontar el intenso trabajo que se avecinaba, se estudiaron, debatieron y aprobaron resoluciones importantes. En primer lugar, Besteiro, en nombre del Comité, explicó la nueva organización electoral que se iba a aplicar en las elecciones, defendiendo la conveniencia de mantener la coalición electoral con los republicanos. Los socialistas nombrarían a siete candidatos, y los republicanos otros siete. Propuso que en la antevotación los militantes presentasen pliegos con treinta o más firmas en donde se pusieran los siete candidatos socialistas. Los pliegos debían enviarse al Comité, que se encargaría, con los nombres que obtuviesen la mayoría, de formar una candidatura que sirviese para la votación. Las propuestas de Besteiro fueron aprobadas.

Los socialistas madrileños opinaron que la cuestión de la relación del Partido con el Gobierno era un asunto que debía posponerse

La asamblea pasó a discutir sobre la convocatoria del Comité Nacional del Partido sobre la celebración de un Congreso extraordinario con el objetivo de establecer el papel del mismo en ese momento histórico, especialmente la relación con el Gobierno, y para diseñar el programa que debía llevar el PSOE a las Cortes Constituyentes. Los socialistas madrileños opinaron que la cuestión de la relación del Partido con el Gobierno era un asunto que debía posponerse hasta después de reunidas las Cortes, momento en el que se convocaría al Partido para resolver.

Besteiro pasó, a continuación, a leer las bases socialistas para la redacción de la Constitución española, que se debían discutir en dicho Congreso:

1. En materia de derechos, además del respeto de la libertad individual, había que garantizar el derecho de asociación, reconociendo la legalidad y necesidad de la existencia de las asociaciones de trabajadores, y estableciendo el derecho de las mismas a estar representadas en cuantos organismos existan o se formasen para el cumplimiento de las funciones económicas y sociales con el control del Estado.

2. El trabajo debía ocupar un lugar primordial en la nueva Constitución, como valor fundamental que daba valor a la ciudadanía. Así pues, debían abolirse los títulos nobiliarios, establecer el derecho de todo ciudadano al trabajo, y elevar a precepto constitucional el establecimiento de los seguros sociales de enfermedad, paro, y para las mujeres embarazadas. La Constitución debía establecer las bases de un Código de Trabajo.

El trabajo debía ocupar un lugar primordial en la nueva Constitución, como valor fundamental que daba valor a la ciudadanía

3. El poder legislativo debía organizarse en una sola Cámara, elegida por sufragio universal, ejercida por personas de ambos sexos, con igualdad de derechos, tanto como electores como elegibles, y con la única condición de la edad, planteando esa mayoría en los 21 o 23 años. La Cámara debía poseer poderes ilimitados en materia de fiscalización del gobierno, es decir, se apuesta por un legislativo fuerte. Los socialistas consideraban primordial esta función como garantía de un buen funcionamiento institucional. Esa tarea se reforzaría porque el Congreso debía contar con secciones adscritas a cada Ministerio, y en clara conexión con los órganos de la Administración Pública, obligados a prestar toda la colaboración necesaria al poder legislativo.

4. Se proponía la creación de una Cámara de representantes nombrados por las distintas Corporaciones, que reflejen la organización del trabajo. Sería una Cámara, por lo tanto, corporativa, dedicada a fiscalizar al Gobierno. Si en la Cámara legislativa residiría la soberanía legislativa, la Corporativa podría tener el derecho de iniciativa, de discusión y de aprobación de las leyes referidas a la vida económica. 

5. Se hacía necesaria una profunda reforma de la Administración pública para adaptarla a las exigencias de un Estado moderno, siendo más simple pero más eficaz. En la misma línea había que reformar profundamente las instituciones de investigación y divulgación científicas.

6. Defensa de la educación laica con obligación del Estado de atender todas las necesidades docentes. Debía haber igualdad de jerarquía en todos los grados educativos, sin que hubiera diferencias entre el personal docente, en línea con la defensa socialista desde hacía ya un tiempo del cuerpo único. Además, la enseñanza debía ser asequible para todos los españoles, independientemente de su condición social o económica.

Defensa de la educación laica con obligación del Estado de atender todas las necesidades docentes

7. En materia religiosa había que abordar de inmediato el reconocimiento de la libertad en esta materia, y el derecho de todo ciudadano a negarse a contribuir al sostenimiento de la Iglesia. Los socialistas abogaban en el proyecto que iban a discutir porque se desglosase el presupuesto de Culto y Clero en el presupuesto general solamente para los ciudadanos que no manifestasen su deseo de ser excluidos del mismo.

8. La elección del presidente debía hacer por los miembros de ambas Cámaras.

9. La Constitución podría reformarse siguiendo unas condiciones.

10. Debería admitirse el derecho de referéndum para algunas cuestiones.

11. Habría que variar la organización de las Cámaras en virtud del alcance de la autonomía de Cataluña.

Pero, además de estas Bases, el Gobierno debería adoptar algunas medidas perentorias para solucionar los graves problemas del país:

1. Problema de la tierra, fomento de la ganadería y la repoblación forestal, e industrialización de España.

2. Fomento del gasto reproductivo (inversión) frente al despilfarro.

3. Estabilización de la peseta, y reforma administrativa.

4. Inclusión en la Constitución o en legislación específica de la necesidad de la nacionalización de la industria, empezando por las vitales como el ferrocarril, minas, etc.

