martes. 23.04.2024

No duden los del “Régimen del 15” que van a terminar imputados un buen puñado de ellos al igual que ya lo están de una forma u otra sus abuelos del 78

Carlos Sotos | Con tanto blablablá sobre una presunción de inocencia que ya es papel mojado en el discurso político, al personal parece olvidársele aquellos tan bonitos axiomas jurídicos en el albor de la democracia. Para los expertos dejo los análisis de la última reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal aprobada por el PSOE entonces en el Gobierno, al conceptualizar la figura del imputado como una medida “garantista” para evitar lo que se suponía la arbitrariedad de las acusaciones de parte sin ser escuchado en el procedimiento judicial y sin la debida protección letrada. Pues ya ven en lo que ha quedado la cosa. La mera imputación es ya tan constitutiva de delito que un arbitrario Ministro de Justicia ha declarado: “No considerar la imputación como delito es una artimaña dialéctica“. Si esto lo dice el titular de la cartera del ramo y a la sazón Notario Mayor del Reino la cosa de la protección de un derecho tan esencial como es la libertad personal esta de llorar y lo del derecho al honor o la presunción de inocencia, pues por los suelos. Y así están las cosas.

Escribir esto y ahora seguro que no es “políticamente correcto” y, por tanto, significa no dar satisfacción a la jauría humana (ese inefable film de Arthur Penn y Marlon Brando) que se afana en al descuartizamiento civil de todos los afectados por el “síndrome” de la imputación presentes o futuros sin la menor excepción; y tampoco alegrará al ejercicio de demagogia que han estado practicando sin mesura alguna todas las fuerzas políticas del “régimen del 78” y sin duda también las del “nuevo régimen del 15”, llamadas a sustituir a las anteriores por los idus de marzo. Pero todas pagarán, también sin excepción, con sangre sudor y lagrimas la ciénaga de populismo irrefrenable en que se están cociendo las más bajas pasiones del poder en lo que se refiere la política aplicada al Código Penal.

Supongamos un imaginario país, que en homenaje a Don Miguel de Cervantes llamaremos Barataria, y en el que las cuentas de un partido en el gobierno fuesen objeto de un escándalo mayúsculo sin que nadie lo desmintiese. En la república de Barataria existía conciencia generalizada de que se habían producido pagos indebidos sin control fiscal al mismísimo Presidente. ¿Existiría incongruencia más feroz que la de un Ministro de Hacienda de ese gobierno que hiciese gracietas amenazantes a todos los baratasunos para la observación de sus conductas fiscales y que los órganos de inspección a su mando no hubiesen hecho el menor movimiento para investigar lo defraudado conforme a lo que declaró el propio tesorero de su partido en sede judicial? ¿No sería eso una posible comisión de delito de omisión de las funciones que le tenía encomendadas “in vigilando” el ordenamiento jurídico baratariense? ¿A quién de su partido habría preguntado pública o privadamente sobre la regularización fiscal de las impresentables cuentas de su tesorería en cuanto a pagos, donaciones y donantes del mundo económico de Barataria? Ahí lo tienen. Y si por arte de birlibirloque del poder nuestro personaje no estuviese imputado; ni se le esperase; ni nadie se atreviese a hacerlo… ¿Estaríamos ante un caso de inocente presunto permanente, ó ante un supuesto de presunto imputado nonato? Díganme lo desequilibrado e injusto que resultaría entonces el que un ciudadano cualquiera de esa república perdiese su derecho a la presunción de inocencia por el mero hecho de que con él si se han atrevido. Por supuesto que no me refiero a nadie en concreto y cualquier parecido con la realidad española es mera coincidencia. Háganse solo a la idea.

Por otra parte, ¿sabe el personal lo que es una querella catalana? Tal vez lo sepan los que se dedican al mundo empresarial casi en su totalidad pero no el común de los mortales. Es bien sencillo: en múltiples negocios (probablemente en todos) las partes negocian cómo se van regular sus actividades civiles y/o mercantiles, en los que siempre se habla de “pactos de caballeros” o “contratos de buena fe”. Pues fíjense en las clausulas de todos y cada uno de ellos y no encontrará ni una sola que presuma la existencia de buena fe o de caballeros con o sin caballo. Son todas estipulaciones de observancia por si la otra parte no cumple lo pactado sin dejarlo al albur de precepto moral alguno. ¿Y que sucede? Pues que si producen incumplimientos hay dos vías judiciales para resolver el litigio: Una, la vía civil larga y tediosa las más de las veces. Y otra, la vía penal, más corta, rápida, eficaz y amenazante para las personas a las que se pretenden reclamar o amedrantar. Es decir, que “si hay hueco” una buena parte de los abogados aconsejan a sus clientes reclamar a través del código penal lo que no es en principio más que un conflicto civil o económico. Lo lamento por Catalunya pero así llaman al artefacto.

