martes. 19.03.2024

¿Es posible despedir sin causa pero indemnizar al despido?

Los despidos de la Cadena SER solo pueden calificarse de "inaceptables".

despidos

En mi memoria más antigua, la SER ocupa un lugar prioritario. Mi padre era el guionista de El Criminal nunca gana, un serial de éxito que programó la SER  a finales de los cincuenta cuyos capítulos no me dejaban oir en casa porque tenía que irme a la cama dada mi tierna edad. Mucho más tarde, fue la radio que me acompañó todos los días -y las noches- desde 1976 a 1981, narrándome lo que vivíamos todas y todos los que parece que formábamos parte de la generación que ahora llaman de la Transición Política. Ayer, entre tantas otras noticias a las que se dio mucho más relieve, se supo que la Sociedad Española de Radiodifusión había procedido a despedir a nueve personas. El relato de esos despidos constituye el objeto de este post.

Los despidos de la SER han sido narrados así por un digital, El Plural“Nos recibieron el director de Informativos, Rafael de Miguel, y la directora de Recursos Humanos y nos fueron entregando uno a uno cartas con las que intentaban justificar los despidos con razones disciplinarias.., razones tipo “usted no cumple con sus cometidos”, o “usted no acepta directrices”… Pero todo es tan mentira, que en el mismo momento nos decían, si firmas y llegamos a un acuerdo romperemos estas cartas”. Muy poco tiempo antes de comenzar a entregar las cartas, (que en la dirección se negaron a entregar a los afectados por temer a que salieran a la luz, aunque les obligaban a firmar acuses de recibo, y que en la redacción, por su contenido, califican para El Plural como de “asquerosas y humillantes”), la dirección de la empresa se reunió con miembros del Comité de Empresa, a quienes intentaron justificar los despidos con la excusa de que “se busca un nuevo perfil de redactor, más ‘digital’”. Cuestión en la que insiste el periodistadigital.com: “los servicios centrales de Informativos de la radio de PRISA se desprenden de seis veteranos con la promesa de contratar en su lugar a siete personas más jóvenes. Los nuevos fichajes cobrarán menos que quienes ahora se marchan. El perfil de las personas a las que se despide es claro: cobran más de 2.000 euros mensuales y tienen muchos años de antigüedad en la empresa”. A los despedidos parece que les han ofrecido a todos la máxima indemnización de 45 días por año por despido improcedente, reconociendo por tanto la ilicitud del acto empresarial.

CCOO ha hecho pública una nota en la que afirma que la decisión de la Dirección de la Cadena SER de despedir a 9 personas (6 de informativos, 1 de programas, 1 de musicales, 1 técnico) solo puede calificarse de inaceptable, autoritaria, y contraria al más elemental respeto a la libertad informativa. CCOO cree intolerables las razones esgrimidas por los responsables de la empresa, fabulando causas peregrinas y extravagantes para justificar los despidos. El mero hecho de que sean incapaces de clasificar con precisión los despidos revela la escasa, por no decir nula, sensibilidad humana y profesional, de sus ejecutores. “Estamos hablando, recuerda CCOO, de acreditados profesionales, en su mayoría mujeres, alguna con alta responsabilidad  en programas informativos, y en un momento de su carrera profesional muy determinante en su vida laboral”.

En este caso, hay en efecto un aspecto relacionado con la libertad informativa que está constantemente puesta en crisis a partir de la inseguridad en el empleo. Y un menosprecio de las capacidades profesionales de las trabajadoras –mayoritarias en el despido– y trabajadores de los que se prescinde, así como de la desconsideración de la aportación que su trabajo ha hecho a una empresa como la SER. Los despidos truncan la vida profesional de los afectados en un momento en el que éstos se encuentran en un momento de madurez de su carrera. Los ERE que hemos ido conociendo en algunos de los medios de comunicación de mayor reconocimiento social tienen como objetivo desprenderse de los periodistas y técnicos de mayor experiencia y prestigio, lo que implica además de una sustitución de personas de más edad una rotación clara de personal, puesto que muchos de ellos serán sustituidos por jóvenes en ocasiones sin relación laboral y salarios mucho menores.

