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NUEVATRIBUNA.ES/ AGENCIAS - 02.08.2010

Las empresas de centros de atención de llamadas (contact center) deberán aplicar a aproximadamente 50.000 empleados una revisión salarial del 2,25% con carácter retroactivo desde el 1 de enero del 2009, lo que supone abonar los atrasos correspondientes desde esa fecha, según una sentencia del Tribunal Supremo, informó este lunes Comfia CCOO.

El sindicato explicó que esta sentencia afecta también al sector de cajas de ahorros, que aunque ha adelantado a cuenta la revisión salarial, tiene pendiente la consolidación en tablas salariales de dicha subida en función de lo que dictara el Tribunal.

Esta sentencia de la sala de lo Social del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación presentado por la patronal del sector de contact center, en contra de la sentencia de la sala de lo Social de la Audiencia Nacional de fecha 1 de junio de 2009.

En concreto, la patronal argumentaba que no existía una publicación efectiva por parte de la Administración de la previsión de crecimiento del IPC --referencia pactada en su momento para aplicar la revisión salarial-- por lo que no tenía que aplicar las cláusulas de revisión firmadas en el convenio colectivo del sector.

Por su parte, el Tribunal Supremo reconoce la "exactitud" de la fórmula de revisión salarial negociada en el convenio colectivo y acepta las pruebas planteadas por Comfia CCOO en relación con la previsión sobre la inflación planteada por el Gobierno, añadió la sección sindical.

Los 'contact center' deberán aplicar una revisión salarial del 2,25 por ciento