lunes. 29.04.2024
SOLO_SI_ES_SI

Necesitamos tu ayuda para seguir informando
Colabora con Nuevatribuna

 

Desde un enfoque relacional del consentimiento reflexiono sobre algunas ideas aparecidas en el debate público, especialmente a partir del librito de Clara Serra, El sentido de consentir (2024), donde se abordan muchos temas de interés, aunque controvertidos. Me permito aportar algunas ideas para clarificar el sentido del consentimiento y su relación con el deseo, junto con sus fundamentos teóricos.

El significado de consentir

Consentir en una relación sexual no es una receta mágica, no vale para todo. Solo, y es fundamental, vale para frenar la prepotencia acosadora patriarcal y favorecer unas relaciones voluntarias o libres (dentro de lo que cabe). El plano del placer o el deseo sexual es otro. La propia RAE le da dos tipos de significados. El primero, permitir, aceptar o acceder. El segundo, más amplio, acordar, complacer o ceder.

El tema del consentimiento es complejo, pero no en los valores que representa: voluntariedad, no imposición, que son claros y democráticos -y del mejor liberalismo social basado en el respeto mutuo-; aunque en su aplicación a la realidad social sea complicado. No es solo ni principalmente un asunto jurídico sino, sobre todo, es una regulación del comportamiento relacional. Es decir, es una norma o pauta de conducta basada en el respeto, la tolerancia y el reconocimiento de la otra persona, en su voluntariedad. Por tanto, consentir es ‘relación social’, una conducta colectiva o un pacto relacional mutuo; aparte está el componente jurídico como garantía pública frente a la violencia machista. Tampoco se debe subsumir en lo político; pertenece, sobre todo, a la esfera de lo social (y lo cultural y ético) como práctica interpersonal y valores cívicos.

Puede interpretarse con ‘ceder’ dentro de una negociación o equilibrio entre ambas disponibilidades, aun con desigualdad de estatus y objetivos, pero no llega a su contrario, la subordinación (absoluta) al poder fáctico del otro. La línea roja está entre voluntariedad (más o menos condicionada) e imposición (coactiva). En las relaciones interpersonales no existe la pura libertad (abstracta o ideal), pero tampoco es inevitable la violencia sexual derivada de unas relaciones de fuerza basadas en el desigual poder de dominación. Las diferencias de estatus no siempre hay que confundirlas con opresión o imposición. Sería un argumento falaz.

El consentimiento no es contradictorio, por mucho que se retuerza el lenguaje y el significado de ‘ceder’

El consentimiento no es contradictorio, por mucho que se retuerza el lenguaje y el significado de ‘ceder’. Si la relación es voluntaria -por el motivo que sea- hay consentimiento (libre); si es impuesta -aunque acceda por otros motivos superiores- es coacción e involuntariedad, sumisión (ante el poder o amenaza del otro); o sea, esa aceptación (operativa) no sería voluntaria, luego, estrictamente, no habría consentimiento. El hecho, sin que sea incoherente, es que se puede consentir -a desgana- con libertad limitada por condicionamientos diversos, o sea, sin voluntariedad total, pero sin voluntad contraria u oposición decidida.

El significado de la palabra ceder o conceder, como sinónimo de consentir, conlleva la idea de voluntariedad, admitiendo concesiones. Pero si no es posible decir ‘no’ porque se impone la concesión para resolver otro bien superior, por ejemplo la propia vida, la mujer víctima de un agresor prepotente realmente no está consintiendo, aunque verbalmente diga que ‘sí’ o esté pasiva. O sea, hay que valorar el contexto, las condiciones del chantaje o amenaza del agresor y definir el sentido de la convicción de fondo de la mujer, y no solo su expresión formal impuesta. Sigue siendo pertinente la coherencia del consentimiento como criterio básico para diferenciar la existencia de acoso sexual y la falta de voluntariedad, y rechazar los falsos consentimientos formalistas conseguidos bajo sumisión.

Las mujeres, ante una violación, pueden ‘decir’ -o pensar- que ‘no’, pero no ser suficiente para evitarla y estar sometidas a la imposición violenta y forzada; es decir, están obligadas ‘prácticamente’ a la relación sexual no consentida, contra la voluntad interior, o sea, ‘impuesta’. No se trata de la exigencia de ser heroica -hasta con el riesgo de la propia vida- para demostrar que no se accede, tolera, permite… o consiente. Y si no somos libres para decir que ‘no’, tampoco lo seríamos para decir que ‘sí’. Por tanto, el consentimiento no es oscuro, ni ambivalente, ni contiene proyectos autoritarios de dominación sino relaciones respetuosas y acordadas, es decir, basadas en el contractualismo voluntario, no en la imposición o el sometimiento abusivo.

