sábado. 20.04.2024
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El 1 de enero de 2023 entró en vigor un nuevo sistema de cotización para autónomos basado en ingresos reales con el fin de igualar el nivel de protección social y prestaciones (jubilación, paro, bajas…)  de estos trabajadores con el resto. La norma da respuesta a las recomendaciones 4 y 5 del Pacto de Toledo, acordadas en el marco del diálogo social para avanzar en la integración y convergencia del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y el Régimen General. El nuevo modelo de cotización se implantará de forma gradual en los próximos nueve años e incluye, entre otras cuestiones, una tarifa plana de la que se beneficiarán principalmente los nuevos autónomos y jóvenes emprendedores, que estará vigente durante 2023, 2024 y 2025.

  1. Tarifa plana para autónomos
  2. Tarifa plana para determinados colectivos
  3. Para los que ya tengan tarifa plana

Tarifa plana para autónomos

Se trata de una cuota mensual reducida a la Seguridad Social de 80 euros durante los primeros 12 meses desde la fecha de alta, independientemente de los ingresos que tenga el trabajador por cuenta propia.

Esta cuota sustituye a la que correspondería en el sistema de cotización por tramos en función de los ingresos reales también vigente desde el 1 de enero de 2023.

Pueden acceder a ella los nuevos autónomos o aquellos que durante 2 años o más no se hayan dado de alta. O bien 3 años, en caso de haber disfrutado ya de esta deducción en anteriores periodos.

Prorrogable 12 meses más

El autónomo podrá seguir pagando esta tarifa plana durante 12 meses más siempre que sus ingresos netos estén por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

No podrán beneficiarse de ella los autónomos colaboradores, es decir, los familiares de trabajadores autónomos por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive y, en su caso, por adopción, que se incorporen al RETA.

Se exige, asimismo, no tener deudas pendientes con la Seguridad Social o Hacienda.

Tarifa plana para determinados colectivos

Discapacidad y víctimas

Los autónomos con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, las víctimas de violencia de género o terrorismo será de 80 euros al mes los primeros 24 meses y 160 euros los siguientes 36 meses si su rendimiento neto previsto fuese igual o inferior al SMI.

Mujeres y jóvenes

Para mujeres menores de 35 años y jóvenes menores de 30, la tarifa plana se aplica 12 meses más, pasando de los 2 a los 3 años.

El primer año, la cuota será de 80 euros y desde el mes 13 al 36 (los dos siguientes años) podrán seguir pagando 80 euros siempre que no se supere el SMI.

Pluriactividad

Los autónomos que además trabajen una jornada completa por cuenta ajena podrán beneficiarse de un descuento del 50% de su base de cotización durante los primeros 18 meses. Y de los meses 19 al 36 dicho descuento pasa a ser del 25%.

Si el trabajo es a tiempo parcial, pero a más de media jornada el descuento sobre la base de cotización es del 25% en el primer año y medio (18 meses). A partir de entonces y hasta el final del tercer año, el descuento sobre la base de cotización es del 15%. 

Municipios de menos de 5.000 habitantes

Para los autónomos que vivan o trabajen en municipios de menos de 5.000 habitantes la tarifa plana será de 80 euros durante dos años (24 meses) sin ningún requisito de SMI.

Para beneficiarse de esta bonificación, la persona deberá estar empadronada en dicho municipio en el momento de alta en la Seguridad Social y dado de alta en Hacienda con dirección fiscal en esa localidad.

Para los que ya tengan tarifa plana

Los autónomos que a 31 de diciembre de 2022 fueran beneficiarios de la antigua tarifa plana, continuarán disfrutando de la misma, hasta que se agote el periodo máximo establecido, en las mismas condiciones.

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