Conviene recordar que el despido sin motivo no es compatible con la garantía del derecho al trabajo, y que sin éste no se puede hablar realmente de democracia social

Pero del relato que hemos conocido llama la atención la forma de despedir. Es decir, la indeterminación de la causa o motivo del despido. Que no es desde luego el que aparece en la notificación que se da a los trabajadores. Tanto que en algunos casos, como se ve, se retira la imputación de una falta disciplinaria muy grave inexistente en el mismo acto de comunicación de la extinción del contrato. Se trata de un acto unilateral de la empresa que vulnera directamente el patrimonio profesional de las personas despedidas, cercena su carrera profesional que se encuentra en el cénit de la misma, hace ineficaz su derecho al trabajo. El despido es un acto que violenta el derecho constitucional reconocido en el art. 35 de nuestra Constitución. Éste requiere siempre un motivo justificado, el que la empresa no ha suministrado. Podemos inferir que se trata de un despido colectivo por motivos económicos que quiere evitarse mediante el recurso a despidos individuales, es algo muy común en la práctica empresarial española, que despide masivamente a través del despido individual para evitar la mediación de la representación colectiva de los trabajadores, incluso cuando ya, después del 2012, esta no es decisiva. 

Lo que realmente se produce es un acto empresarial que decide la terminación del contrato de nueve personas sin que éstas sepan cual ha sido el motivo verdadero para ello. Reconocer por parte de la empresa la improcedencia del despido es una forma de anticipar la insuficiencia de la causa, pero en este caso no es posible que los trabajadores conozcan cuál es el motivo real del despido, es decir, se trata de un motivo no explicitado, no existente. En la práctica se trata de un despido arbitrario (libre) que es indemnizado.

¿Es este el modelo que nos sugiere el caso de los despidos de la SER como forma emblemática de la nueva regulación de la violencia del poder privado sobre el trabajo subordinado? ¿Una licencia plena para despedir que se justifica por el hecho de monetarizar su ilegitimidad? Frente a ello, conviene recordar que el despido sin motivo no es compatible con la garantía del derecho al trabajo, y que sin éste no se puede hablar realmente de democracia social.

No se trata sólo de un ataque a la libertad de las personas y a la calidad de la información. Es también una vulneración completa – por más que sepamos que continuada, y compartida – del derecho al trabajo como fundamento de un orden democrático y social. Un modelo que se quiere perpetuar para el futuro en un cambio de época que reduzca la significación política y democrática del trabajo a mero coste económico y a objeto de cálculo empresarial. Un modelo que no se debe asentar de manera definitiva, frente al que no cabe que los ciudadanos se sometan como si fuera un destino inevitable. Para ello, resaltar el carácter violento y arbitrario del despido, el desastre humano que implican sus consecuencias, es muy importante. 

Por eso el ejemplo de los despidos de la SER es muy relevante. Muchas de ellas son personas (re)conocidas, tienen un valor público del que sin embargo carecen muchos trabajadores y trabajadoras de otros sectores productivos. Por eso es un ejemplo para que no nos acostumbremos a que el despojo de los derechos de los trabajadores y trabajadoras, la destrucción de su patrimonio profesional y de sus esperanzas vitales, sean un elemento natural del ambiente de trabajo, del ecosistema laboral y económico. Pese a lo que hagan los poderes privados que organizan el trabajo asalariado, pese al empotramiento cada vez más intenso de los medios de comunicación en sus sostenedores económicos, pese a la destrucción acelerada de otros derechos democráticos de libre expresión y de información que acompañan a la formidable deconstrucción del derecho al trabajo (mediante la degradación del derecho del trabajo) a la que estamos asistiendo en nuestro país. Por poco tiempo ya, recuerden.

¿Es posible despedir sin causa pero indemnizar al despido?