viernes. 26.04.2024
LA DEFENSA APELA A LA "JURISPRUDENCIA CONSOLIDADA" DEL TRIBUNAL SUPREMO

El fiscal Horrach: "La única respuesta judicial posible para la Infanta es el archivo de la causa"

El representante del Ministerio Público avala el sobreseimiento del caso para Cristina de Borbón al aseverar que "la Fiscalía, que representa al Estado, y Hacienda, aquí supuestamente perjudicada, han determinado que no hay hechos que la inculpen".

noos

El fiscal anticorrupción Pedro Horrach, durante su intervención en la fase de cuestiones previas que han dado inicio al juicio del caso Nóos, ha subrayado que "la única respuesta judicial posible" para la Infanta Cristina es el archivo de su imputación. La única acusación que sostiene el encausamiento de la hermana del Rey Felipe VI en este proceso es Manos Limpias, que reclama ocho años de cárcel para la Infanta como cooperadora necesaria de dos delitos fiscales.

El representante del Ministerio Público avala así el sobreseimiento del caso para Cristina de Borbón al aseverar que "la Fiscalía, que representa al Estado, y Hacienda, aquí supuestamente perjudicada, han determinado que no hay hechos que la inculpen". Asimismo, ha subrayado que "no es posible orillar" la aplicación de la Ley en este sentido "amparándonos en la manida frase 'Hacienda somos todos'".

Más en concreto, se ha referido al artículo 782 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim), que insta a archivar las pesquisas para quien así lo solicitan Fiscalía y acusación particular. De hecho, tal y como ha abundado, el artículo 124 de la Constitución "otorga al Ministerio Fiscal la misión de defender la legalidad, y ello incluye el cumplimiento del artículo 782 de la LeCrim en sus estrictos términos".

"No es posible que Manos Limpias supla el conocimiento ni la voluntad del perjudicado", ha remarcado Horrach, quien ha aseverado tajante que el Derecho penal "no está para discutir sobre pátinas, fachadas o pelajes" puesto que "las apariencias sólo son poses y espejismos".

Para reforzar sus alegatos, el fiscal ha expuesto un caso "idéntico" al de la Infanta, en el que la Audiencia Provincial de Vizcaya determinó que  la acusación popular no podía por sí sola abrir el juicio oral contra las personas que no eran objeto de acusación ni por el Ministerio Fiscal ni por la acusación particular a raíz de la supuesta comisión de un delito contra la Hacienda pública.

Horrach también se ha referido a Ana María Tejeiro, mujer del exsocio de Iñaki Urdangarin, Diego Torres, para quien pide que también le sea aplicada la doctrina Botín en relación al delito fiscal que le imputa Manos Limpias y no el resto de acusaciones. A diferencia de la Infanta, Tejeiro sí debe continuar en el banquillo puesto que la Fiscalía la acusa por otro delito, el de blanqueo de capitales, por el que reclama dos años de prisión para ella.

   El fiscal sí considera que ambas se beneficiaron del dinero defraudado a Hacienda por parte de sus cónyuges, por lo que reclama una fianza civil de 587.413 euros para la Infanta, a la que ésta ya hizo frente en su día, mientras que sobre la mujer de Torres  pesa una caución de 1.144.240 euros, correspondientes a las cantidades supuestamente defraudadas por su cónyuge.

En su intervención, Horrach ha citado al jurista clásico Cesare Beccaria, autor de la obra 'De los delitos y las penas', y ha hecho suya una frase de Manuel Azana: "Lo que importa es tener razón y, después de tener razón, importa casi tanto saber defenderla; porque sería triste cosa que, teniendo razón, pareciese como si la hubiésemos perdido a fuerza de palabras locales y de hechos reprobables".

En concreto, el tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Baleares, encargado de juzgar la causa, deberá decidir sobre la aplicación o no de la doctrina Botín sobre ambas esposas antes del próximo 9 de febrero, día en que prevé reanudarse la vista oral con el interrogatorio de cada uno de los acusados de la causa.

