sábado. 20.04.2024

Acogida a refugiados: Organizar bien el programa y no hacer chapuzas

A la hora de que España organice la acogida de refugiados, hay que intentar aclarar algunas cuestiones que los gobiernos están manejando de forma confusa.

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El status jurídico de refugiado implica unos derechos reforzados, tanto en España como en la Unión Europea y en general en los estados democráticos y no solo una mera acogida humanitaria

A la hora de que España organice la acogida de refugiados, siguiendo los acuerdos de la Unión Europea de acogida de refugiados, hay que intentar aclarar algunas cuestiones que los medios de comunicación o los gobiernos están manejando de forma confusa.

El derecho nacional  y el internacional distingue entreinmigrantes económicos (personas que huyen de un país ante la falta de posibilidades de tener unas condiciones de vida mínimamente dignas), desplazados (personas, por lo general familias enteras, que abandonan su hábitat de origen por razones de una catástrofe natural, una guerra, un conflicto armado o incluso una hambruna o una pandemia sanitaria de graves dimensiones, pero con la voluntad de volver si desaparecen o se resuelven las causas que les hicieron marcharse) y los refugiados (personas que de manera concreta  sufren persecución o tienen claros riesgos de padecerla por motivos políticos, étnicos, religiosos o de orientación sexual y que por lo tanto requieren una protección especial, reforzada y duradera).

Aunque a menudo no es fácil discernir cada caso personal o familiar, la avalancha que está llegando a las fronteras de la Unión Europea mayoritariamente son desplazados e inmigrantes económicos y tan solo una pequeña minoría podrían ser considerados refugiados en sentido estricto. Aunque por supuesto todos estén sumidos en una grave situación y necesiten apoyo, las medidas no pueden ser iguales.

Esta diferenciación que a primera vista podría ser considerada una disquisición meramente jurídica y hasta interpretarse como poco solidaria, tiene enorme importancia a la hora de establecer la respuesta adecuada. Los inmigrantes económicos deben tener el tratamiento que la legislación de la Unión Europea y cada país en particular establece, teniendo muy en cuenta la situación económica, social y los niveles de paro nacional existentes en cada estado. No pueden hacer lo mismo Alemania y los Países Nórdicos que los países mediterráneos y en especial España y Grecia.

Los desplazados, deberían ser atendidos preferentemente en lugares lo más próximos posibles a su lugar de origen, dado el carácter que se supone temporal de la causa del desplazamiento. No es un tema fácil, ya que existe el evidente riesgo de crear inmensos “campamentos-ghettos”, de difícil administración y gestión, muy costosos de mantener si se quiere que reúnan condiciones dignas de habitabilidad, con dificultades de adecuada atención a niños, ancianos y enfermos y con frecuentes problemas de convivencia, sobre todo si se prolonga la permanencia y acogen a decenas o centenares de miles de personas.

Los ejemplos de los palestinos o de los campamentos con desplazados en diversos lugares de África son claros “contraejemplos” de lo que debe ser un campamento de acogida de desplazados. Al final, si el campamento se cronifica, hay que contar con que buena parte de los desplazados se transforman en inmigrantes económicos.

Si de lo que se trata es de acogida a refugiados, hay que tener presente que la legislación nacional y las disposiciones internacionales establecen que no hay que limitarse a dejarles entrar y atenderles unas semanas o unos pocos meses. La política de refugio conlleva, aparte de la atención básica (alojamiento, alimentación, vestido, atención sanitaria), el propiciar la integración a medio plazo en el país, mediante la enseñanza del idioma, la inserción laboral y en su caso la formación profesional, el acceso a una vivienda, todo ello de forma directa o bien con adecuadas ayudas económicas.

En definitiva el status jurídico de refugiado implica unos derechos reforzados, tanto en España como en la Unión Europea y en general en los estados democráticos y no solo una mera acogida humanitaria.

La Administración del Estado en España dispone de 4, he dicho bien, 4, Centros de atención a Refugiados (C.A.R.), que en su día puso en marcha y gestionó el INSERSO y que hoy dependen de la Dirección General de Migraciones, con un número de plazas en torno a 500 y que siempre suelen estar ocupadas. Hay también plazas subvencionadas o concertadas con ONGs especializadas, que pueden llegar a otra cifra similar. Y en casos excepcionales se han utilizado temporalmente algunos hoteles de modesta calidad. Alguna Comunidad Autónoma cuenta también con algunos centros y plazas que en alguna ocasión se han utilizado para acogida de refugiados, pero que en general no están especializados para una adecuada atención. Y eso es todo. Por eso el gobierno ante las demandas de la Unión Europea, no sabe muy bien qué  hacer, más allá de aprobar un crédito extraordinario de 200 millones de euros, que es un buen paso pero a todas luces insuficiente.

