jueves. 28.03.2024

El caso Katiana, o la doctrina Coca-Cola

Criminalizar el sindicalismo y la actividad sindical. Amedrentar, amenazar. Impedir el libre ejercicio del derecho de huelga...

delito

Hemos tenido ocasión este año de repasar una página casi olvidada de la historia de España. Aquellos momentos en los que ser sindicalista de las ilegales CCOO daba origen a largos procesamientos y duras penas de cárcel. A finales de 2013, se cumplieron 40 años del inicio del juicio por el Proceso 1001. Hasta 9.000 sindicalistas de CCOO pasaron por los Tribunales de Orden Público de la dictadura, pero el caso que tuvo más transcendencia nacional e internacional fue el de los Diez de Carabanchel, que formaban parte de la dirección de las CCOO y fueron detenidos en el convento de los Oblatos de Pozuelo de Alarcón, mientras mantenían una reunión clandestina de la dirección de las CCOO. Sus condenas superaron los 162 años de cárcel.

Otros momentos de la historia de las CCOO, como el asesinato de los Abogados de Atocha, son más conocidos (tampoco demasiado, todo sea dicho), tal vez porque forman parte de la Transición, porque cada año nos hemos empeñado en recordar ese momento y, por qué no decirlo, porque han tenido presencia en series televisivas como Cuéntame. La Transición merece un reconocimiento generalizado (cada día menos generalizado, por cierto), mientras que todo aquello que ocurrió durante la dictadura franquista merece situarse tras el tupido velo del olvido.

Es de sobra conocido que los pueblos que muestran escaso interés por su pasado, por su historia, están condenados a repetirla. Otra verdad de Perogrullo que amenaza con verse confirmada, cuando asistimos a juicios como el que enfrenta el próximo 13 de Octubre nuestra compañera Katiana Vicens, Secretaria General de las CCOO de Baleares. Piden para ella más de cuatro años de prisión por participar en un piquete, durante la Huelga General de Marzo de 2012.

No es el único caso abierto en España contra sindicalistas, mayoritariamente de CCOO. Ahí tenemos el caso de los 8 sindicalista de Airbús, para los que la fiscalía pide la misma condena de 8 años, por idénticos sucesos y delitos, sumando más de 64 años de cárcel en total. Pero, prácticamente en todas las Comunidades Autónomas, se suceden imputaciones de los fiscales, que afectan a cerca de 300 personas encausadas, o sometidas a procedimientos sancionadores penales, o administrativos.

En la mayoría de estos procedimientos se recurre al artículo 315.3 del Código penal, considerando delito contra los derechos de los trabajadores todo aquel comportamiento coactivo encaminado a que otros trabajadores y trabajadoras participen en una huelga. No importa que haya violencia o no. Basta con que el fiscal determine que ha existido esa circunstancia de coacción para que pida duras penas de cárcel por participar en un piquete de huelga.

Es curioso que este artículo 315 se aplique en su apartado 3, cuando habla de coacciones ejercidas por los trabajadores y nunca jamás en sus dos apartados anteriores cuando habla de las coacciones ejercidas por empresarios para impedir el derecho de huelga. Podríamos denominarlo doctrina Coca-Cola, si tenemos en cuenta que, pese a las sanciones y condenas que esta empresa ha recibido recientemente por vulnerar el derecho de huelga, ningún fiscal ha imputado a ninguno de sus directivos. Mientras que sí hay trabajadores de Coca-Cola imputados tras participar en una Huelga General a las puertas de la empresa.

Volvemos a vivir en un país, 40 años después del Proceso 1001, en el que un agresor sexual, alguien que abusa de menores, o quien roba con fuerza en una casa habitada, suele terminar mejor parado ante la justicia que un sindicalista que participa en una huelga, aunque no haya actos de violencia por medio. Basta con que un fiscal considere que un insulto, un grito, una mala mirada, constituye una coacción que impide trabajar en día de huelga. Curioso que no se aplique esa misma doctrina a quien es responsable de que seis millones de personas no trabajen durante el resto de los días.

Hay quien persigue, en estos momentos, en este país, la criminalización del conflicto laboral, acompañándolo de prácticas sancionadoras. Hay quien busca aplicar cualquier tipo de tipología sancionadora contra la actividad sindical. Hay quien identifica deliberadamente a cargos sindicales y sindicalistas conocidos y fácilmente identificables, para detenerlos y formular este tipo de acusaciones desmedidas. Estaba allí, habló con la policía, le identificamos. Estaba, luego es denunciable.

Esta práctica de imputar a dirigentes sindicales y trabajadores fácilmente identificables, cargándoles cualquier mochuelo que pasara por allí. Parece ser el caso de los 8 de Airbús, en Getafe, o de Katiana en Baleares. Eran fácilmente identificables, luego ellos lo hicieron.

Por eso no hay proporcionalidad en la petición de penas. Parece ser que todos hicieron lo mismo, al mismo tiempo, en el mismo grado de responsabilidad. Imposible, increible, pero cierto.

Hay quien, ante la ausencia de comportamientos violentos, busca agravar las posteriores imputaciones penales recurriendo a estereotipos como “concierto de voluntades para delinquir”, prácticas ilegales de “piquetes informativos”. Estos estereotipos aparecen en denuncias muy distantes geográficamente y de forma generalizada, lo cual hace pensar en la existencia de alguna instrucción o criterio dictado desde las altas instancias policiales o ministeriales.

Criminalizar el sindicalismo y la actividad sindical. Amedrentar, atemorizar, amenazar. Impedir el libre ejercicio del derecho de huelga. Ignora quien esto pretende que en peores bregas nos hemos tenido que ver. Que los trabajadores a veces toleramos que se gobierne sin nosotros, pero nunca perdonamos que se gobierne contra nosotros.

Hemos recurrido al Ministerio de Justicia, a la Fiscalía General del Estado, al Consejo General del Poder Judicial, al Comité de Libertad Sindical de la OIT, al Comité de Derechos Sociales de la Unión Europea, al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, al Tribunal Constitucional.

Cuando responsables políticos y gubernamentaleseuropeos visitan las sedes sindicales, o coinciden con nosotros en cualquier foro, comienza a ser habitual que nos pregunten por la vulneración de los derechos sindicales en España. El Proceso 1001 mereció, hace más de 40 años, la repulsa y la condena internacional. Los Diez de Carabanchel recogieron el apoyo y la solidaridad de miles de trabajadores, manifestándose por las calles de las capitales europeas y de otros lugares del planeta.

Hoy, el Gobierno de Mariano Rajoy, se enfrenta a esa misma repulsa que suscita el ejercicio de la brutalidad contra el débil. Y sus víctimas, esos más de 300 trabajadores y trabajadoras, sindicalistas imputados, va a sentir la misma solidaridad nacional e internacional. Esa solidaridad que siempre ha torcido el brazo de los poderosos, de los indolentes. De quienes, con métodos autoritarios persiguen la libertad, cercenan la democracia y vulneran nuestros derechos laborales y sociales.

El caso Katiana, o la doctrina Coca-Cola