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Tras años de lucha sindical y decenas de causas abiertas en los tribunales, el Tribunal Supremo ha unificado doctrina en el caso de los falsos autónomos de la industria cárnica.
En una sentencia conocida esta semana, el TS declara que “hay relación laboral entre los socios cooperativistas de Servicarne y las empresas de la industria cárnica en cuyas instalaciones prestan servicio” por lo que dicha empresa ha actuado en fraude de ley.
El Pleno de la Sala Social ha estimado los recursos interpuestos por la Tesorería General de la Seguridad Social y Comisiones Obreras, presente en todos los expedientes abiertos contra Servicarne y UVESA, otra de las empresas implicadas.
Aunque en la práctica las personas trabajadoras llevan años regularizadas tras la lucha sindical de CCOO de Industria y la implicación de la Inspección de Trabajo, “la sentencia da un mensaje claro, nítido e inequívoco, que anula cualquier tentación de volver a un modelo productivo que solo aportó precariedad y explotación laboral”, asegura el sindicato en un comunicado.
Por otra parte, al ser de unificación de doctrina, resuelve definitivamente a favor de la tesis de CCOO los distintos pronunciamientos de los Tribunales Superiores de Justicia, incluso del propio Supremo que en 2021 rechazó que pudiera defenderse la existencia de un contrato laboral entre quien es socio cooperativista y la empresa que concierta los servicios con la cooperativa.
La sentencia será de aplicación en todos los expedientes abiertos
“Se trata de una sentencia de enorme trascendencia, con importantes consecuencias jurídicas”, afirma CCOO, ya que la misma no solo rectifica la sentencia de primera instancia y del TSJ de Navarra en el caso de UVESA, sino que, a partir de ahora, todos los expedientes todavía abiertos y pendientes tendrán el mismo final.
La Sala da por probado que el modo de operar de Servicarne es siempre el mismo en todas las subcontrataciones que formaliza con las industrias del sector a las que ofrece sus servicios, sin que haya diferencias relevantes que pudieren justificar una solución diferenciada en cada caso.
Así, bajo la forma de Cooperativa de Trabajo Asociado, Servicarne destina a las instalaciones de la empresa el número de socios necesarios según el volumen de los servicios contratados, tanto los que directamente realizan las tareas de despiece y manipulación de los productos cárnicos, como los que desempeñan funciones de jefes de línea y celadores en el control y supervisión de la actividad. Los cooperativistas utilizan los equipos, las herramientas y la infraestructura de la empresa principal, que asimismo les facilita los cuchillos, la ropa de trabajo o los equipos de protección. La fábrica factura luego el coste de todo ello (también una oficina que le alquila) a la cooperativa.
En esas condiciones, subraya el Supremo, “Servicarne actúa en fraude de ley”, porque “se ha constituido formalmente como una aparente cooperativa de trabajo asociado, pero su verdadera actividad se limita únicamente a facilitar mano de obra a las empresas de la industria cárnica, siendo estas últimas las auténticas empleadoras de los trabajadores”.
La Sala recalca que la única infraestructura con la que cuenta Servicarne es la oficina de Barcelona, “sin disponer de otros medios materiales dirigidos a cumplir con las finalidades que serían propias de una cooperativa de esa naturaleza para la puesta en común del trabajo de los socios en el ámbito de la actividad cooperativizada y con el objeto de facilitarles los servicios que necesitan para su desempeño”.
CCOO está personado en más de 50 expedientes
CCOO está personado en más de cincuenta expedientes de empresas cárnicas relacionados con el caso Servicarne y ha sido el único sindicato que se personó en el expediente de descalificación de esta falsa cooperativa, “un hecho clave para el fallo favorable y la unificación de doctrina”, sostiene. Enrique Lillo ha sido el abogado que ha pilotado toda la estrategia jurídica que ha culminado en éxito.
Más de 500 trabajadores podrán reclamar una mayor antigüedad y solicitar la devolución de las cuotas de autónomo
Respecto a las consecuencias materiales del expediente concreto contra UVESA en el centro de trabajo de Tudela (Navarra), más de quinientas personas trabajadoras podrán reclamar una mayor antigüedad y, en su caso, un complemento salarial por dicho concepto.
También podrán solicitar la devolución de las cuotas de autónomo que pagaron indebidamente a la Seguridad Social al ser víctimas de un fraude, informa CCOO.
La lucha emprendida por el sindicato incluyó varias campañas como #CarneSinFraude, en la que intervinieron todas sus estructuras y servicios jurídicos, que interpusieron cientos de denuncias a la Inspección de Trabajo, así como huelgas históricas como la de Embutidos Rodríguez (León) y crearon el Semáforo Laboral Cárnico.