Tuve la ocasión de estar al frente del INSERSO cuando las operaciones de acogida a refugiados bosnios y kosovares en la década de los 90. Eran cifras mucho mas reducidas y aun y así tuvimos serios problemas para afrontar la acogida a estos refugiados, empezando por la poca sensibilidad, tanto del Ministro de Hacienda del PSOE como después del PP, para disponer de una financiación extraordinaria adecuada. Como en tantas ocasiones Cruz Roja, CEAR y ACNUR, entre otras, echaron muchas manos para facilitar la atención.

Al igual que ahora, unas decenas de Ayuntamientos y  algunas entidades sociales o religiosas se ofrecieron a acoger a refugiados y lo hicieron y fueron muy importantes para atender la demanda inmediata de sacar urgentemente a la gente de donde estaban con grave riesgo de su vida. Pero a los muy pocos meses, estaban agobiados y empezaron a decir que ya no podían seguir atendiéndoles y nos los iban pasando a la Administración General del Estado.

Hay otro elemento a tener muy en cuenta. Los CAR y los profesionales del INSERSO y de las ONGs especializadas, estaban acostumbrados a atender a refugiados procedentes sobre todo de las dictaduras aun existentes entonces en Latinoamérica, algunos procedentes de Cuba, algunos de Irán, Irak o Argelia; la mayoría de ellos eran cuadros políticos, con un nivel cultural y profesional elevado, con gran capacidad personal para integrarse en la sociedad española y sin especiales problemas de convivencia entre ellos.

En el caso de los bosnios y kosovares, las cosas fueron muy distintas. Bastantes eran personas con una experiencia militar, en diversas modalidades de lucha armada, muchas de ellas con vivencias de tremendo dramatismo, con profundos traumas psicológicos, la mayoría  con unos hábitos culturales no aceptables (muy en especial el trato discriminatorio a las mujeres) y que hacía muy difícil la convivencia en los centros con choques entre diversas religiones y etnias. Todo ello requería un apoyo muy personalizado y especializado, que no siempre estuvimos en condiciones de dar, pero que los profesionales con gran esfuerzo y dedicación buscaron  afrontar de la mejor manera posible.

Tampoco hay que silenciar que hubo problemas complejos con refugiados con acusaciones de haber cometido delitos en la guerra, otros sobre los que la policía española y otros refugiados tenían serias sospechas de que pudieran ser agentes infiltrados para conocer y detectar a personas exiliadas, incluso hubo quienes estando en el programa de acogida se vincularon en España a redes mafiosas o delictivas.

El perfil de los refugiados que nos van a llegar tiene mucho más que ver con los bosnios y kosovares, que con los latinoamericanos. Incluso con mayor fragmentación ideológica, étnica y religiosa que aquellos.

Señalo todo ello, no para cuestionar una política solidaria de acogida a refugiados, sino para no caer en el voluntarismo sin más y conseguir las condiciones para que la atención sea digna y adecuada. No es suficiente con colocar carteles dándoles la bienvenida, desgraciadamente hay que poner muchos, costosos y especializados medios personales y materiales  para atenderlos. De esto tienen que ser conscientes los Ayuntamientos, las Comunidades Autónomas, las ONGs y las entidades religiosas.

Organizar el programa de acogida pasa en primer lugar porque la Administración General del Estado facilite información lo más clara y concreta del perfil de quienes van a ser incluidos en el programa y cuales van a ser los tiempos de llegada. En segundo lugar, hay dejar  muy claro en una Comisión de Coordinación qué es lo que va a aportar cada Administración (financiación, centros o plazas y profesionales) y por cuánto tiempo y lo mismo en lo que se refiere a entidades sociales o religiosas. En tercer lugar, la Administración General del Estado tiene que reforzar de forma sustancial y urgente los medios personales y materiales para la tramitación de la solicitud individualizada de la condición de refugiado, para evitar, como viene siendo habitual, que se demore meses y meses.

Si no hay una organización y planificación detallada del programa de acogida, podrá convertirse en un desastre y en un serio problema a medio plazo. Estamos ante un tema complejo, sobre el que tenemos limitada experiencia y escasos medios y en el que sobran los gestos para la galería.

Acogida a refugiados: Organizar bien el programa y no hacer chapuzas