jueves. 28.03.2024
tumba franco

El Gobierno ya tiene vía libre para proceder a la exhumación de Franco del Valle de los Caídos. La última providencia del Tribunal Supremo conocida este jueves confirma la sentencia de hace unos días y autoriza a la entrada en la Basílica del Valle de los Caídos y al traslado de los restos mortales del dictador al cementerio de Mingorrubio.

Con este último auto del Alto Tribunal queda zanjado cualquier atisbo de duda o resquicio con el que la familia Franco y el prior de la Abadía se vienen oponiendo a la exhumación. El Abad reiteraba este mismo miércoles su negativa a autorizar lo mandatado por el Parlamento y por el Consejo de Ministros a la espera de conocer este nuevo pronunciamiento del Supremo que ha levantado las medias cautelares derivadas de los recursos interpuestos.

La Sección Cuarta de la Sala III explica que la sentencia dictada la semana pasada rechazando el recurso de la familia Franco “es por sí misma título legítimo bastante para llevar a cabo las actuaciones previstas por los acuerdos del Consejo de Ministros de 15 de febrero y 15 de marzo, y por tanto acceder a la Basílica del Valle de los Caídos para proceder a la exhumación de Franco”.

La misma Sección ha acordado levantar la suspensión cautelar de dichos acuerdos del Consejo de Ministros que se estableció los pasados meses de junio y julio mientras se resolvían los recursos de la Fundación Franco, la Comunidad Benedictina de la Abadía de la Santa Cruz del Valle de los Caídos, y la Asociación para la Defensa del Valle de los Caídos. En tres autos, uno en relación a cada una de las entidades citadas, la Sala argumenta que la medida debe levantarse tras la resolución del recurso de la familia Franco.

Los magistrados indican que una vez resuelto el primero de los recursos “se han alterado los presupuestos sobre los que adoptó la medida cautelar de suspensión, por lo que ahora, atendidos los intereses en conflicto, ha de darse una significativa prevalencia a los intereses generales”, señala el Supremo en un comunicado.

La Sección ha dictado otra providencia en la que deniega la petición de personarse en el Supremo del particular que tiene presentado un recurso ante el Juzgado de lo Contencioso número 3 de Madrid, contra la licencia de obras del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial para la exhumación de Franco.

El particular pretendía su personación como parte interesada en el recurso de la Asociación de Defensa del Valle de los Caídos. La Sala desestima su pretensión y recuerda que es la Sala III del Supremo el único órgano jurisdiccional competente para enjuiciar la legalidad de los actos y disposiciones del Consejo de Ministros, así como las incidencias acaecidas en su ejecución.

Asimismo recuerda -en un claro aviso al prior de la Abadía- que el artículo 118 de la Constitución española obliga a todos a cumplir las sentencias firmes.

La vicepresidenta del Gobierno en funciones, Carmen Calvo, ya ha anunciado que el Gobierno procederá a la exhumación en los próximos días y que se hará con respeto y total discreción sin imágenes ni medios de comunicación.

Lea la histórica providencia del Tribunal Supremo

El Supremo da vía libre al Gobierno para exhumar a Franco