viernes. 29.03.2024

Más que la politización, es la mentalidad de bandería

justi

El Tribunal Supremo norteamericano, con una mayoría conservadora muy ampliada durante la presidencia de Donald Trump, acaba de rechazar los recursos de varios estado de mayoría republicana contra el Obama care. También recientemente el Tribunal Constitucional alemán ha resuelto la congruencia de los fondos de reconstrucción europea con la Constitución alemana, cerrando con ello el paso a un nuevo intento de instrumentalización por parte de la ultraderecha con sus recursos contra los avances en la integración europea. 
En ambos casos, las instituciones, con distintos métodos de nombramiento y con remoción o si ella, han respondido a su papel con independencia del color de los gobiernos y haciendo frente a los intentos de instrumentalización política, con una cultura de independencia y servicio público.

Este conjunto de recursos a los tribunales forman parte  de la lawfare, un anglicismo que significa guerra jurídica y que remite a la judicialización de la política que se ha convertido en una de las aportaciones iliberales de la extrema derecha populista frente a la división de poderes cuando está en la oposición, para pasar sin solución de continuidad a la politización de la justicia, limitando la independencia del poder judicial cuando se encuentra en el gobierno. Algo, solo aparentemente contradictorio, que se resume en la instrumentalización de la justicia contra los adversarios políticos y el condicionamiento desde el poder político de la independencia judicial. Todo ello, perfectamente compatible también con la defensa de la preeminencia del poder judicial, como poder duro por excelencia, frente a la supuesta veleidad del poder político del legislativo y del ejecutivo. 

En este contexto, recientemente en España el segundo ponente del Tribunal Constitucional sobre el recurso de la extrema derecha contra la declaración del estado de alarma, parece decantarse ahora por dar la razón al recurrente, al considerar que el alto grado de restricción de movilidad en el confinamiento domiciliario solo sería posible al amparo de la declaración del estado de excepción, cuando casualmente, el Tribunal Supremo ha afirmado precisamente lo contario, rechazando las denuncias de la ultraderecha e invitando al recurrente a seguir la vía política que le corresponde y a abandonar el intento de instrumentalización política de los tribunales de justicia.  

Y es que uno esperaría del ponente actual del Tribunal Constitucional, independientemente de su sesgo conservador, que se situase al margen de la estrategia de polarización negacionista de la pandemia y del rechazo al estado de alarma como instrumento de oposición y desestabilización política, cuando la alarma está expresamente prevista en la ley para enfrentar una situación de epidemia, todo ello para respaldar el estado de excepción, que solo está previsto frente a las amenazas contra el orden político y contra las instituciones democráticas. Una disquisición sobre el sexo de los ángeles sin más consecuencias que su efímera agitación politica. Eludiendo con ello, por el contrario, entrar en aspectos de mayor calado constitucional, dentro del estado de alarma, como la proporcionalidad en las restricciones de los derechos fundamentales en los casos de emergencias sanitarias como una pandemia, en el plazo de la autorización y el grado del control parlamentario no suficientemente regulados en el actual estado de alarma o en la compatibilidad entre el mando único, la autoridad sanitaria y la cogobernanza con nuestro modelo autonómico de competencias sanitarias plenas y sobre todo en el contexto de las regulaciones internacionales de la OMS y las cada vez más importantes de la propia Unión Europea, y su pertinencia a lo largo de las distintas fases de olas, brotes y de control de la pandemia.

La única diferencia de la derecha española con respecto a esta estrategia populista de politización de la justicia y judicialización de la política, solo es de grado, porque continúa con su estrategia del mantenimiento de la captura política conservadora del Consejo del Poder Judicial y del Tribunal Constitucional, bloqueando la renovación prevista en la Constitución con excusas sobrevenidas como un supuesto derecho de veto a las propuestas de Unidas Podemos o su rechazo al indulto a los condenados por el Procés o con la reiterada exigencia de una reforma de la legislación para cambiar el método de elección, ahora parlamentaria, por la elección corporativa de una parte los vocales del CJPJ. El recurso del método que solo se esgrime cuando la renovación le corresponde a una mayoría parlamentaria diferente. La cuestión es mantener la colonización conservadora de los órganos institucionales, tanto en las legislaturas de mayoría de derechas como en las progresistas, aprovechando sobre todo los periodos intermedios para ampliar su mayoría, como ha ocurrido hasta la más reciente modificación de la ley.

No contentos con ello, cuando los procesos judiciales afectan al partido popular, como en el caso gürtel, no dudan en utilizar el aparato del Estado en sus manos para obstruir las investigaciones de un juez incómodo, incluso al margen de la ley.

En definitiva, que frente a la instrumentalización populista como a la colonización política de la justicia, la cuestión pues no es solamente el método de elección y remoción de los vocales del Poder Judicial ni de los miembros del Tribunal Constitucional, que seguramente pueden ser mejorados incorporando criterios objetivos, un menor número de propuestas para elegir, audiciones parlamentarias más rigurosas, mayorías cualificadas etc. Se trata sobre todo de cumplir con la renovación prevista en la Constitución sin subterfugios ni dilaciones interesadas y también de primar la cultura de independencia y el servicio público de sus miembros frente a la lógica perversa de la bandería.

Más que la politización, es la mentalidad de bandería