5. Abolición de la pena de muerte.

Una vez que Besteiro leyó las Bases para la discusión en el Congreso del PSOE sobre el proyecto constitucional y la relación de políticas a adoptar inmediatamente por el Gobierno ante los problemas acuciantes de España comenzó la discusión en la Asamblea de la Agrupación Madrileña.

De los Ríos proclamó que debía haber solamente representación política. Besteiro pensaba que lo profesional y político debían ir unidos

La primera cuestión tenía que ver con el derecho sindical de los funcionarios, como planteó José Sanchís Banús. Besteiro contestó que todos los empleados del Estado, fueran “manuales o intelectuales”, estaban incluidos.

Indalecio Prieto informó, en calidad de ministro, que el estudio de Constitución estaba siendo realizado por una Comisión para que luego lo estudiara el Gobierno. Efectivamente, debemos recordar que hubo un Anteproyecto, que no terminaría de convencer al ejecutivo al considerarlo muy conservador, cuestión que hemos estudiado en otro lugar. Prieto se centró en la cuestión de las Cámaras, defendiendo que el Partido siempre había planteado una sola, opinando que lo que planteaba Besteiro era la existencia de una especie de Senado. Prieto veía un peligro que se establecería esa segunda Cámara no elegida por sufragio universal. Pensaba que podría ser copada por el sector capitalista, es decir la patronal. Debemos recordar que en el Anteproyecto sí se contemplaba la creación de un Senado, que luego la Comisión constitucional de las Cortes no tuvo en cuenta. Fernando de los Ríos intervino aludiendo que en 1917 había publicado un folleto en el que defendió la existencia de una Cámara Industrial, pero el constitucionalismo había avanzado desde del fin de la Gran Guerra, y ya en las nuevas Constituciones no se contemplaba la segunda Cámara. Solamente Alemania tenía un Consejo Económico, pero sin poder legislativo. Así pues, ya no defendía que hubiera un sistema bicameral. Por su parte, defendió que en donde hubiera una función del Estado debía haber un Consejo asesor, pero sin poder legislativo. De los Ríos proclamó que debía haber solamente representación política. Besteiro declaró que no le habían convencido sus ideas. Pensaba que lo profesional y político debían ir unidos. Por un lado, explicó que los reaccionarios pedían nada más que la representación profesional, y los demagogos el sistema monocameral, un argumento que no convenció a Fernando de los Ríos. En las Cámaras debía haber centros técnicos, pero las leyes deben ser realizadas por Parlamentos elegidos por sufragio universal. En ese momento intervino Miguel de Mora Requejo para defender la existencia de una Cámara. A las doce de la noche se suspendió la asamblea.

Se enfrentaron en el seno del socialismo madrileño dos modelos: uno más político y otro de signo sindicalista

Al día siguiente, continuó la discusión sobre la cuestión de las Cámaras, empezando por la defensa de la enmienda de Mora Requejo, que por ausencia fue defendida por Antonio Fernández de Velasco, considerando que era reaccionario el proyecto de la Comisión en esta materia, por lo que solamente podía ser legítima una Cámara elegida directamente por el pueblo.

Por su parte, Sánchez-Rivera defendió el sistema bicameral. Trifón Gómez creía que era un error que la Agrupación votase contra el Comité en esta parte de la ponencia, aunque no fuera más que para dar lugar a que el Congreso tratase este asunto. No era solamente de una cuestión teórica, siempre según Gómez. Los sindicatos buscaban en el terreno político la defensa de los intereses de sus afiliados, sin dejar de aludir a la diferencia en esta materia entre la UGT y la CNT. Si se defendía la estrategia política por parte de los socialistas, había que crear esa Cámara corporativa. Trifón Gómez defendía que temía menos el voto de los trabajadores organizados que los que no lo estaban. Si no se aceptaba esta parte de la ponencia se corría el riesgo de defraudar a los obreros organizados, resintiéndose la disciplina del Partido Socialista.

Puesto a votación el asunto, fue derrotada la enmienda de Mora por 369 votos frente a 167, quedando aprobado el criterio del Comité.

En conclusión, se enfrentaron en el seno del socialismo madrileño dos modelos: uno más político, de signo republicano progresista monocameral, con Prieto, De los Ríos y Mora Requejo como grandes defensores del mismo, y otro de signo sindicalista, que pretendía que el mundo obrero tuviera poder en el ámbito legislativo, más propio de Besteiro, Gómez y Sánchez-Rivera.

Hemos trabajado con el número del 4 de junio de 1931 de El Socialista.

El socialismo madrileño ante las elecciones a Cortes Constituyentes de 1931