¿Qué son unas fuerzas armadas democráticas?

Enrique Vega Fernández | Creo que a estas alturas todos somos conscientes de que el término “democrático” se ha convertido en una especie de comodín, que cada uno utiliza en función de lo que pretende transmitir en cada caso y contexto concretos. Razón por la cual me parece pertinente intentar vislumbrar cuál sería la respuesta más adecuada a la pregunta que encabeza este texto: ¿Qué son unas fuerzas armadas democráticas? Ya que no estoy seguro de que cada vez y cada uno que utiliza esta expresión esté pensando en lo mismo.

En lo que sí parece haber consenso es en que la democracia, lo democrático, es, debería ser, la capacidad de establecer las normas de convivencia y funcionamiento por el conjunto o la mayoría de las personas que se van a ver afectadas por ellas, materializado en las actuales democracias occidentales por mayorías legislativas y ejecutivos detectados a través de elecciones periódicas dentro de los marcos normativos establecidos por la correspondiente constitución vigente, entre los cuales deben figurar el respeto y promoción de los derechos fundamentales civiles y políticos, pero también sociales y económicos.

De esta forma, de dos maneras puede entenderse la expresión “fuerzas armadas democráticas”. Como una institución cuyo funcionamiento interno sea democrático (democracia interna), es decir, donde la capacidad de establecer las normas de convivencia y funcionamiento corresponda al conjunto o la mayoría de sus miembros; o como una institución que se inserte sin chirriar en el funcionamiento de una sociedad democrática (democracia funcional).

La expresión fuerzas armadas democráticas hace referencia fundamentalmente a que su servicio a la sociedad se desarrolle en plena armonía con los marcos normativos establecidos por la correspondiente Constitución y las leyes 

Dado que la democracia interna plena parece incompatible con algunas de las imprescindibles características propias de la naturaleza de una institución como las fuerzas armadas: la ordenación jerárquica, la disciplina o el automatismo necesario para muchos de sus tipos de actuaciones, cabe concluir que la expresión fuerzas armadas democráticas hace referencia fundamentalmente a que su servicio a la sociedad se desarrolle en plena armonía con esos marcos normativos establecidos por la correspondiente constitución y las leyes y bajo la dirección de esas mayorías legislativas y ejecutivos detectados a través de elecciones periódicas que conforman la idea actual de una sociedad democrática (democracia funcional). Servicio a esa sociedad democrática que constituye, en consecuencia, su (única) razón de ser. Sin que ello quiera decir, por otra parte, que dentro de la propia institución no puedan ser de aplicación a sus miembros esos derechos fundamentales civiles y políticos, pero también sociales y económicos, que les atañen como ciudadanos, establecidos en la constitución. Es decir, sin que ello quiera decir que aunque no sea plena, por inadecuación a las exigencias de sus modos de funcionamiento, no deba haber un cierto espacio, el de los derechos individuales, para la “democracia interna” en las fuerzas armadas.

Y es aquí donde debemos empezar a usar las mayúsculas iniciales: Fuerzas Armadas, porque las siguientes líneas no pretenden ser una reflexión abstracta y generalista, sino una reflexión centrada en las Fuerzas Armadas españolas actuales, en cuyo caso cabe preguntarse ¿son las Fuerzas Armadas españolas actuales todo lo democráticas que podrían y deberían ser? ¿Es posible detectar en ellas (democracia interna) o con ellas (democracia funcional) déficits democráticos?

Parece ser que sí. Empezando por la propia Constitución, que en su artículo 8 les asigna la misión de “garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional”, sin añadir, para evitar confusiones o malentendidos, una coletilla del tipo “en la forma y momento que los (únicos) poderes del estado (legislativo, ejecutivo y judicial) determinen”. Coletilla que, si se quiere, se sobreentiende interpretando la Constitución como un todo en el que diferentes títulos, capítulos y artículos se complementan e interrelacionan, pero que no siempre se quiere, por lo que la coletilla quizás sí hiciera falta. Máxime cuando el artículo 62.h asigna al rey “el mando supremo de las Fuerzas Armadas”, sin que desde su promulgación se hayan determinado y especificado en ley alguna cuáles son las atribuciones y responsabilidades de este “mando supremo” (que no es ningún grado militar), como sí se ha hecho para los diferentes escalones de la cadena de mando militar: presidente del Gobierno, ministro de Defensa, JEMAD y JEMs, etcétera.

Pero no sólo estas inconcreciones nos alertan sobre posibles déficits democráticos (democracia funcional) de nuestras Fuerzas Armadas. También la propia Constitución y su desarrollo legislativo: Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas (Ley 85/1978) y Ley de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas (LO 8/2014) en diversos artículos abren la puerta a que se puedan restringir (democracia interna) los derechos y libertades individuales de los militares como individuos, dando pie a unas interpretaciones abusivas cuya motivación no parece ser exactamente su necesidad sino el mantenimiento en el seno de las Fuerzas Armadas de ciertas conductas autoritarias residuales heredadas del régimen dictatorial de Franco. Como demostrarían los recientes hechos de que militares de tropa y marinería estén siendo expedientados por declararse contrarios a un cierto manifiesto de exaltación del general Franco firmado por militares de alta graduación (generales y coroneles principalmente), a ninguno de los cuales se ha expedientado. Todo ello permitido y asumido por los poderes políticos a los cuales están subordinadas las Fuerzas Armadas.

Consideraciones sobre las -necesarias pero democráticamente deficitarias si no están adecuadamente circunscritas- restricciones a los militares de sus derechos y libertades fundamentales, como la libertad de expresión por ejemplo, que dada su importancia y trascendencia ya no tienen cabida en un escrito de estas características, pero que, sin duda, merecen de otro(s) específicamente dedicado(s) a ellas.


Enrique Vega Fernández, coronel de Infantería (retirado)