viernes. 29.03.2024
lula
Foto: Celag

No está de más recordar que el expediente que condenó a Lula a una pena de doce años y un mes, bajo el cargo de corrupción y lavado de dinero no consideró las líneas elementales de un debido proceso

Con un clima político fascistizado y lenguajes sociales cada vez más marcados por valores antidemocráticos, con dirigencias (de los órdenes que sean) cada vez más degradadas, con militares que twittean amenazas y medios de comunicación que encuadran su significado, sin un horizonte claro respecto de los contornos institucionales futuros, el Supremo Tribunal Federal (STF) hizo su contribución funcional. Negó el pedido (de habeas corpus) presentado por la defensa de Lula para que éste pudiera esperar en libertad la revisión final de su sentencia, tal como lo admite la Constitución y en sintonía con la presunción de inocencia que supone un Estado de derecho.

Esto no significa que Lula vaya inmediatamente a prisión: para que esto ocurra tendrá que ejecutarse el correspondiente pedido de detención, circunstancia que no puede adelantarse a la resolución definitiva de los recursos antepuestos (por la defensa) al Tribunal de 2º Instancia, con fecha de respuesta última para el 10 de abril. Tampoco significa que Lula haya quedado invalidado como candidato presidencial para octubre, una condición que corresponderá ser analizada eventualmente por el Tribunal Superior Electoral (TSE) una vez que haya sido registrada la candidatura (el plazo es el 15 de agosto). Ante la circunstancia segura de que aparezcan impugnaciones, el mérito de su condición será objeto pasible de estudio en el propio Supremo Tribunal Federal (STF), porque según la ley brasileña los derechos políticos –votar y ser votado – son suspendidos sólo cuando hay una sentencia penal condenatoria finalizada, cosa que todavía no ha ocurrido.

De allí la posibilidad, altamente paradójica pero coincidente con la democracia desquiciada por la que atraviesa Brasil, de que Lula continúe candidato aun estando preso. Esto no significa que haya posibilidades auspiciosas en medio de la tormenta; todo lo contrario, es simplemente la constatación del derrumbe institucional. Y aquí es donde vale la pena recordar que se trata de una coyuntura estructurada desde un golpe, desde una alteración al Estado de derecho: el primer paso (del golpe) se hizo sobre el Poder Legislativo, para garantizar el impeachment a Dilma Rousseff; el segundo acto, un año después, fue poner contra las cuerdas al mismo Poder Ejecutivo, limpiando del Gobierno de M. Temer cualquier supuesta autonomía peemedebista sobre el proceso, convirtiendo al presidente en una figura completamente maniatada; y el tercer momento del drama encuentra al Poder Judicial – en su instancia máxima- a merced de la organización general de las condiciones que permitan habilitar las elecciones presidenciales, claramente sin el principal líder de las encuestas. Es que el reordenamiento ha sido en todos los órdenes, y por eso es difícil pensar que algún estamento institucional pueda servir para una recuperación democrática. Un golpe es eso, un golpe, y no hay muchas ilusiones que puedan extraerse de tal circunstancia. En ese sentido, la resolución del STF es el desdoblamiento de un mismo punto de partida.

El golpe, la justicia y la organización de la sociedad

No está de más recordar que el expediente que condenó a Lula a una pena de doce años y un mes, bajo el cargo de corrupción y lavado de dinero –en función de la titularidad de un inmueble en Guarujá, en el Estado de San Pablo, del que nunca fue propietario(¡!)-  no consideró las líneas elementales de un debido proceso: en lo que respecta a la instrucción, se utilizaron muy pocas pruebas substantivas y se recogieron pruebas ilícitas; hubo en varios casos conducciones forzadas a declarar y testimonios prestados bajo modalidades coercitivas alejadas de los procedimientos habituales; buena parte de los indicios (de pesquisa) vinieron de “arrepentidos” que llevaban varios meses de reclusión, algo contrario a cualquier sistema (jurídico) que promueva la garantía de los derechos personales como presupuesto; por diversos actos también quedó en claro el trato diferencial que hubo con Lula como denunciado, alterando el principio de isonomía en lo que respecta al derecho a una libre y amplia defensa; fue notoria y alevosa, en su momento, la arbitrariedad del Juez Sergio Moro con el principio de la publicidad de los actos judiciales, abusando de su exposición de una forma notable, aprovechando la maniobra para deconstruir y estigmatizar a Lula y la izquierda en general; y ni hablar de la permanente evasión sobre el principio de inocencia, precisamente algo que volvía a considerarse (con la ilusoria expectativa de que se repararan las desviaciones anteriores) con el habeas corpus tratado por el Supremo Tribunal Federal (STF),  que terminó como terminó.

Es que todo golpe desarma los contextos previos e impone criterios y regularidades fuera de lo convenido hasta el momento por los valores estimados de esa comunidad. Ahora, cuando lo que entra en contradicción es la condición de lo que supone el “ejercicio de la libertad” (artículo 5 de la Constitución brasileña) es que el golpe es de una naturaleza nada superficial ni episódica, pues afecta un aspecto sensible y reconocible de la dinámica colectiva. Si sobre lo que significa el “ejercicio de la libertad” no hay mínimos entendimientos, el panorama pasa a ser más que preocupante. Es lo que precisamente alegó uno de los ministros, R. Lewandowski, al desarrollar la discusión en torno a que “la persona debe mantenerse libre, siendo la excepción su prisión”, como aparece con claridad en el artículo 283 del Código de Proceso Penal. En ese sentido, Lula debería permanecer libre hasta el final del proceso y, entonces, de no registrarse nuevas interpretaciones, ser objeto de la punición estatal. No antes. No es lo que se definió en el STF.

Y no es casualidad esta situación, pues todo golpe trae consigo un nuevo significado de la libertad; sea en relación con lo que tiene que ver con las libertades políticas (por ejemplo, aquí el acto de votar se devalúa, en la medida en que quien está en la Presidencia nunca fue votado), sea en lo que tiene que ver con las libertades civiles ( el clima recalcitrante de intolerancia que se viene asentando en los últimos años, agudizado sin dudas estas últimas semanas, asesinato de Marielle y disparos a las caravanas de Lula mediante) o sea la libertad a secas: bajo el Gobierno de M. Temer, Brasil alcanzó el deshonroso mérito de convertirse en el 3º país del mundo en cantidad de presos, llegando casi a 800.000. ¡Qué diferencia respecto de los logros que tiene Lula para mostrar de sus gobiernos! Más claro imposible: cuando la institucionalidad se derrumba y la democracia se desquicia, y no hay principios de un orden legítimo, sólo queda en pie el hecho de organizar la dialéctica social por la fuerza. Ya se sabe: eso implica el reino de la incertidumbre y que sea lo que sea, y que cada uno se las arregle.

Por eso es que Lula está donde está, como liderazgo, todavía presente en esas estimas colectivas que lo ven como protector, algunos, y sobre todo como un organizador. Es lo que lo mantiene competitivo como candidato, en tanto él mismo representa esa posibilidad como Gobierno, como potencial proyecto de orden social, con una definición de libertad que no es la que se viene proponiendo ni es la que tradicionalmente le propusieron las élites al país. Y en esa encrucijada es comprensible que la sustracción de su (propia) libertad sea vivenciada de manera entristecedora; aunque, quizás este allí también un nuevo principio de respuesta al golpe. Será el caso, entonces, de que Lula vale a luta.

Artículo publicado en el portal de Celag

La libertad de Lula y el orden social