sábado. 20.04.2024
Concepción Arenal | "Condena el delito, compadece al delincuente"

Odiado agresor sexual que estás penando en las cárceles españolas:

Desde tu celda sé que estás siguiendo con un interés rayano en el jolgorio la trifulca política que se ha montado en este país como consecuencia de la entrada en vigor de la LO 10/2022, de garantía integral de la libertad sexual, una ley concebida como un instrumento imprescindible para prevenir procesos sucesivos de victimización y de revictimización similares a los que tú pusiste en marcha: quién te iba a decir que después de todo este tiempo ocioso penando por las cárceles españolas, por una carambola de la vida, ibas a deshojar la margarita de la liberación anticipada. Incluso es posible que ahora te hayan entrado las prisas y que tengas ya preparado tu macuto por si mañana mismo la suerte llamara a la puerta de tu chabolo.

Semejante despropósito es la simple consecuencia de la grandeza del Estado de Derecho que protege la dignidad de todas las personas, incluso de aquellas que han pisoteado la dignidad de los demás como es tu caso, garantizándote que los cambios normativos que reduzcan tu condena te sean de aplicación. Qué paradoja, ¿verdad? Déjame que te diga que a poca gente parece importarle una mica nada que tenga que ver con tu proceso de reinserción social: al contrario, lo único que les interesa es retrasar cuanto más mejor tu reincorporación a la sociedad por lo que la reducción de tu condena ha caído como un jarro de agua fría. A mí, que me inicié en el Derecho penitenciario leyendo a una señora que odiaba al delito y se compadecía del delincuente, me preocupa si tantos años de libertad perdidos los has aprovechado para pensar en tu víctima, en el momento de sexo inconsentido al que la sometiste o si a falta de otras opciones más ilustrativas entre rejas, te has limitado a poner en forma tu musculación.

En cualquier caso, aquí fuera las cosas están cambiando: la gente del mundo de la fama ya no se aguanta los manoseos indeseados en las fiestas de glamur a las que asisten, las jóvenes en las discotecas bailan y se divierten juntas para evitar vuestros desvaríos, las Universidades van mejorando sus programas de lucha contra el acoso y las agresiones sexuales, los puntos violetas en los que se ofrece información, asesoramiento y ayuda ante agresiones sexuales proliferan y los empresarios del ocio nocturno han dado un paso adelante para prevenir las agresiones sexuales en sus locales

Con toda sinceridad, espero que este tiempo te haya enseñado a comprender la diferencia que existe entre estar solo o en compañía, hablar con alguien o con las paredes, o simplemente reírte con tu amiga o sonreír delante de un sucio espejo.

Tengo que contarte que las revisiones de las condenas que se están produciendo durante estos días no son simple consecuencia de la impericia ni de la negligencia de un puñado de feministas alocadas que han participado en la elaboración de la ley: no. Son consecuencia de un proceso bastante más complejo que está necesariamente relacionado con la interpretación judicial y con la -lenta- reacción de instituciones penitenciarias en el marco de una ley que ha tenido la valentía de bajar limitadamente los topes mínimos de las penas correspondientes a los delitos de agresiones sexuales a sabiendas, eso sí, de que incorporaba otros instrumentos que funcionarían como muros contención de las rebajas de pena. Pero no ha sido así.

Así, algunos de los pronunciamientos judiciales analizados se han topado con el hecho de que la sentencia de instancia se dictó por conformidad aplicando los límites mínimos previstos en las concretas figuras delictivas, lo que hace presuponer al órgano que resuelve la revisión que, de haber estado en vigor los nuevos marcos penológicos, también el Ministerio Fiscal te hubiera propuesto que te conformaras con ese mínimo; en otros casos, al abrir de nuevo la sentencia de condena, se ha visto que poco o nada se incluía en torno a la aclaración de los motivos por los cuales se imponía una concreta pena más cercana al límite mínimo que a la mitad de la pena en abstracto prevista por el Código penal, por lo que ante la falta de fundamentación, in dubio pro reo.

Por lo demás, en otras ocasiones los Autos en los que se están revisando vuestras condenas, más que enfrentarse a la revisión como una cuestión inspirada en el concepto de justicia material, lo han hecho como si de una clase de matemáticas se tratara, teniendo en consideración simplemente la comparación entre los límites mínimos en una y otra ley, como si el delito de agresión sexual no hubiera sufrido ninguna modificación. Fíjate hasta qué punto es intrascendente el hecho que dio lugar a tu condena, que en muchos de los autos revisorios ni si quiera se reflejan cuáles fueron: solo se tiene en cuenta cuánto fueron penados. Con lo cual, difícilmente puede comprobarse si concurren alguno de los nuevos supuestos de agravación de la pena del art. 180.

Por todas esas vías, se llega a ignorar deliberadamente el nuevo art. 194 bis, que establece que las penas previstas en los nuevos delitos de agresión sexual se limitan a desvalorar el atentado a la libertad sexual, de manera que la violencia física o psíquica empleada para la comisión de aquellos hechos calificados como la agresión sexual de entonces, deben ser castigados ahora, en su caso, como delitos de lesiones, amenazas o tratos degradantes: esto es lo que determina que no baste con comparar matemáticamente las penas correspondientes  a los delitos sexuales antes y ahora, pues las de ahora no se reducen a las de los arts. 178 y 179 y requiere de una valoración jurídico penal distinta.

