martes. 30.04.2024
senado_pleno_reforma_constitucion_18_enero_2024
Planeo en el Senado. Los diputados e invitados en las tribunas, tras la aprobación de la reforma constitucional.

Necesitamos tu ayuda para seguir informando
Colabora con Nuevatribuna

 

Desde este sábado, 17 de febrero, ha entrado en vigor, tras su publicación en el BOE, el artículo 49 de la Constitución que regula los derechos de las personas con discapacidad.

La reforma fue aprobada por las Cortes Generales el 18 de enero que introduce el concepto de “personas con discapacidad” en sustitución del de “disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos”.

La nueva redacción dicta que las personas con discapacidad ejercen los derechos previstos en el Título I "en condiciones de libertad e igualdad reales y efectivas".

Además, "se regulará por ley la protección especial que sea necesaria para dicho ejercicio". Para ello, los poderes públicos "impulsarán las políticas que garanticen" su "plena autonomía personal y la inclusión social, en entornos universalmente accesibles".

Asimismo, los poderes públicos "fomentarán la participación de sus organizaciones" y "atenderán particularmente las necesidades específicas de las mujeres y los menores con discapacidad".

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La reforma dice en su exposición de motivos que la Constitución "consagra la dignidad de la persona y el libre desarrollo de la personalidad como claves de bóveda de nuestro Estado social y democrático de Derecho" y que "una de las plasmaciones concretas de esta configuración es su artículo 49, dedicado específicamente a la protección de las personas con discapacidad", un precepto que "situó en su día a España en la vanguardia de la protección de este colectivo".

Además, en la iniciativa se explica que en los últimos años, "la protección de las personas con discapacidad se ha visto impulsada por el Derecho Internacional", cuyo eje es la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad; que tanto la legislación estatal como autonómica se ha adaptado a dicha normativa internacional y que, paralelamente, "la sociedad civil articulada en torno a las personas con discapacidad ha venido planteando a los poderes públicos la necesidad de acomodar" el artículo "a la realidad social y a la normativa internacional".

SOLO VOX VOTÓ EN CONTRA

La votación, que fue pública por llamamiento, arrojó un resultado de 312 votos a favor, 32 en contra y ninguna abstención, por lo que se obtuvo la mayoría cualificada de tres quintos que exige la Constitución para este tipo de reformas. 

Obtuvo el respaldo de todos los grupos parlamentarios salvo Vox.

Esta es la tercera reforma de la Constitución tras su aprobación en 1978. La primera tuvo lugar en 1992 para añadir al artículo 13.2 la expresión “y pasivo” referida al derecho de sufragio de los extranjeros en elecciones municipales. La segunda fue en 2011 para modificar el artículo 135 que introdujo el principio de estabilidad presupuestaria.

Entra en vigor la reforma de la Constitución que regula los derechos de las personas...