viernes. 19.04.2024
transparencia

La entrada en vigor de la Ley de Transparencia tiene su trasunto digital en un nuevo portal dedicado a ofrecer acceso ciudadano a la información en poder de la Administración del Estado. Pero una rápida visita a la web transparencia.gob.es desmiente de inmediato esa aspiración.

La supuesta transparencia está, para empezar, sólo en castellano. Quien pretenda acceder en cualquiera de las otras lenguas oficiales o en inglés verá como sólo se traduce el menú principal, manteniendo el resto de contenidos su versión original. A diferencia de páginas similares de otros países,  aquí no hay canales temáticos ni atajos de navegación. En su lugar, un buscador invita a bucear en el medio millón de registros que la herramienta alberga.

Ni abiertos, ni accesibles

No espere búsquedas avanzadas ni operadores lógicos para afinar los resultados: sólo encontrará una lista de filtros preestablecidos por categorías (Institucional, Normativa y Económica son los esclarecedores descriptores), por ministerios y por fecha. Si añade nuevas etiquetas al buscador, queda advertido de que sólo conseguirá con ello multiplicar el número de páginas de resultados.

Suponiendo que esta búsqueda casi al azar le depare algún fruto relevante, el formato de salida será un listado en pantalla. Una relación de edificios propiedad de una institución, por ejemplo, que no podrá cruzar con otros datos o documentos ni descargar como archivos que permitan su reutilización. Hay excepciones, como organigramas en formatos no abiertos (PDF) o enlaces que prometen más detalles, aunque el camino lleve a una página donde simplemente se repite el título de la ficha a la que pretendía acceder.

Sólo para iniciados

Una alternativa al buscador es solicitar la información que se desee a través del botón para tramitar peticiones. El portal obliga en este caso a la identificación del usuario mediante un abanico de medios diferentes. Si ya ha sufrido el trámite de expedición y uso (en un sólo terminal y con un navegador en concreto) del Certificado Digital, no es necesaria mayor explicación al respecto. Si opta por métodos alternativos de identificación (como el sistema Cl@ve) habrá de peregrinar por varias webs externas al portal para registrarse y conseguir su contraseña.

El acceso y la petición no garantizan recibir respuesta o la información solicitada. La Ley permite a las instituciones acogerse al silencio administrativo negativo: si no obtiene contestación en 30 días, su solicitud queda denegada. No se moleste en ningún caso en pedir información al respecto de datos anteriores a 2014, ni de Comunidades Autónomas o Ayuntamientos, ni de borradores legislativos o informes que precisen de algún tipo de elaboración. Esas posibilidades no están incluidas en la Ley. Y no, tampoco registros de visitas, reuniones o viajes de los cargos y representantes políticos.

El portal queda así a la altura de la Ley que le da sentido, clasificada por la organización Access Info en el tercio inferior de su ranking mundial, entre Thailandia y Costa de Marfil. La norma es un primer intento de abrir la Administración a los ciudadanos, pero su puesta en marcha está aún muy lejos de responder a lo que una sociedad desarrollada entiende por acceso al “big data” público.

El opaco Portal de la Transparencia