viernes. 26.04.2024
registro

“La sentencia de la Audiencia Nacional viene a obstaculizar la aplicación de la ley en materia de registro horario”, afirma la secretaria de Acción Sindical de CCOO, Mari Cruz Vicente.

El fallo, que avala que la empresa Galp Energía descuente de las horas trabajadas el tiempo de las pausas para tomar café o fumar, desestima la demanda interpuesta por este sindicato que cree que el objetivo de esta sentencia -en declaraciones de Mari Cruz Vicente a TVE- “parece que es poner piedras en el camino para que los trabajadores y trabajadoras no disfruten de un derecho que ha costado mucho conseguir”.

“La empresa impuso el registro de la jornada laboral sin acuerdo con la representación de los trabajadores", denuncia CCOO

En su opinión, la sentencia, que ya ha sido recurrida por el sindicato, supone un “fraude de ley”, que pretende dificultar el registro de jornada que, como recoge la normativa, debe producirse a la entrada y salida de la jornada de trabajo, y no en todas y cada una de las pausas que se puedan producir durante la jornada de trabajo.

La dirigente sindical señala que el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores en todos los supuestos obliga a negociar la jornada laboral con la representación de los trabajadores, así como cualquier modificación que se pueda producir en esa jornada.

“La empresa impuso el registro de la jornada laboral sin acuerdo con la representación de los trabajadores. La implantación unilateral del registro y la modificación de los usos y costumbres y de la normativa de registro no se ajustaba a la legalidad vigente, por lo que recurrimos”, recordó.

“Registrar la jornada y aplicar bien la normativa supone acabar con millones de horas extraordinarias que ni se pagan ni compensan de ninguna manera. Desde 2018, solo las horas que no se pagaron ni se disfrutaron equivalen a 246.000 puestos de trabajo a jornada completa”, concluyó con rotundidad.

CCOO califica de “fraude de ley” la sentencia sobre las pausas para café y cigarrillo