jueves. 18.04.2024

El virus en el Estado que siempre ha estado

En estos tiempos que nos ha tocado vivir reflexiona uno sobre muchas cosas, pero es imposible no contagiarse de alguna forma como parte de la sociedad que soy aunque siempre me hayan tratado de mantener al margen de las inquietudes del civil de a pie.

Hoy reflexiono sobre la relevancia que ha creado la alarma social por cierto virus en España, como siempre, desde una perspectiva rara. Tienen ustedes todo el derecho a considerarlo así. El desarrollo del artículo 116 de la Constitución Española por una Ley Orgánica, la 4/1981 de 1 de junio, que regula los estados de alarma, excepción, y sitio, y cómo estos estados son contemplados cuando existan circunstancias extraordinarias bajo las cuales se exceda la capacidad de mantener la normalidad en un territorio mediante los poderes ordinarios.

Las medidas a aplicar, la vigencia de esos distintos estados, y su duración, están circunscritos a las estrictamente indispensables para asegurar el restablecimiento de esa normalidad y siempre de forma proporcional a las circunstancias.

Esta alteración grave de la normalidad que debe de darse no afecta solamente a todo el territorio nacional, pudiendo decretarse para un territorio menor como por ejemplo una comunidad autónoma, u otros.

Y ahora, mientras escribo, soy consciente de que con esto último el lector ya tendrá su propio estado de alarma en su cabeza.

Hoy toma relevancia el estado de alarma por la proposición política de un grupo significado como ultraderecha que alude a "Crisis sanitarias como epidemias y situaciones de contaminación graves"

Solamente una vez ha sido decretado el primero de los estados en Democracia. En aquella ocasión, diciembre del año 2010, fue justificado por la "paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad, cuando no se garantice el derecho a la huelga con los correspondientes servicios mínimos".

En aquel caso el motivo fue el cierre del tráfico aéreo por una huelga de controladores que paralizó los aeropuertos. Esos trabajadores civiles quedaron bajo mando militar, teniendo que restablecer obligatoriamente sus puestos de trabajo bajo amenaza de prisión por delito de rebelión.

Hoy toma relevancia el estado de alarma, por segunda vez, por la proposición política de un grupo significado como ultraderecha que alude a otro punto de ese articulado. "Crisis sanitarias, como epidemias y situaciones de contaminación graves". Por supuesto, es necesario que alguien les diga lo que es una epidemia, su diferencia con pandemia, o a qué responde una contaminación grave, que un virólogo o epidemiólogo podrán explicar mejor que yo que opino que no se dan los requisitos para tocar el normal funcionamiento constitucional y hacer de un virus, que (al menos aún) no sobrepasa la capacidad ordinaria de los servicios públicos, un arma de oposición política.

No quieran saber, aunque voy a decírselo, lo que implica pasar al segundo estado, el de excepción, y los derechos de la ciudadanía que serían suspendidos:

-Derecho a la libertad y seguridad.

-Plazo máximo de detención preventiva de 72 horas.

-Procedimiento de "habeas corpus".

-Inviolabilidad del domicilio.

-Secreto de las comunicaciones.

-Libertad de residencia, circulación ,y de entrada y salida del territorio nacional.

-Libertad de expresión.

-Derecho a comunicación e información veraz.

-Secuestro de publicaciones.

-Derecho de reunión.

-Derecho de huelga y a adoptar medidas de conflicto colectivo.

Para el precedente más cercano de un estado de excepción, que no se ha dado en Democracia, hay que remontarse al mes de enero de 1969 y aquella forma preconstitucional de hacer las cosas donde un estudiante resultó muerto precipitado desde un séptimo piso cuando estaba con la policía de la época. Una ola de protestas ciudadanas fue entendida como una grave alteración del orden público y las garantías, las pocas que había, en  las detenciones y condenas fueron sometidas a lo que dijera la Autoridad.

La Autoridad.

Para ir finalizando, y hacer pensar al lector de que no se puede tomar a la ligera según qué cosas populistas que los medios irresponsablemente por el rédito que les supone extienden sin cesar, hablaré sintéticamente del tercero y último de los estados, el de sitio.

En el de sitio no existe duración o plazo definido para las medidas a adoptar, solamente quédense con que se asumen todas las facultades extraordinarias y se designa una autoridad militar y que, bajo su dirección, se ejecutarían las medidas que se creyeran procedentes.

Este texto alarma. Todo lo relatado, aunque cierto, gracias que no es tan fácil que ocurra pues los poderes constitucionales del Estado no se interrumpen durante la vigencia de estos estados y todo debiera ser propuesto acordado y controlado por estos, pero tanto o menos que muchas cosas que vienen ocurriendo y que uno tiene la desgracia de conocer. Corren el riesgo de contagiarse de mi propio estado de alarma por esa propuesta de un grupo político que hace tilín a muchos militares, policías y guardias civiles, y que tiene en el Congreso a alguno que ha ostentado muy alta graduación que ha firmado un "Manifiesto de Desagravio y Respeto a Franco, soldado de España" a quien y quienes no puedo más que aceptar pues han sido votados y que van al alza, pero aunque hablar de estas cosas cuando las dice alguien como yo son entendidas como una "ruptura de la obligada neutralidad política" entiendan que tampoco puedo dejar de sentir inquietud, que por otra parte en este Estado y en mi estado siempre ha estado.


Firmante del 'Manifiesto Contra El Franquismo en las Fuerzas Armadas' que, como en alguna ocasión más, permanece en el anonimato. La razón está entre líneas.

El virus en el Estado que siempre ha estado