viernes. 26.04.2024
Baltasar Garzón, en una imagen de archivo.

La Sala del 61 del Tribunal Supremo acordó este lunes apartar a cinco de los siete magistrados inicialmente designados para juzgar al juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón por un supuesto delito de prevaricación que habría cometido al investigar sin competencia los crímenes y desapariciones del franquismo.

La Sala del 61 del alto tribunal, competente para resolver las recusaciones a magistrados de este órgano, ha aceptado en una sesión ordinaria el incidente de recusación presentado por Garzón contra el presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, Juan Saavedra Ruiz, y los magistrados Adolfo Prego, Joaquín Giménez García, Francisco Monterde y Juan Ramón Berdugo.

La ponencia sobre este asunto ha corrido a cargo del presidente de la Sala de lo Social, Gonzalo Moliner, después de que el ponente inicialmente previsto, el presidente de lo Militar, Ángel Calderón, anunciara su intención de emitir un voto particular discrepante. El auto junto con el voto particular se dará a conocer en los próximos días.

Garzón se encuentra suspendido cautelarmente de sus funciones por instruir la causa sobre el franquismo y ordenar las escuchas en prisión a los implicados de la trama 'Gürtel' y sus abogados.

El magistrado Juan Saavedra se ha ausentado de la reunión en el momento en el que se ha tratado el punto sobre Garzón al ser uno de los recusados. El alto tribunal deberá ahora designar otros cinco magistrados de la Sala de lo Penal para formar el tribunal, ya integrado por los no recusados Andrés Martínez Arrieta y Miguel Colmenero, y señalar la fecha del juicio.

El todavía titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 considera que los magistrados están inhabilitados para juzgarle con la suficiente imparcialidad por haber intervenido en la instrucción de la causa y tener un "interés directo" en la misma. De los cinco magistrados recusados sólo Joaquín Giménez ha admitido su "contaminación" y se ha mostrado favorable a admitir la causa de recusación.

La Fiscalía emitió el pasado 31 de mayo un informe en el que apoyaba el primer motivo esgrimido por Garzón y respaldaba que los recusados deberían abstenerse por haber participado en la instrucción de la causa penal.

Sobre esta causa, prevista en el artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) -"haber participado en la instrucción de la causa penal"-, la Fiscalía recordaba que los recusados, a través de numerosas resoluciones, admitieron la querella presentada por Garzón.

Además, la misma Sala ha respaldado "sin fisuras" la labor del instructor de la causa, Luciano Varela, y ha ido rechazando todos los recursos planteados por la defensa del juez, "así como las insistentes y muy fundadas solicitudes de sobreseimiento instadas por el Ministerio Fiscal", según advertía el Ministerio Público.

El TS aparta a los magistrados 'contaminados' en el caso Garzón