Y sí, el consentimiento es compatible con una buena cultura del liberalismo social, aquel que asume la tolerancia, el respeto y el reconocimiento, común con la tradición contractualista -otra variante ilustrada-, así como con la cultura democrática y solidaria de las izquierdas. Pero la crítica al consentimiento como liberal (o racional), fundamento de la modernidad, es un exceso discursivo, que solo se justifica desde el pensamiento posmoderno más irracional o pasional, cuando se pretende sustituirlo o subordinarlo por el deseo sexual, a pesar de que su fundamento también es liberal individualista, y llámese pasión, interés propio, egoísmo o libido.

A lo que se opone el consentimiento es, por una parte, al reaccionarismo patriarcal y autoritario que impone las ventajas de poder e imposición machista, con subordinación femenina, y, por otra parte, también al individualismo neoliberal de no reconocer o valorar a la otra persona. Y, por supuesto, se diferencia del individualismo idealista posmoderno, para el que prácticamente no existe el otro, infravalora el componente social del individuo, no contempla la relación social, solo prioriza el ‘deseo’ individual… y lo que venga después es indiferente en el plano social y ético. Por eso choca el consentimiento, como relación social voluntaria, con el pensamiento posmoderno individualista e irrealista.

En definitiva, el sentido del consentimiento sí se ha abordado públicamente y está claro su contenido sociopolítico más reequilibrador frente a la relación sexual coactiva, su influencia en el comportamiento social más respetuoso con las mujeres, su papel más garantista contra la violencia machista. Precisamente por ello ha recibido la gran campaña crítica y descalificadora de las derechas, que refuerza al sector más autoritario y conservador de los varones, algunos de ellos jóvenes; así como, a veces, ha recibido la desconsideración de sectores socialistas, incluso de algunas feministas, acomodaticios ante esa avalancha reaccionaria descalificadora.

O sea, la claridad sociopolítica feminista del consentimiento ha sido masiva y se ha expresado a nivel público ante hechos como el beso no consentido de Luis Rubiales a la campeona mundial, Jenni Hermoso, o la reciente repulsa social a la violación juzgada del futbolista Dani Alves, en cuya sentencia el tribunal ha ratificado el criterio del consentimiento para valorar la violencia machista. No obstante, continúa la disputa por su significado.

Así, existen actitudes que emborronan de confusión este concepto para justificar el acomodamiento político al poder dominante -institucional, judicial, mediático…-, con la complacencia de una parte de varones, conservadores y algunos progresistas, que se ha opuesto a este paso más democratizador y respetuoso en las relaciones sexuales y sociales de las mujeres en general, con un proceso deslegitimador, social y personal, fortísimo. Pero relativizar el valor del consentimiento, señalando su ambigüedad o su polisemia, solo obedece al interés por la defensa de un feminismo más tolerante con las ventajas patriarcales de los varones y menos incómodo para ellos, con la adaptación a esa contemporización.

El pretexto argumental, legítimo pero unilateral, se basa en expandir el deseo individual que, planteado en términos generales o teóricos, supone desconocer una ventaja relacional para el más fuerte, los varones, dejando en un plano secundario el consentimiento, imprescindible para la parte más débil, las mujeres en un contexto social desigual. Y ello no es victimismo, sino constatación de la realidad desventajosa de estatus y poder por sexo/género, con medidas garantistas para superarla.

Los límites del consentimiento

El consentimiento sí tiene sus límites. Como decía antes, no resuelve todo… pero sigue siendo fundamental para discernir la existencia de violencia sexista. Según la experiencia de EEUU, parece que hay incremento de delitos sexuales… de hombres negros o racializados por el aumento de las denuncias de mujeres -blancas-; y, también, que hay un exceso de judicialización e incremento de penas. Pero esos hechos muestran un síntoma de un problema relacional de base, la coacción y el acoso machista que ahora se visibiliza más y se tolera menos por la conciencia y la presión feminista. Evidentemente, frente a la tendencia reaccionaria dominante, no se debe abordar con el punitivismo y el castigo, aunque se justifiquen con un papel pedagógico-persuasivo complementario. Hay que transformar los comportamientos y mentalidades con una dinámica educativa-igualitaria frente a una relación sexual impuesta y los papeles sociales discriminatorios, con cambios reales de la desigualdad social de género, de las ventajas y desventajas tradicionales por el sexo.

