viernes. 29.03.2024
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En su auto el juez del tribunal Supremo, Pablo Llarena, relata los hechos acontecidos en Cataluña en los últimos 6 años en relación con el proceso secesionista, en lo que considera un "concierto entre partidos políticos y entidades soberanistas para llevar a cabo la ejecución de un plan predeterminado con el objetivo de declarar la independencia de Cataluña, al margen de la legalidad vigente".

El magistrado sitúa el inicio de este concierto el 19 de diciembre de 2012, cuando el entonces candidato a la Presidencia de la Generalitat y líder de CIU Artur Mas firmó con el presidente de Esquerra Republica de Cataluña Oriol Junqueras el  “Acuerdo para la Transición Nacional y para Garantizar la Estabilidad del Govern de Catalunya”, que determinó el nombramiento de Mas como presidente de la Generalitat.

Llarena destaca la importancia del llamado “Libro Blanco de la Transición Nacional de Cataluña”, presentado públicamente por Artur Mas en septiembre de 2014 (en la imagen), que proclamó la legitimidad del 'procés' y que ha venido marcando desde entonces la hoja de ruta para el proceso de transición de Cataluña hacia un país independiente.

Ese libro “contempló distintos procedimientos para la creación del nuevo Estado, en función de que la independencia pudiera alcanzarse mediante un marco de colaboración negociada con el Gobierno español, o que, por el contrario, se desplegaran instrumentos de oposición a la independencia por parte del Estado. Esto es, no era la independencia la consecuencia de una falta de negociación con el Estado, sino el objetivo que pretendía alcanzarse en todo caso, primeramente mediante un acuerdo pactado y, en caso contrario, de manera unilateral y forzando al Gobierno a asumir una situación de hecho que buscaba crearse”, señala el magistrado en su auto.

"UN PLAN CONCERTADO DESDE DISTINTOS ÁMBITOS"

Paralelamente a que el Gobierno de la Generalitat y el Parlamento de Cataluña desarrollaran el contenido del Libro Blanco, en marzo de 2015 se amplió el concierto de actuación ilegal “a otras agrupaciones distintas de los partidos políticos que conformaban la mayoría política que prestaba soporte al Gobierno de la Generalidad y que habían firmado el pacto de legislatura”. De este modo, añade el juez, se acordó una hoja de ruta respecto del proceso independentista entre los partidos políticos CDC y Esquerra con las entidades soberanistas Omnium, ANC y la Asociación de Municipios para la Independencia.

El juez recoge en su auto el listado de sentencias del Tribunal Constitucional que fueron anulando las resoluciones del Parlamento de Cataluña dirigidas a la secesión, y cómo el Parlamento, "cuya acción se atuvo a la hoja de ruta previamente establecida, desobedeció al Tribunal Constitucional de manera tozuda e incansable durante dos legislaturas y cinco años".

Expresa también el juez cómo esta actuación del Parlamento culminó en septiembre de 2017 con las leyes de convocatoria del referéndum de autodeterminación del 1-O y de transitoriedad jurídica y fundacional de la República. Ambas fueron declaradas nulas e inconstitucionales por el TC en octubre y noviembre del mismo año.

Ya en noviembre de 2015, al inicio de la legislatura en la que sería nombrado presidente de la Generalitat Carles Puigdemont, el Parlamento catalán aprobó como primera resolución del nuevo ciclo parlamentario una en la que anunciaba “el inicio de un proceso de creación del Estado catalán independiente en forma de República”, resolución declarada inconstitucional en sentencia del TC de 2 de diciembre de 2015. 

"Permanente y obsesiva actividad de los exconsellers"

En relación con la actuación del gobierno de la Generalitat en este contexto, el juez destaca que los ex consellers procesados “pese a las reiteradas declaraciones de inconstitucionalidad y de nulidad de las distintas iniciativas parlamentarias anteriormente referidas (a cuya observancia habían sido personalmente requeridos los distintos Consejeros del Gobierno de la Generalidad) y pese a la suspensión y nulidad de los Decretos para la celebración del Referéndum, los órganos ejecutivos de la Generalidad de Cataluña continuaron con la permanente y obsesiva actividad para crear las denominadas estructuras de Estado (que permitirían una efectiva independencia conforme a las previsiones del Libro Blanco) así como para divulgar su proyecto e impulsar el mayor apoyo que pudiera obtenerse de la comunidad internacional y de la ciudadanía, tal y como ya habían hecho a lo largo de toda la legislatura, además de desplegar la actuación que consideraron precisa para llevar a término la votación de autodeterminación a la que se ha hecho referencia”.

LA "INACCIÓN" DE LOS MOSSOS

En relación con la celebración del referéndum del 1 de Octubre, el juez detalla la actuación de consejeros como los de Sanidad, Educación y Trabajo y Asuntos Sociales que, "mediante determinadas decisiones administrativas, asumieron la responsabilidad propia de los directores de los locales dependientes de esas consejerías para asumir de manera directa la responsabilidad de las decisiones relativas a su ubicación y garantizar de esa manera su disponibilidad como centros de votación, así como la reunión previa que mantuvieron el 28 de septiembre de 2017, tres días antes del 1-O, los Mossos d’Esquadra con el Presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, su vicepresidente, Oriol Junqueras, y el Consejero de Interior Joaquim Forn donde los máximos responsables policiales alertaron de la escalada de violencia y del riesgo que conllevaba la celebración del referéndum y pese a ello – señala LLarena- la decisión de los miembros del Gobierno fue de que la votación había de celebrarse”.

El magistrado recoge en su auto todo el operativo llevado a cabo por los Mossos d’ esquadra ante el 1 de Octubre, “para boicotear el cumplimiento de la orden judicial por inacción”, con un despliegue de 7000 agentes, cuando en jornadas electorales normales pasaban de 12.000.

LA RESPONSABILIDAD DE ANC Y OMNIIUM

En ese reparto de roles, Llarena explica la actuación de los miembros de la Mesa del Parlament, así como el papel desarrollado por las entidades ANC y Omnium que asumieron, según el juez “la responsabilidad de impulsar la mayor aceptación social de las iniciativas secesionistas, así como favorecer la creencia pública de que la proclamación de la república era perfectamente viable, buscando, por último, una intensa movilización ciudadana que favoreciera que el Estado terminara por aceptar la independencia de Cataluña, ante las vías de hecho que se desplegaron”.

Según el juez, han sido permanentes los actos y manifestaciones convocados por estas entidades en estos años.

Entre los 7 actos que enumera, destaca el que se produjo el 20 de septiembre de 2017 ante la sede de la Consejería de vicepresidencia, Economía y Hacienda de la Generalitat, en Barcelona, con motivo de los registros judiciales que se intentaban llevar a cabo en dicha sede en búsqueda de documentos sobre la convocatoria del referéndum ilegal.

El juez atribuye la responsabilidad de estos hechos a Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, que se encuentran en prisión, como responsables de la convocatoria de dicha concentración, y el control que ejercieron sobre la misma.

Fuente: Tribunal Supremo

La hoja de ruta del 'procés': el relato del juez