viernes. 19.04.2024

Decreto desahucios: insuficiente y sin soluciones ante el drama social

Es necesario seguir demandando la paralización de los procesos de embargo de viviendas que provengan del deterioro de situaciones económicas sobrevenidas y la reforma urgente de la Ley Hipotecaria.

Es necesario seguir demandando la paralización de los procesos de embargo de viviendas que provengan del deterioro de situaciones económicas sobrevenidas y la reforma urgente de la Ley Hipotecaria.

El Real Decreto Ley publicado ayer, no da respuesta a los problemas de la mayoría de las personas afectadas y en absoluto responde a las denuncias, protestas y propuestas de cambio que desde hace años vienen impulsando las Plataformas de Afectados por las Hipotecas o a las diversas iniciativas legislativas surgidas desde los grupos parlamentarios en el Congreso de los Diputados o recogidas en el texto de la Iniciativa Legislativa Popular, de la que CCOO formamos parte como promotores de la misma, junto a otras organizaciones y colectivos.

Sigue siendo urgente adoptar medidas transitorias integrales, en tanto en cuanto no se modifique la legislación en materia de ejecución hipotecaria y esta medida, no puede ser otra que la suspensión temporal de todos los procesos de ejecución en marcha.

Desde diferentes instancias (últimamente con especial incidencia en los ámbitos judiciales), se ha cuestionado la regulación vigente y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea tiene que pronunciarse sobre la adecuación a la normativa comunitaria del procedimiento de ejecución hipotecaria español, aunque el informe preliminar concluye que no es compatible con la directiva europea de protección del consumidor frente a cláusulas abusivas.

La normativa europea recoge la necesidad de que el afectado cuente con un recurso legal eficaz que ponga de manifiesto si su contrato de préstamo se revela abusivo, y en ese caso, pueda detener la ejecución forzosa del desahucio.

Es necesario regular con claridad el procedimiento de dación en pago y el acceso de las personas físicas en situación de insolvencia sobrevenida o riesgo inminente de insolvencia, en los mismos términos que en la legislación concursal común y es necesario contemplar la reapertura de los procedimientos de ejecución, al efecto de acreditar que se reunían las mismas condiciones y requisitos que se establezcan en la nueva regulación.

Ayer mismo, el secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Fernando Jiménez Latorre, señalaba que las medidas no se aplicarán con carácter retroactivo.

La definición de una moratoria de dos años a colectivos de especial vulnerabilidad, no aborda actuaciones sobre una normativa hipotecaria rígida y que favorece la acumulación de deuda, alargando el problema más allá de la ejecución. Es especialmente relevante el mantenimiento del elevado interés por mora que grava enormemente las deudas contraídas y que no pueden ser atendidas. La demora habitual de los procesos judiciales, que no aborda el Real Decreto, juega a favor de la entidad financiera que va acumulando una cantidad adicional a la deuda, inasumible para el propietario de la vivienda.

Es necesario determinar con claridad los mecanismos de acceso al alquiler social y al parque de viviendas disponible en manos de las entidades financieras intervenidas por el Estado y llama la atención, que no se determine qué organismo gestionará el fondo social de viviendas, solo semanas después de que el Gobierno haya eliminado la Agencia Estatal de Alquiler justificándolo como una medida de racionalización de la estructura de la Administración.

Por otro lado, las declaraciones efectuadas desde la Comisión Europea recordando que bajo las condiciones impuestas en el Memorando de Entendimiento suscrito para el rescate bancario, España tiene que consultar ex ante con la Comisión y el BCE la adopción de políticas del sector financiero que puedan tener un impacto material en la consecución de los objetivos del programa.

El ministro de Economía, Luis de Guindos, ha señalado que al no reformarse la Ley Hipotecaria, no es necesaria esta consulta, de lo que fácilmente se puede desprender que el Gobierno, no pretende hacer una reforma en profundidad o no cuenta con la obligada autorización comunitaria.

Ello muestra el elevado grado de intervención externa de nuestra economía y la condicionalidad generalizada que impone el Memorando de Entendimiento, por mucho que el Gobierno siga empeñado en negarlo.

Finalmente, los debates sobre las modificaciones legislativas que deban producirse no pueden limitarse a las dos fuerzas políticas mayoritarias, debiendo incorporar necesariamente, una visión integral que permita recoger y proteger adecuadamente los derechos básicos que se ven afectados por esta grave situación.

Decreto desahucios: insuficiente y sin soluciones ante el drama social