Puede que el sufrido lector de esta morralla dialéctica esté o pueda estar incurso, casi sin saberlo, en un procedimiento de este tipo, si por mor de las circunstancias más diversas y fortuitas en el transcurso de su vida, alguien presenta una querella criminal contra usted. Y si el Juez aplicando las normas de procedimiento criminal decide, para garantizar su derecho de defensa, llamarle a declarar sería usted un imputado. Versus ya es usted un delincuente. No un presunto inocente, olvídese de eso. Lo dice hasta el ministro. También puede ser imputado por un accidente de tráfico, por una venganza personal y por otra multitud de causas sobrevenidas que se puedan producir. Y solo cuando esto ocurre los ciudadanos que han pasado por esos calvarios abandonan sus antiguas y primitivas ideas inquisitoriales de presumir como culpables por anticipado a personas donde solo hay pleitos pendientes de juzgar. En una palabra, que imputar y condenar por anticipado esta fácil. Cuidado.

Pues bien, parte de estas situaciones “a la catalana” han llegado en tromba a la política española y, en medio de una real y existente corrupción que inunda asquerosamente el medio ambiente social, ha calado la especie de que la mera condición de persona imputada es causa suficiente para su degradación y constituye un grave prejuicio previo de carácter social para la persona a la que se le cuelga el sanbenito ¿Qué les recuerda eso? Me viene a la memoria el caso de un ex-poderoso Presidente de la Diputación de Zaragoza, creo, cuyo delito fue trasladar un sillón de su trabajo a su casa. Fue imputado. Y más sonoro el de una directora de Cine y de Televisión española que también lo fue. Fueron vejados por propios y extraños. Dimitieron. Y judicialmente todo quedó en nada. El daño se reparó en el segundo caso tras su entierro físico (el político se consumó antes) en ese escenario tan purificador para los hipócritas y fariseos que son los funerales. Ha habido más casos. Y, sí, esas cosas importan al derecho y a la organización cívica de la sociedad. Es un tema acorde a los tiempos actuales se preguntarán. Pues no. La frase más infame de la historia política no la pronunció Maquiavelo sino el inefable Cardenal Richelieu “Dadme seis líneas escritas por un hombre honrado que yo me encargaré de enviarle al patíbulo”, dijo. Y hace siglos quedó dicho todo.

Pero estamos ahora en un momento de paroxismo extremo. De demagogia infinita. Como si a los corruptos presentes y futuros les importara un carajo la vela, por la sanción social que reciben, este aquelarre de partidos en lucha a ver quién imputa mas delitos a quién. Extraña liga en la que participan todos y cada uno de los contendientes. La justicia es calderilla para los poderosos y no cuesta apenas nada hundir en la más absoluta miseria al adversario sacándole del ruedo electoral o político por el procedimiento de buscarle las vueltas con el famoso discurso de corte maquiavélico sobre las diferencias entre la moralidad y la legalidad. Suerte del toreo ideológico (y casi teológico) más difícil de negociar conceptualmente. El concepto de la moralidad, ¿cuál y de quién?, solo es aplicable según los casos. Y sobre todo según a quien perjudiquen o interesen. Así son los designios del poder. Con los criterios que se barajan en liza y dependiendo de la interpretación y relevancia mediática de cada juez, no duden los del “Régimen del 15” que van a terminar imputados un buen puñado de ellos al igual que ya lo están de una forma u otra sus abuelos del 78. No por lo que han hecho hasta ahora (ni por los mismos motivos), sino por lo que se ha de interpretar de ello ¿moral? ¿legal? y por lo que vayan a hacer según estén en el gobierno o en la oposición. Porque el listón de declarar persona “non grata” y “tomar medidas drásticas” o “no temblar el pulso” para sacar de la arena política a todo aquel que lleve las mangas y capirotes de imputado es tan bajo, tan bajo, que se lo salta hasta un juez de paz en el ejercicio de sus funciones. Luchar contra la corrupción es imprescindible, pero fíjense bien no vaya a ser que por dar satisfacción a la jauría humana vayamos a ver más mordidos por los perros a algunos de los justos que a muchos de los abundantes pecadores. Mientras los cazadores ríen. Porque es posible que bastantes de los futuros candidatos a diputados o diputadas del nuevo “Régimen del 15” sean presuntos imputables nonatos. Se lo han puesto fácil. Deben saberlo porque ya no les quedará el recurso constitucional de presumir su inocencia... deberán defenderla.

La inocencia ya no se presume, se defiende