sábado. 20.04.2024

Por qué nos oponemos a la Ley de Cajas de Madrid

NUEVATRIBUNA.ES - 18-03-2009(PARA dia@dia.net, UN SERVICIO DE COMFIA - CCOO)La nueva Ley de Cajas de Ahorros de la Comunidad de Madrid atenta contra principios legales contenidos en la Constitución española y en la Lorca (Ley de Regulación de las Normas Básicas sobre Órganos Rectores de las Cajas de Ahorros).
NUEVATRIBUNA.ES - 18-03-2009

(PARA dia@dia.net, UN SERVICIO DE COMFIA - CCOO)

La nueva Ley de Cajas de Ahorros de la Comunidad de Madrid atenta contra principios legales contenidos en la Constitución española y en la Lorca (Ley de Regulación de las Normas Básicas sobre Órganos Rectores de las Cajas de Ahorros). Por ello, tal como está establecido legalmente, hemos solicitado al Defensor del Pueblo que interponga un recurso de inconstitucionalidad.

El aspecto más relevante a garantizar es el principio de igualdad. La nueva ley trunca dicho principio, tanto por las modificaciones que realiza en la representación de corporaciones locales como en la representación del sector de impositores, toda vez que introduce una pulsión de democracia arcaizante: el voto censitario.

Para la asignación de representantes de corporaciones municipales se introduce, por primera vez, el criterio del número de habitantes, elemento ajeno a toda legislación sobre cajas de ahorros. Su aplicación prima a municipios con bajo número de habitantes y alto nivel de depósitos (y de rentas). Así, por ejemplo, Getafe y Majadahonda, con un volumen similar de depósitos, tendrían 5 y 14 representantes respectivamente, pasando este último de ostentar un representante a 14 con la nueva norma.

Este efecto se agrava en el caso del Ayuntamiento de Madrid, que con casi la mitad de los depósitos totales de la entidad y un número de clientes considerable, pero aún mayor de habitantes, ve jibarizada su representación de 70 a 24, pues le afectan todas las reducciones que aplica la ley Aguirre: no asignación del porcentaje del Patronato Real, limitación por contar con el mayor número de habitantes y una limitación de proporción ad hoc, razón ésta por la que el Ayuntamiento de Madrid ha presentado su propio recurso.

También por criterios de voto censitario se endurecen los requisitos para ser impositor elector y elegible. Antes bastaba con haber realizado 10 operaciones al semestre o mantenido un saldo medio de 150 euros; ahora se exigen 50 operaciones o 600 euros. Ello supone que un censo global de clientes electores y elegibles de 2,5 millones de ciudadanos se reduzca a menos de un millón, los de las rentas más altas.

Además, la nueva ley ataca frontalmente el principio de proporcionalidad al no asignar equitativamente los representantes que el Patronato Real, entidad fundadora de Caja Madrid, no designa. Se excluye del reparto a las corporaciones municipales y se prima a las entidades representativas.

Otro aspecto destacable es la inseguridad jurídica que afecta a un proceso electoral en curso al aplicar una norma con carácter retroactivo, lo que supone un ejercicio arbitrario del poder legislativo. En octubre pasado comenzó el citado proceso y esto era conocido por el Gobierno de la comunidad que, aun así y precisamente por ello, introduce la retroactividad en la nueva ley, con la clara finalidad de obtener unos resultados diferentes a los previsibles bajo la ley anterior.

La Constitución española prohíbe expresamente la retroactividad de disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos. Y el Tribunal Constitucional tiene establecido que es cuestionable la retroactividad cuando colisione con el principio de seguridad jurídica, y afirma que sólo es posible la eficacia retroactiva de una ley cuando exista urgente necesidad y justificación objetiva y razonable para el interés público.

Para promover este cambio normativo, el Gobierno de la Comunidad de Madrid alegó la necesidad urgente de adaptar la ley a la modificación introducida en la Lorca a través de la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos Generales del Estado de 2003, siendo ministro de Economía Rodrigo Rato.

Aquella Ley de Acompañamiento perseguía garantizar que las cajas con dimensión estatal recogieran en sus órganos de gobierno una representación de corporaciones municipales y de impositores proporcional a su implantación geográfica. Caja Madrid ya lo tenía garantizado y no tuvo que hacerse modificación alguna. Prueba de ello es que este mismo Gobierno, en el anterior proceso electoral de Caja Madrid de 2006, no viera ninguna necesidad de adaptación legal.

Sin embargo, lo más delirante es comprobar hasta qué punto sólo se trataba de una añagaza, pues no se puede ser menos respetuoso con la norma que se aduce, a la vista de su desarrollo. Con la nueva ley los ayuntamientos que no pertenecen a la Comunidad de Madrid tienen menor presencia que con en marco legal anterior, pues de 12 consejeros generales pasan a 4. Así, por ejemplo, Barcelona pasa de 8 a 1; Valencia, de 2 a 1, y tanto Málaga como Sevilla dejan de tener representación. Curiosa manera de cumplir con la Lorca.

La Lorca ve vulnerados, también, sus principios cuando la aplicación de la nueva ley configura una asamblea general de Caja Madrid con más del 50% de representación pública, pues a la de ayuntamientos, Asamblea regional, universidades públicas y Cámara de Comercio hay que sumar la de las entidades representativas designadas directamente por la comunidad, en total un 54,6% de dicha asamblea general.

Habría otras consideraciones que hacer de orden político, como es el procedimiento utilizado, opaco y rayano en la prevaricación; el desprecio por la búsqueda de un consenso amplio, parlamentario y social, como los que tuvieron lugar en anteriores reformas legislativas, o la irresponsable actitud de desestabilizar la institución en pleno marasmo económico y financiero, como demuestra la obstrucción que cada día realiza la Consejería de Economía y Hacienda interviniendo, más allá de las funciones de tutela, en las tareas de la Comisión de Control de Caja Madrid.

Todo lo mencionado hasta aquí forma parte del análisis que en CC OO hemos efectuado sobre la reforma de la Ley de Cajas de Ahorros de la Comunidad de Madrid. Desgraciadamente, las conclusiones que obtenemos confluyen en una sola: el actual Gobierno de la Comunidad de Madrid busca el control, cuando no la apropiación, de un instrumento financiero de capital importancia que pertenece a la sociedad española. Y es imprescindible evitarlo para que Caja Madrid siga desempeñando el papel que hasta ahora ha tenido en el desarrollo socioeconómico del país y para no contaminar el modelo español de cajas de ahorros.

Por eso hemos decidido plantear el recurso contra la ley, de forma complementaria a otras iniciativas legales en marcha que van en la misma dirección, la de conseguir que Caja Madrid siga siendo independiente, gestionada con profesionalidad y productiva para la sociedad a la que sirve.

José María Martínez es Secretario general de Comfia-CCOO y Francisco Javier López es Secretario general de la Unión Sindical de Madrid-Región de CCOO.

> Boletín de COMFIA

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