Poco antes, el abogado Jesús María Silva, defensor de la Infanta Cristina, ha solicitado que le sea aplicada a su patrocinada la "jurisprudencia consolidada" del Tribunal Supremo en torno a la denominada doctrina Botín, al considerar que la hermana del Rey Felipe VI no debe ser juzgada con la sola acusación del sindicato Manos Limpias -ni la Fiscalía Anticorrupción ni Hacienda presentan cargos contra ella-.

Durante su intervención en la vista oral, que juzga el presunto desvío de más de seis millones de euros públicos a través del Instituto Nóos, ha solicitado la nulidad de la apertura del juicio oral contra la Infanta, dictado por el juez José Castro en diciembre de 2014, al aseverar que Manos Limpias "no puede sostener en solitario la acusación en solitario contra Doña Cristina".

El letrado ha reclamado así que se dicte el archivo de la imputación de la mujer de Iñaki Urdangarin y, en esta línea, ha apuntado que, "para evitar que se vulnere la Ley, no pedimos que se aplique la doctrina Botín, sino la jurisprudencia consolidada del TS al respecto"

"Claro que hubo una sentencia inicial [relativa al que fuera presidente de Banco Santander, Emilio Botín, que no fue sometido a juicio en el llamado caso 'cesiones de crédito' por solicitarlo únicamente la acusación popular], pero luego otra, que sin contradecir la primera, la complementó, y otra más", ha incidido.

Es más, ha apuntado que hay siete pronunciamientos por parte de Audiencias Provinciales que avalan la anterior jurisprudencia, en alusión a diversos autos dictados por las dependencias judiciales de Toledo, Murcia, Madrid y Baleares que han aplicado este mismo supuesto.

"Debería aplicarse esta doctrina para que no se remuevan en sus tumbas grandes juristas como Gómez Orbaneja y Jiménez de Asúa", ha abundado Silva, quien ha mostrado su convicción de que este debate sería "una pesadilla" para todos ellos.

El abogado ha apelado de este modo a la falta de legitimidad de Manos Limpias para acusar en solitario a su patrocinada, para quien la entidad reclama ocho años de prisión como cooperadora necesaria de los dos delitos fiscales en que habría incurrido su marido en 2007 y 2008.

Y es que, a juicio del sindicato, el papel de la Infanta fue imprescindible para que su marido defraudase hasta un total de 337.138 euros en las cuotas del IRPF correspondientes a los años 2007 y 2008 a través de la empresa de la que ambos son copropietarios, Aizoon, y que constituía una de las mercantiles 'pantalla' que integraban el conglomerado empresarial urdido por Urdangarin y su exsocio Diego Torres.

El juez Castro no lo contempla

Por su parte, el juez de instructor del caso Nóos, José Castro, no contempla la posibilidad de que se aplique la doctrina Botín a la Infanta Cristina, que la evitaría ser juzgada, aunque ha reconocido que le corresponde decidirlo al Tribunal que juzga el caso. "Desde mi óptica personal no contemplo la posibilidad de que se pueda aplicar esta doctrina en este caso", ha añadido.

Por otro lado, Castro ha opinado que "no ha habido un trato igualitario" con la exalcaldesa de Valencia, Rita Barberá, y el expresidente de la Comunidad Valenciana, Francisco Camps, puesto que él mandó al Tribunal Superior de Justicia de Valencia "una exposición razonada" de argumentos por los que, a su juicio, Barberá y Camps deberían ser imputados en el caso y el Tribunal "no lo atendió".

Preguntado por sus expectativas ante el arranque del principal juicio del caso Nóos, Castro ha dicho que no espera un resultado concreto, pero que le desea al Tribunal "serenidad, paciencia y energía" para afrontar un juicio "complicado y duradero.

Además, ha añadido que su relación con el fiscal del caso, Pedro Horrach, es "estupenda e institucional". "Una relación correcta, abordamos los temas comunes que tenemos que tratar con la profesionalidad que nos caracteriza a los dos", ha concluido.

El fiscal Horrach: "La única respuesta judicial posible para la Infanta es el archivo...