Y en caso de que se tratara del empleo de medios violentos, intimidatorios o degradantes que no tengan entidad para ser valorados autónomamente como delito, no cabe ninguna duda que son criterios que deben ser tenidos en cuenta para concretar la pena a imponer pues afectan a las circunstancias personales del delincuente y a la mayor o menor gravedad del hecho  a las que se refiere el art. 66.6 del Código. De haberse procedido así, muchas menos revisiones no hubieran tenido lugar.

Tampoco Instituciones penitenciarias parece haber reaccionado desde un principio a la velocidad que el periodo de vacatio legis de un mes establecido en la LO 10/2022, demandaba. En este sentido, las “excarcelaciones” que se han producido han sido inmediatas, tan rápidas que todo apunta a que difícilmente se ha podido tratar de penados que hayan pasado a ser clasificados en tercer grado de tratamiento penitenciario, puesto que el nuevo art. 36 cuando se trate de condenados por delitos contra la libertad sexual de menores (art. 181) exige para la clasificación en tercer grado, no solo el cumplimiento de la mitad de la pena de prisión impuesta, sino el haber realizado los programas de tratamiento específicamente indicados en el art. 184 del Reglamento Penitenciario “con aprovechamiento”.

La verdad es que el dato sobre el número de programas que se ofrece por parte de Instituciones penitenciarias, el número de vosotros que participáis en los mismos y el éxito o fracaso cosechado son datos oscuros y, por ende, difícilmente conocidos.

Como ves, de haberse procedido a comparar la pena impuesta con arreglo a la regulación anterior, y la resultante de aplicar la nuevas previsiones penológicas y penitenciarias, es probable que el número de revisiones hubiera sido muy inferior pues se hubiera en todo caso acortado la duración máxima de la pena, pero retrasado el momento de acceder al tercer grado y más tarde a la libertad condicional o definitiva.

El goteo de sentencias que están siendo revisadas ha desatado los nervios del Gobierno, que se ha visto ante la tesitura de romper un compromiso asumido en el pacto de investidura que hoy pone en jaque la durabilidad de la legislatura. Increíble, ¿verdad? Ni la pobreza, ni el coronavirus, ni el enriquecimiento de la banca, ni la crisis climática, ni siquiera la guerra de Ucrania (porque hay una grave guerra en Ucrania, por si no te has enterado después de un año): solo la libertad sexual ha sido capaz de hacer que rujan los leones de la Moncloa.

La crisis del matrimonio de conveniencia que mantienen los dos socios de Gobierno se ha producido tras la presentación por parte del Partido Socialista de una propuesta “nueva” de modificación de los nuevos delitos de agresión sexual que de esta forma se han visto prematuramente envejecidos puesto que antes incluso de que la propia ley haya podido llevar a implementarse y antes de que hayamos tenido tiempo de ver sus efectos, ya se ha presentado en las Cortes una tentativa de modificación que vuelve a poner la violencia y la intimidación en el centro de la regulación de los delitos sexuales.

Dice con inocencia política la Ministra de Justicia que su propuesta no quita al consentimiento del centro de la regulación, si bien todo apunta a que con la misma, la única diferencia que le separa de la regulación que te condenó es que desaparece el vetusto término de “abuso” sexual: el resto seguiría exactamente igual que antes puesto que en ese “modelo”, el consentimiento se convierte en un mero postizo o una excusa legal para ocultar que en este país para que haya una agresión sexual tiene que haber violencia o intimidación.

Fíjate qué maravillosa noticia: la vuelta a la arena de los tribunales de justicia de las estrategias de defensa procesales que tanto has disfrutado (“la víctima no se resistió”, “no cerró bien las piernas” y en términos generales “ella es la única culpable de todo lo que le pasa”).

De toda esta trifulca, me temo, sin embargo, que no es la protección/desprotección de la libertad sexual lo que preocupa, sino que sois vosotros los que habéis desatado esta reacción política y social porque ha salido a relucir que sois las personas más odiadas, las menos fiables y las menos deseables de toda la sociedad; por lo menos, en el lance político, a algunos se les ha caído la careta. Es más, mucha gente desearía vuestra muerte, o que os pudráis en la cárcel o que se os caiga encima el techo de la celda para no volver a veros, de manera que, aunque la aplicación de la Ley os haya favorecido, tendréis para siempre cerradas las puertas de la sociedad.

En cualquier caso, aquí fuera las cosas están cambiando: la gente del mundo de la fama ya no se aguanta los manoseos indeseados en las fiestas de glamur a las que asisten, las jóvenes en las discotecas bailan y se divierten juntas para evitar vuestros desvaríos, las Universidades van mejorando sus programas de lucha contra el acoso y las agresiones sexuales, los puntos violetas en los que se ofrece información, asesoramiento y ayuda ante agresiones sexuales proliferan y los empresarios del ocio nocturno han dado un paso adelante para prevenir las agresiones sexuales en sus locales.

La suma de todas estas muchas medidas se llama prevención-general- positiva y tú te mereces no quedarte fuera. Esta es la llave de vuestro futuro.

María Acale Sánchez | Catedrática de Derecho penal de la Universidad de Cádiz

Odiado agresor sexual que estás penando en las cárceles españolas