viernes. 29.03.2024

Del Estado de Derecho al forro de los pantalones

El diputado del PP Gómez de la Serna paseó una media sonrisa ambigua por el hemiciclo y tomó asiento en un lugar discreto de la bancada del PP, en la última fila.

El diputado electo por las filas del Partido Popular don Pedro Gómez de la Serna paseó una media sonrisa ambigua por el hemiciclo en el día de la inauguración de la nueva legislatura, y tomó asiento en un lugar discreto de la bancada del PP, en la última fila, antes de tramitar su baja en el grupo que le ha permitido forrarse con comisiones ilegales y ahora le ha brindado inmunidad parlamentaria para sortear las consecuencias de sus delitos continuados y probados.

Vivimos en un Estado de derecho.

El juez de Alcalá de Henares ha archivado la causa contra el obispo Juan Antonio Reig Pla, por considerar que ejerció legítimamente la libertad de expresión cuando comparó las manifestaciones feministas contra la ley del aborto luego retirada por el propio PP, con los trenes que conducían a los campos de exterminio a las víctimas del Holocausto. Simultáneamente los jueces Espejel y López, los mismos que fueron apartados del proceso a la trama Gürtel por las irregularidades financieras del PP, dada su afinidad manifiesta con los acusados, pugnan ahora por sentar en el banquillo al concejal madrileño Guillermo Zapata bajo la acusación de menosprecio a las víctimas del terrorismo en comentarios hechos en las redes sociales.

La norma principal que rige nuestro Estado de derecho es la ley del embudo.

El rey Felipe VI ha preferido darse por enterado por escrito de la investidura del nuevo presidente de la Generalitat de Catalunya, para no recibir a la presidenta del Parlamento autonómico, la independentista Carme Forcadell. Desde el otro lado del conflicto institucional, el molt honorable Carles Puigdemont omitió en el ritual de la investidura el juramento preceptivo a la Constitución.

La fuente jurídica imperante en la normativa vigente sobre las relaciones institucionales en nuestro Estado de derecho habrá de buscarse principalmente en el forro de los pantalones y/o enaguas de sus titulares.

El árbitro de fútbol señor David Fernández Borbalán no apreció incidencia alguna reseñable en las gradas del estadio Power8 de Cornellà-El Prat, en el partido de este miércoles entre el RCD Español y el FC Barcelona. En las gradas en cuestión se exhibieron grandes pancartas insultantes para familiares de un jugador del Barcelona, y otras abiertamente incitadoras a la violencia (“Pau, tu pie nos señala el camino”, referido al portero españolista que dio un pisotón intencionado a un delantero rival, en el encuentro de ida de la misma eliminatoria copera). El FC Barcelona ha sido multado recientemente por la FIFA por la exhibición en estadios deportivos de banderas “estelades”, lo que se considera incompatible con el “respect” exigible en una competición deportiva. Además, el Comité de Competición ha sancionado la semana pasada a un jugador del Barcelona con dos partidos de suspensión, por haber calificado de “desechos” a los jugadores españolistas en el túnel de vestuarios del Camp Nou.

Resumen de urgencia de la salud de nuestro Estado de derecho: a) ley del embudo como norma básica + b) forro de los pantalones como criterio orientativo + c) cuanto peor, mejor, como guía práctica en situaciones que reclamen una cierta sensibilidad hacia posiciones confrontadas.

Feliz año 2016 a todas y a todos.

Del Estado de Derecho al forro de los pantalones