jueves. 18.04.2024

Una contrarreforma laboral para bajar los salarios

El objetivo central de la reforma laboral impuesta de forma unilateral por el gobierno del PP es conseguir un modelo de relaciones laborales con menos derechos para los trabajadores, más poder para los empresarios y, sobre todo, reducir los salarios. Para alcanzar este objetivo la reforma utiliza los siguientes instrumentos y medidas.

El objetivo central de la reforma laboral impuesta de forma unilateral por el gobierno del PP es conseguir un modelo de relaciones laborales con menos derechos para los trabajadores, más poder para los empresarios y, sobre todo, reducir los salarios. Para alcanzar este objetivo la reforma utiliza los siguientes instrumentos y medidas.

Hace que el despido sea más fácil

Es falso decir que antes de la reforma en España era difícil y caro despedir. En 2008, 2009 y 2010, últimos años con datos disponibles, 14.029.152 personas rompieron la relación laboral con su empresa. La gran mayoría, 10.857.047 fueron no renovaciones de contratos pero 3.172.195 personas fueron despedidas a través de las diferentes fórmulas legales: el despido exprés de la ley 45/52, los despidos individuales por causa objetiva, los Expedientes de Regulación de Empleo y otras. Un brutal flujo de salida que viene a demostrar que despedir no debe de ser ni tan difícil ni tan caro.

Pues a partir de ahora va a resultar todavía más fácil y rápido porque la reforma autoriza a las empresas presentar Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) de extinción de contrato sin necesidad de autorización previa de la autoridad laboral. Además, tanto para estos despidos colectivos como para los individuales, se amplían las causas para justificarlos como despidos objetivos, de tal forma que esta fórmula de despido, la más barata, sea la habitual.

En concreto, se incluye como causa de despido la caída en sus beneficios o en sus ventas durante tres trimestres, algo que en una crisis como la actual es una situación generalizada. Además al utilizar un periodo de referencia que no coincide con un ejercicio económico completo no hay cuentas económicas cerras y auditadas lo que hace prácticamente imposible la comprobación provocando una situación de indefensión extrema.

La facilidad para despedir barato, con indemnización de 20 días y con el tope de un año de salario, lo demuestra el hecho que casi el 40% de las empresas que cotizan en la Bolsa española podrían utilizar esta formula según las cuentas presentadas a 30 de septiembre de 2011.

Estamos hablando de las grandes empresas españolas, las que constituyen el núcleo más rentable y sólido de la economía española. Pues bien, utilizando el criterio de caída de ventas o de perdidas, 43 de las 116 empresas cotizadas en la Bolsa de Madrid podrían despedir hoy, sin autorización previa, a su plantilla con un coste mínimo.

Hace que el despido sea más barato

La vía de despido más utilizada por las empresas es, hasta ahora, la más cara, porque a los empresarios parecía no importarles pagar más antes que demostrar las razones objetivas del despido. El despido exprés, el regulado por la ley 45/2002 en el que se reconoce la improcedencia y se pagan 45 días por año de indemnización, supuso en 2010 el 63% del total de los despidos. Un despido libre pero con coste que ahora la reforma quiere abaratar.

La medida fundamental es extender la aplicación del despido objetivo que tiene una indemnización de 20 días por año trabajado con un tope de un año de salario. Además se mantiene que el Fondo de Garantía Salarial pague el 40% de la indemnización en las empresas de menos de 25 trabajadores (el 95% de las que hay en España), de tal forma que el coste real para la empresa es de tan sólo 12 días por año.

Desaparece el contrato indefinido con 45 días de indemnización en caso de despido improcedente y todos los nuevos contratos indefinidos tendrán como máximo una indemnización de 33 días con el tope de dos anualidades.

Una medida que afecta también a los trabajadores que ya tenían un contrato indefinido por que los 45 días sólo se tienen en cuenta para el pasado y lo que trabajen a partir de ahora se indemniza con 33. Además se introduce un tope de dos años de indemnización salvo para los que lleven 28 años en su empresa, una ínfima minoría.

El resultado es una reducción del coste del despido improcedente del 43%, una caída que llega hasta el 71% si se generaliza el despido objetivo y que en el caso extremo, las empresas de menos de 25 trabajadores, es del 83% por la aportación del FOGASA.

El despido también se abarata con la desaparición de los denominados salarios de tramitación. Las empresas utilizaban el despido exprés en parte para ahorrarse los salarios de tramitación que se derivan de un sistema judicial lento. Ahora la reforma recupera una de las propuestas del gobierno Aznar que fue uno de los motivos de la huelga general de junio de 2002. Y lo hace eliminando los salarios de tramitación salvo en el caso prácticamente inexistente de readmisión de la persona despedida. Con esta reforma las empresas tienen incentivos para utilizar el despido objetivo siempre porque en el caso de que el juzgado lo declare improcedente no tendrán que abonar los salarios de tramitación, tal y como Aznar quería.