Las nuevas leyes del consentimiento abordan un problema de fondo, la cantidad y gravedad de abusos a mujeres, cuya causa es la dominación y la violencia patriarcal

O sea, las nuevas leyes del consentimiento abordan un problema de fondo, la cantidad y gravedad de abusos a mujeres, cuya causa es la dominación y la violencia patriarcal. Pero esas normativas no crearían esa injusticia, y menos el consentimiento, que garantiza un freno a la prepotencia masculina. Lo que sí podrían incrementar es el número de delincuentes registrados -antes eran invisibles- y más si hay un punitivismo excesivo que es otra cuestión paralela. Pero ese aumento de la delincuencia sexual -registrada o más visibilizada- o de las actitudes machistas no se deriva de la exigencia de consentimiento, el empoderamiento de las mujeres o la mayor conciencia feminista. Su causa es la resistencia prepotente para abandonar privilegios y ventajas patriarcales, fundamentadas en la desigualdad por sexo/género. 

Es sesgado culpabilizar al consentimiento del endurecimiento carcelario o de ser conservador, cuando es un freno del acoso machista y cierta garantía para las mujeres, no solo o principalmente como persuasión penal, sino como norma de comportamiento y cultura sexual -relacional- basada en la voluntariedad. Pero, sobre todo, sirve para transformar la prepotencia de varones con el respeto a las mujeres y reducir el comportamiento incívico impositivo y, por tanto, merecedor de repulsa social y rechazo feminista. Y, además, puede ser delictivo, que es cuando entra en funcionamiento el derecho penal imprescindible con la correspondiente sanción reparadora y de reinserción, sin victimismo.

No se trata de legislar sobre sexualidad, sobre las opciones sexuales y el deseo o el placer, sino de generar normas y conductas voluntarias que garanticen mayor libertad y seguridad de las mujeres y unas relaciones sexuales más igualitarias y libres, sin imposición o sumisión. En este sentido, la nueva legislación feminista o la intervención del Estado democrático -en disputa frente a su papel reproductor de la desigualdad de estatus y poder y la sumisión patriarcal- es un apoyo liberador. Su objetivo no es el disciplinamiento de las mujeres, sino promover con la propia sociedad civil -no con el mercado- una tolerancia cívica respecto de las distintas opciones sexuales, siempre con el límite de la voluntariedad.

Existe una desconfianza popular en el poder político, las instituciones y las leyes, muchas veces legítima. No obstante, en un Estado democrático y de derecho, hay que valorarlos por su papel específico regulador de las relaciones colectivas, o sea, respecto de los intereses de la ciudadanía, no desde una posición extrema, ácrata o individualista, que se opone a todo tipo de mediaciones institucionales. El Estado, las instituciones públicas, no debe meterse en la cama… salvo si hay una relación sexual no consentida -incluido en el matrimonio- que ya es un problema social y relacional, no solo personal; o sea, lo personal se convierte en político, un asunto público, no privado, en el que se define la propia comunidad, cuando se trata de una relación sexual no consentida.

Por tanto, hay que frenar las tendencias hacia el punitivismo penal y hacia la moralización pública, dominantes en muchos ámbitos. Pero esos riesgos no vienen derivados de la prioridad del consentimiento para discernir la violencia machista, sino todo lo contrario. Tenemos la gran evidencia de la reforma de la ley del ‘sólo sí es sí’, en la que por el acuerdo de las derechas con el Partido Socialista, precisamente, rebajan el papel del consentimiento y, al mismo tiempo, incrementan el punitivismo, todo ello con una campaña descalificatoria contra la propia ley y sus promotoras del anterior Ministerio de Igualdad.

NOTA DEL AUTOR
Este artículo es un extracto de la versión ampliada de la Comunicación al XV Congreso Español de Sociología, Sevilla, 2024.


Antonio Antón
Miembro del Comité de Investigación de Sociología del Género de la Federación Española de Sociología

Controversias sobre el consentimiento