sábado. 27.04.2024

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El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha publicado recientemente en sus estadísticas la información relativa a la tasa de cobertura de la negociación colectiva basada en una nueva metodología. En esta primera publicación, se ofrecen conjuntamente los datos anuales de la tasa de la cobertura de los convenios colectivos de los tres últimos años, siendo los siguientes: para 2021 un 91,2%, en 2022 el 91,5 % y el año pasado un 91,8%. Esta tasa de casi el 92% contrasta con el 80% que registraba habitualmente la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). A partir de ahora la tasa de cobertura de los convenios se publicará anualmente, a primeros de febrero de cada año se darán a conocer los datos del ejercicio anterior. 

La tasa de cobertura de la negociación colectiva indica el porcentaje de trabajadores cubiertos por un convenio colectivo de eficacia general y directa (pactado en base al Estatuto de los Trabajadores). La nueva metodología se basa en los datos procedentes de la Seguridad Social, extraídos de los documentos de cotización y afiliación de los trabajadores por cuenta ajena. Estos datos son muy fiables como consecuencia de la de obligatoriedad derivada de su cumplimentación por parte de los empleadores. Este porcentaje es el resultado de dividir el número de contratos (relaciones laborales) de asalariados cubiertos por convenio colectivo entre el número de contratos que tendrían derecho a convenio.

La tasa de cobertura de la negociación colectiva indica el porcentaje de trabajadores cubiertos por un convenio colectivo de eficacia general y directa

Anteriormente, se utilizaba la Estadística de Convenios Colectivos del Ministerio de Trabajo y Economía Social, realizada en base al Registro de convenios colectivos, que recoge todos los acuerdos realizados en el país. Pero no permitía conocer la cobertura de la negociación colectiva con datos fiables, pues estaba basaba en las estimaciones que comunicaban los representantes de las mesas negociadoras de los convenios colectivos. La tasa de la OCDE y de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) dividía el número de trabajadores asignados a cada convenio en la estadística del Ministerio de Trabajo y Economía Social entre el dato de asalariados de la Encuesta de Población Activa (EPA) del Instituto Nacional de Estadística (INE) restándole solo los funcionarios. Pero al no ser la EPA un registro de las altas y las bajas en el empleo, sino una encuesta, esta tasa es aproximada y no es un dato real.

 En la actualidad, la Seguridad Social tiene alrededor de 21 millones de afiliados, pero la negociación colectiva no afecta a todos ellos. De la cobertura de la negoción colectiva se excluyen, entre otros, a los funcionarios, a los autónomos, los desempleados o los socios trabajadores de cooperativa. Los trabajadores potencialmente afectados por la cobertura de los convenios serían unos 15 millones, de los cuales 14 millones estarían protegidos por los mismos. De los nuevos datos sobre la cobertura de los convenios destacan la construcción con un 98,4%, le sigue la industria que alcanza el 97,5%, sector agrario tiene un 94,7% y servicios un 90,1%. En las comunidades autónomas la mayor cobertura corresponde a Murcia, Cataluña, Comunidad Valenciana y Castila León y los porcentajes más bajo se dan en Navarra, País Vasco, Ceuta y Melilla.

Esta tasa de casi el 92% contrasta con el 80% que registraba habitualmente la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico

Del análisis de los datos, se observa claramente un mayor porcentaje de cobertura entre los hombres, un 95%, mientras que el de las mujeres queda en un 88,2%. La brecha entre hombres y mujeres es muy relevante en las empleadas del hogar, sin ninguna cobertura, ya que no hay un convenio que proteja su actividad. En las actividades con más cobertura, como en la construcción, actividad financiera e industria, la brecha de género es reducida. Para el resto de las actividades, existe una homogeneidad en la tasa de cobertura, destacando el sector de la hostelería, donde el 98,7% de los hombres y mujeres que trabajan en el sector están cubiertos por convenios colectivos. Por debajo de una tasa de cobertura del 90% para ambos sexos, solo se encuentran las actividades de los organismos extraterritoriales, con el 85,4% de los hombres y el 85,2% de las mujeres y las actividades artísticas, con una cobertura del 86,4% para los hombres y del 89,4% para las mujeres.

La nueva metodología facilita a investigadores, académicos e interlocutores sociales información mucho más actualizada y detallada de los convenios para que puedan evaluar su impacto real. También para que las patronales y los sindicatos puedan disponer de herramientas para la correcta y completa aplicación de los convenios. Históricamente, las organizaciones sindicales y empresariales han venido defendiendo en el diálogo social tripartito con los diferentes gobiernos, la obligatoriedad de la comunicación de las empresas a la Seguridad Social del código de los convenios colectivos aplicables a las empresas y a sus trabajadores. Esta medida finalmente se recogió por el Decreto-ley 7/2011, de 10 de junio, de medidas urgentes para la reforma de la negociación colectiva y se concretó su aplicación y desarrollo en otras normas y disposiciones posteriores.

Esta mejora de la tasa de cobertura de los convenios colectivo, que se refleja en la nueva metodología, es el resultado del trabajo permanente de los interlocutores sociales desarrollado en diversos acuerdos para extender y universalizar la aplicación de los convenios colectivos a todas las empresas y trabajadores. Como se recoge, entre otros, en los acuerdos sobre la estructura de la negociación colectiva y sobre cobertura de vacíos, ambos de 1997; el acuerdo recogido por el Real Decreto sobre el procedimiento de extensión de convenios colectivos de 2005; de suma importancia para mejorar la cobertura son los acuerdos marco para el empleo la negociación colectiva que se vienen negociando desde 2002 y más recientemente las medidas de la reforma laboral de 2021. 

Mejora la tasa de cobertura de los convenios