viernes. 29.03.2024
La ministra de Hacienda, María Jesús Montero.

El miércoles pasado, la ministra de Hacienda en funciones, María Jesús Montero anunció que se devolverá el IRPF de la prestación por permiso de maternidad y paternidad también a quienes la solicitaron y se les desestimó antes de la sentencia del Tribunal Supremo del pasado octubre. Una decisión que, según la Agencia Tributaria, puede beneficiar a unos 8.000 contribuyentes. Y una decisión por la que, a fin de cuentas, hay que congratularse.

De esta forma, Montero ha decidido otro cambio de criterio propuesto hace ocho meses por Gestha, desde donde lo defendimos para no discriminar a las madres y padres a quienes antes de la sentencia del Alto Tribunal se les desestimó la exención por maternidad y paternidad. "Nadie entendería que precisamente las madres que reclamaron primero ese derecho quedaran ahora fuera del grupo de beneficiarios", dijo la ministra en funciones.

Un informe de la Abogacía del Estado ha interpretado que el Real Decreto Ley de diciembre produce efectos desde su entrada en vigor, pero también para ejercicios anteriores no prescritos

Pues bien, un informe de la Abogacía del Estado ha interpretado ahora que el Real Decreto Ley de diciembre produce efectos desde su entrada en vigor, pero también para ejercicios anteriores no prescritos, de manera que se entiende habilitado el derecho a recibir la devolución de las madres y padres que contaban con resoluciones y sentencias firmes en contra. Por tanto, afectará no sólo a las prestaciones percibidas en los años 2014 y siguientes, sino también a los ejercicios anteriores en los que los recursos desestimados hubiesen interrumpido la prescripción el tiempo suficiente como para que aún no se hubiesen cumplido los cuatro años de prescripción que marca la Ley General Tributaria.

Desde Gestha defendimos, desde el primer momento, cambios para estimar las solicitudes de rectificación que fueron desestimadas antes de la sentencia del Supremo, ya que con la normativa vigente estas situaciones no podrían ser revisadas. De hecho, el pasado 19 de noviembre de 2018 propusimos a la Vicepresidenta del Gobierno una solución para las solicitudes de rectificación de declaraciones por este mismo motivo que con anterioridad a la fecha de la sentencia fueron desestimadas y han adquirido firmeza. Y es que como con la normativa vigente estas situaciones no pueden ser revisadas en ninguna instancia y no procedería devolución alguna, sugerimos dar una solución excepcional durante un semestre.

“Ganan las madres: Montero paga el IRPF a todas las que reclamaron antes del fallo”, titulaban algunos medios la noticia. Y por esa victoria, sin duda justa y más que merecida, cabe alegrarse.


Carlos Cruzado, presidente de los Técnicos del Ministerio de Hacienda (GESTHA)

¿Por qué hay que celebrar la devolución del IRPF a quienes lo reclamaron antes de la...