viernes. 19.04.2024

Los indultos de la concordia

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Por Mario Regidor | Desde hace varios días, y lo que te rondaré morena, vamos a estar oyendo y leyendo a múltiples y sesudos políticos de distinto signo ideológico, cronistas parlamentarios y periodistas de la más variada orientación acerca de la previsible y todavía no manifestada petición de indulto para los políticos que conculcaron las leyes y trataron de perpetrar la secesión de una parte de España fuera de su casa madre, algo que nuestra Constitución no permite y, por lo que, fueron condenados.

Soy de los que piensa que si desde el principio los líderes independentistas no se hubieran fugado de España (Puigdemont y Anna Gabriel entre los más destacados), es bastante probable que no hubieran metido en prisión preventiva a los que se quedaron, aunque luego les hubieran encarcelado después de la sentencia… Pero, como diría Franco, no hay mal que por bien no venga y esta temporada en prisión por parte de los líderes independentistas que se quedaron y fueron encarcelados en prisión preventiva (no olvidemos que llevan más de 3 años…) les puede servir a algunos de ellos para llegar casi al 40% de la pena a la que han sido condenados.

Conviene tener en cuenta que, con el dictamen del Tribunal Supremo, bastante contrario a las tesis que defiende el gobierno tanto en el fondo como en la forma, la posibilidad de un indulto total queda automáticamente cercenada y no olvidemos tampoco que la condena penal acarrea para todos y cada uno de los encausados una doble pena. Por un lado, la pena privativa de libertad que se encuentran purgando en estos momentos y la de inhabilitación para el desempeño de cargo público. De tal modo que, en caso de que el gobierno decida en Consejo de Ministros, acceder a un indulto, éste debe ser individualizado para cada uno de ellos y debe quedar una pena remanente por cumplir, en uno u otro sentido, o en los dos propiamente dichos.

Como bien recordarán, había dos penas posibles para los hechos que se enjuiciaban: sedición o rebelión (ésta última con penas mucho más lesivas). Finalmente, el tribunal, no sin bastante polémica, determinó que la figura jurídica que más se podía asemejar al encuadramiento de dichos hechos era la sedición, en detrimento de la rebelión.

No voy a extenderme en enjuiciar el veredicto del tribunal puesto que ya es firme, aunque para mí es correcto, y los penados se encuentran cumpliendo pena en Lledoners, pero sí quiero hacer mención a una cuestión que me parece cuando menos curiosa. Me refiero al hecho de que el propio tribunal reconocía que la declaración de independencia era algo poco menos que “ilusoria”, una especie de “ensoñación” de los propios reos… Volveremos luego sobre esto…

Los indultos no sirven únicamente para “tratar de enmendar errores del poder judicial”, sino para alcanzar objetivos políticos

Los indultos no son algo anecdótico en nuestro ordenamiento jurídico desde la llegada de la democracia y todos los presidentes, de cualquier signo político, han hecho uso de ellos a lo largo de las diferentes legislaturas. Algunos han sido muy polémicos y otros no tanto.

No obstante, los que ahora están en discusión y más después de los dictámenes tanto de la fiscalía como del Tribunal Supremo, llevan varias jornadas convirtiéndose en la comidilla de los periodistas y en caballo de batalla en el fragor de la lucha parlamentaria.

Estoy de acuerdo en que la decisión sobre el indulto, sea la que sea que se adopte, es controvertida y acarreará ventajas e inconvenientes para el gobierno y podría comprometer la variable y endeble aritmética parlamentaria sobre la que se sustenta, pero no es menos cierto que lo que aquí opera no puede ser otra cosa que la conveniencia política de todos los actores en juego, donde todos opinan, pero solo uno de ellos debe decidir: el gobierno en consejo de ministros.

El indulto ha sido tradicionalmente considerado, como dijo el diputado de Unidas Podemos, Jaume Assens, como una medida de “corregir ciertas injusticias o errores que puedan cometer los tribunales de justicia”. Y es verdad que podría ser esa una de las funciones del indulto, pero no es menos cierto que, en absoluto, es la única.

Ya he comentado que la sentencia del tribunal me parece justa y ajustada a derecho, ¿significa eso que tengo que estar forzosamente en contra del indulto, máxime cuando el propio tribunal destaca que los que acordaron dicha independencia lo hicieron en mitad de una “ensoñación” como si fuera el final de la serie “Los Serrano”?

Mi postura en este sentido es muy clara. Estoy a favor de un indulto parcial como el que parece estar dispuesto a conceder el gobierno perdonando la parte privativa de libertad que le queda por cumplir a cada encausado y manteniendo intacto el tiempo que resta de inhabilitación para el desempeño de cargo público. ¿Por una cuestión de justicia? No. ¿Por una cuestión política? Sí. ¿Por una cuestión de concordia? También. Además, no deja de ser una razón política para tratar de encontrar una solución basada en el diálogo para el problema catalán que existe y que por inacción del gobierno de Mariano Rajoy no ha cesado de enquistarse hasta ahora.

Si “Don Tancredo” no se hubiera puesto de perfil y le hubiera dado una oportunidad al diálogo, arrogándose para sí mismo la acción política que le era propia por ostentar el cargo de presidente del gobierno, es posible que no estuviéramos en estos lodos, pero era mucho más fácil, y con menor coste político, dejar dicha acción a la justicia.

¿No implica dicha inacción por parte del poder ejecutivo una vulneración de la separación de poderes, aunque sea “de mutuo acuerdo”? ¿No es ese uno de los motivos para los que existe el indulto, en especial cuando se trata de un gobierno que no comparte esa decisión por parte del poder ejecutivo y que puede tener la oportunidad, cuando el poder judicial ya ha dictado sentencia, de actuar para modificar dicho “status quo”? A mí me parece completamente legítimo.

No cabe duda que los límites del indulto deben estar tasados: el mantener la pena de inhabilitación introduce una moratoria práctica en la posibilidad de participar por parte de los penados en otra clase de contubernios independentistas donde fueran necesarios sus votos, por ejemplo, pero no tiene mucho sentido, desde un punto de vista político, que sigan en la cárcel ya que no contribuye a la resolución de un problema que amenaza con convertirse en perenne en la historia política española, una situación que tiene un único culpable y es Artur Mas y que, aprovechando el primer gobierno de ERC en la historia de la democracia puede apuntalar una solución que, sin duda, pasa por el diálogo dentro del marco constitucional y para el que este indulto parcial debe contribuir a poner su granito de arena para que la política vuelva a tomar de nuevo las riendas que, en su momento, dejó Rajoy en manos de los tribunales. A partir de ahí, solo quedará la buena voluntad de las partes a la hora de sentarse y hablar.

Por último, y por si no ha quedado claro, los indultos no sirven únicamente para “tratar de enmendar errores del poder judicial”, sino para alcanzar objetivos políticos. En este caso, ¿qué mayor objetivo que el tratar de encauzar políticamente el marasmo en el que se encuentra Cataluña por las insidias y huidas hacia delante de una caterva de políticos independentistas a los que los errores de un gobierno de derechas inactivo no han hecho más que dar oxígeno y perpetuar una situación que amenaza con convertirse en insoluble?

Los indultos pueden ser una herramienta política y las críticas o alabanzas deberían expresarse en función del éxito que pueda tener la iniciativa en la resolución de dicho conflicto, no tanto en las ideas preconcebidas que pudiéramos tener cualquiera de nosotros acerca de la idoneidad, legalidad u oportunidad de los mismos.

Dejemos hacer y luego juzguemos. Nos va el futuro de la nación en ello.

Los indultos de la concordia