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07.03.2009

El Comité de Expertos del Ministerio de Igualdad no descarta en su propuesta para la modificación de la actual ley del aborto que las mujeres que aborten fuera de los plazos y supuestos previstos en la futura legislación tengan alguna responsabilidad penal atenuada, nunca implicando penas de cárcel, según el documento de los expertos, al que ha tenido acceso Europa Press.

La propuesta hecha pública el pasado jueves recomienda al Gobierno que elabore una ley que permita el aborto libre hasta las 14 semanas y hasta las 22 en caso de grave anomalía en el feto o de riesgo para la vida o la salud de la madre. Además, sugiere que se pueda interrumpir el embarazo sin límite de tiempo sólo en el supuesto de malformaciones incompatibles con la vida.

El documento plantea para las mujeres que incumplan los plazos y los supuestos un "castigo atenuado", que "en cualquier caso debería recurrir a penas no privativas de libertad", y añade que ésta es la "opción mínima". En cambio, el documento también abre la posibilidad de optar "por una propuesta de máximos", para lo que sería necesaria la modificación del artículo 145.2 del Código Penal, de modo que se especificara que "la embarazada no será penada a tenor de este precepto". De elegirse este segundo caso, la mujer no tendría ninguna responsabilidad penal.

En esta misma línea, el comité "también recomienda la creación de un tipo penal atenuado" para sancionar a terceros que, participando en un aborto consentido, realicen la interrupción "antes de finalizar el período de reflexión" de la mujer (de al menos tres días) o no entreguen la información sobre los aspectos médicos de la intervención y las ayudas a las embarazadas, así como en caso de "defectos sustanciales en los dictámenes exigidos en las indicaciones".

Esta sanción, que será una multa económica, tiene como excepciones que se incumpla el requisito del consentimiento informado o del dictamen "en caso de urgencia vital para la gestante" y que no se cumpla el periodo de reflexión "cuando se agote el plazo legal para interrumpir el embarazo".

Por otra parte, el documento señala que deberá ser un "médico especialista distinto del que practique la intervención" quien emita el dictamen para que la mujer embarazada se pueda acoger a los supuestos que contemple la nueva ley, con el objetivo de evitar las fisuras de las actual norma.

ACTUALMENTE SE COMETEN "BARBARIDADES"

Según informaron a Europa Press fuentes de este grupo de trabajo, se ha fijado este requisito porque con la legislación vigente "se ha llegado a tal extremo que basta el informe de un psicólogo" que diga que el embarazo afecta a la salud de la mujer para poder abortar, lo que ha dado lugar a que se cometan "barbaridades" como interrumpir un embarazo por encima de las 22 semanas, límite a partir del cual el feto puede sobrevivir fuera del útero materno.

De este modo, consideran que la actual norma "es un coladero que ha dado lugar a que se cometan auténticos disparates como abortar a las 28 semanas de gestación" y añaden que esta posibilidad "no está contemplada en ninguna legislación del mundo".

En el comité están en contra de realizar una "maniobra feticida" a partir de las 22 semanas y piden que desde ese límite de tiempo sólo se interrumpa el embarazo "para sacar el feto y colocarlo en un incubadora", manteniendo la excepción de malformaciones incompatibles con la vida.

"No hay ninguna explicación ni constitucional o moral para cargarse a un ser vivo de 26 ó 28 semanas, porque podría vivir fuera del útero materno", aseguran, al tiempo que recalcan que la propuesta pide "más rigor para que los supuestos no se conviertan en una válvula de escape", lo que implicaría "más seguridad a las mujeres, a los médicos y al nasciturus".

Por el contrario, ERC, IU e ICV, así como la Asociación de Clínicas Acreditadas para al Interrupción del Embarazo, consideran "un grave retroceso" que este comité proponga que, en los casos de graves anomalías en el feto y de riesgo para la vida o la salud de la madre, sólo se pueda abortar hasta la semana 22, "ya que deja fuera de la ley un alto porcentaje de casos que ahora sí se están practicando" alegando riesgo para la madre.

LAS CIFRAS SERÁN LAS MISMAS

En cuanto a la influencia de la nueva legislación en el número de abortos, en el comité creen que la cifra será "básicamente la misma" aunque se evitarán los "disparates" anteriormente mencionados, "que son un número reducido".

Estas fuentes consideran que abortar "es un dramón para la mujer", por lo que piden al Gobierno una apuesta clara por la educación y la información sexual y reproductiva, de modo que se reduzca el número de embarazos no deseados y, por tanto, el número de abortos.

Sobre la constitucionalidad de la propuesta que han hecho al Gobierno, los expertos han "tratado de acomodarse a la sentencia de 1985", con la intención de que se combine el derecho constitucional a la vida del nasciturus y el derecho a la intimidad y privacidad de la mujer.

Así, indican que en caso de conflicto prevalece el derecho de la mujer y que a partir de las 14 semanas prima el del nasciturus salvo en los casos de los supuestos. "La propuesta jurídica es armonizarnos con la mayoría de Europa", subrayan.

En cuanto a la opción de que se pueda abortar a partir de los 16 años sin autorización paterna, las citadas fuentes aseguran que todos los miembros del Comité de Expertos tuvieron "siempre claro" que la nueva ley debía recoger esta posibilidad.

Sanción penal a las mujeres que aborten fuera de la ley