viernes. 26.04.2024
bancada PSOE
La bancada socialista celebra la aprobación de la reforma laboral en el Congreso.
 

El Pleno del Congreso de los Diputados ha validado este jueves el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, con 175 votos a favor y 174 en contra; y ha rechazado su tramitación como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia. 

La votación, muy ajustada, no ha estado exenta de polémica tras la decisión final de UPN de votar en contra y el error cometido por un diputado del PP en su voto telemático, que de no haberse producido el decreto de reforma laboral hubiera sido derogado.

En su cuenta de Twitter, CCOO ha recogido el momento de la votación.

La iniciativa, que ha sido defendida por la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, señala en su exposición de motivos que la reforma pretende corregir la "temporalidad excesiva que provoca que cada crisis destruya empleo de forma sistemática". Asimismo ha resaltado que es “la primera gran reforma laboral de la democracia que cuenta con el apoyo del diálogo social”.

El secretario general de CCOO, Unai Sordo, ha destacado que "hoy gana la gente. La clase trabajadora que saca el país adelante y el precariado. Empleo más estable, mayor poder en la negociación colectiva, alternativas al despido. Hoy gana la pelea sostenida de quien sabe que el siguiente escalón se gana asentando fuerza en el anterior".

Por su parte, el secretario general de UGT, Pepe Álvarez, ha dicho en su cuenta de Twitter que "es un día importante. Después de muchos decenios, tenemos una reforma laboral que recupera derechos en vez de retroceder. Una ley que combate la temporalidad y la precariedad y avanza hacia un nuevo modelo de relaciones laborales. Desmontando las reformas laborales del PP".

MODIFICACIONES

El primero de los artículos de la norma modifica la Ley del Estatuto de los Trabajadores por la "simplificación de las modalidades de contratación", la "modernización de la negociación colectiva" y el establecimiento de mecanismos de flexibilidad interna, según apunta la norma .

En primer lugar, el Real Decreto-ley modifica el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores para introducir modificaciones tanto en el contrato de formación como en el contrato a tiempo parcial, determinando que el "contrato de trabajo se presume celebrado por tiempo indefinido de tiempo”, y que el contrato a plazo fijo sólo puede celebrarse por circunstancias de producción o por sustitución. También modifica las circunstancias en las que se aplica el contrato de duración determinada.

Además, adquirirán la condición de fijos todas las personas que sean contratadas incumpliendo las condiciones de la nueva regulación, así como las que hayan sido contratadas para dos o más contratos por circunstancias de la producción por un período superior a 18 meses en el últimos dos meses años.

En cuanto a la negociación colectiva, el Real Decreto-Ley añade que, salvo pacto en contrario, los convenios colectivos se prorrogarán año a año y permanecerán en vigor durante su negociación.

La reforma laboral también modifica los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) para que las empresas puedan reducir o suspender temporalmente los contratos de trabajo por causas económicas, técnicas, organizativas o temporales de producción (ERTE ETOP) o por causas de fuerza mayor.

También se modifican los procedimientos administrativos de los ERTEs para empresas de menos de 50 trabajadores, con el fin de simplificarlos, se establece la prohibición de las horas extraordinarias y la externalización de actividad durante ese periodo, y “se dará prioridad a la adopción de medidas reductoras”. frente a los de suspensión de contrato”. Estas medidas pueden ser cíclicas (por una caída temporal de la demanda) y sectoriales (cuando hay cambios permanentes en un determinado sector que generan necesidades de recalificación).

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