Baja los salarios

No es cierto que una supuesta rigidez de la negociación colectiva haya provocado un aumento insostenible de los salarios de los trabajadores españoles. Con los datos oficiales de la Agencia Tributaria sabemos que, con los datos de 2010, el salario medio en España es de 1.365 euros brutos al mes en catorce pagas pero que 7.842.299 asalariados cobran una nomina que no llega a los 850 euros netos al mes.

A pesar de esta evidencia la reforma pretende mejorar la competitividad de las empresas por la peligrosa vía de reducir los salarios en vez de apostar por la eficiencia. Es la estrategia de la “devaluación interna”, una alternativa cuando no es posible devaluar la moneda, que se ha llegado a cuantificar en una reducción del 25% de los salarios españoles.

Para ello se facilita el que las empresas no apliquen las clausulas económicas de los convenios colectivos del sector, los descuelgues y, lo que es mucho peor y peligroso, se autoriza al empresario a reducir de forma discrecional el salario actual que cobran sus trabajadores.

Esta reducción puede ser individual, a los empleados que el empresario considere poco productivos, a un grupo o sección o a toda la empresa. Se establece un proceso formal de comunicación y negociación pero la reforma otorga al empresario la capacidad de decisión final.

Debilita la negociación de los convenios colectivos

En España se negocian cerca de 6.000 convenios colectivos que regulan las condiciones laborales en las empresas y sectores productivos, estableciéndose una articulación de los diferentes ámbitos de negociación, desde el convenio de sector estatal al provincial y luego al de empresa.

La reforma rompe con este modelo y autoriza a que en el marco de cada empresa se puedan pactar condiciones laborales, como los salarios o la jornada por ejemplo, por debajo de los convenios de sector. Esta decisión puede provocar una carrera competitiva hacia abajo porque cada empresa que baje sus costes laborales provocará que las demás hagan lo mismo generando una reducción generalizada de los salarios.

Pero la reforma incluye además una carga de profundidad contra la negociación colectiva porque elimina la vigencia del convenio, su ultractividad, sino se vuelve a negociar antes de dos años desde su caducidad. De esta forma se podrían perder todas las mejoras del convenio de empresa o del convenio del sector acordadas durante décadas porque las empresas pasarían a estar regulados por el convenio de sector si existe o por el Estatuto de los trabajadores y por el Salario Mínimo Interprofesional.

Aumenta la capacidad de decisión unilateral del empresario

La reforma provoca un desequilibro a favor de los empresarios porque debilita muchas normas y procedimientos que protegían a los trabajadores.. Algunos ya se dijeron. Hacer despidos colectivos sin autorización previa, poder bajar los salarios, facilitar el despido, salirse del convenio… son actuaciones que refuerzan el poder empresarial. Pero hay más, la reforma cede al empresario todo el poder para modificar las condiciones fundamentales del trabajo de forma que los traslados a otros centros en otras ciudades, los cambios del horario o los turnos de trabajo, la movilidad funcional e incluso los ERES de suspensión de contrato o reducción de jornada pasan a ser objeto de decisión unilateral del empresario sin necesidad de acuerdo o autorización previa.

 Deteriora todavía más la contratación temporal

No es cierto que el mercado laboral español sea rígido y que las empresas tienen dificultades para contratar. Desde 2002 a 2011, en diez años incluidos los últimos cuatro de crisis, se han registrado en las oficinas de empleo 158.984.551 contratos de trabajo. Un enorme flujo que demuestra la existencia de una enorme flexibilidad de entrada en las empresas. Eso sí, el 95% son contratos temporales, muchos de ellos con una duración de días.

Según el propio gobierno, que también es esto sigue al pie de la letra a los ideólogos de la contrareforma, existe un número excesivo de modalidades de contratos.

Sin embargo la reforma no soluciona ninguno de estos problemas, ni siquiera lo intenta. Más aún, no sólo no reduce las modalidades contractuales sino que las aumenta, creando un contrato nuevo para empresas de menos de 50 trabajadores.

Este contrato, además de muy subvencionado, tiene una condición muy peligrosa: extiende hasta un año el periodo de prueba lo que significa que en ese tiempo la empresa puede despedir sin ningún trámite ni coste, solo con la libre voluntad del empresario.

También se deterioran los contratos de formación porque permite que hasta los treinta años los jóvenes realicen contratos de este tipo de forma continuada y sucesiva. Por último se autoriza a realizar horas extraordinarias en el contrato a tiempo parcial, una práctica muy peligrosa que va contra la lógica de este tipo de contrato.

Margina y discrimina a los parados

La reforma no incluye ninguna medida activa a favor de los desempleados y su única preocupación es el gasto en las prestaciones por desempleo. Se proponen medidas que discriminan entre parados según cobren o no, con actuaciones tan peligrosas como compatibilizar el trabajo y el cobro del paro y, lo que es todavía peor, que la empresa que contrate se quede con una parte de sus prestaciones de desempleo.

Además se quiere convertir al parado en un sospechoso habitual avanzando la idea de que para ejercer un derecho por el que cotizó durante años tiene que realizar trabajos sociales. Esto es, no ayudarle a volver a un trabajo digno sino a ser mano de obra barata para las administraciones.

Una contrarreforma laboral para bajar los salarios
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