viernes. 29.03.2024

No serán los parados actuales quienes accedan a los nuevos puestos

El PP, con Rajoy y la ministra del ramo al frente, insisten una y otra vez en que los sindicatos solo defiende a los que tienen trabajo, no a los parados. Ellos han pensado una reforma para que los parados puedan tener un trabajo. Esta es la respuesta que se da cuando se critica que la reforma va a crear más paro. De alguna manera quieren dejar entrever que su idea es que roten los que trabajan con los parados. No lo dicen claramente pero es la idea subliminal que transmiten.

El PP, con Rajoy y la ministra del ramo al frente, insisten una y otra vez en que los sindicatos solo defiende a los que tienen trabajo, no a los parados. Ellos han pensado una reforma para que los parados puedan tener un trabajo. Esta es la respuesta que se da cuando se critica que la reforma va a crear más paro. De alguna manera quieren dejar entrever que su idea es que roten los que trabajan con los parados. No lo dicen claramente pero es la idea subliminal que transmiten.

Además de las 148 menciones de la palabra despido que hace la reforma laboral, propone dos medidas de incorporación al trabajo, el que llaman contrato de apoyo a los emprendedores y la concatenación de los contratos para la formación y el aprendizaje. Dejan fuera otras posibilidades, algunas de reemplazo como los contratos de relevo o un nuevo contrato de anticipo de la edad de jubilación. Tampoco flexibilizan condiciones de reducción del tiempo de trabajo cuando este se remplace con un trabajador desempleado. La contratación en prácticas no es un olvido, porque para eso ya se utilizará a los titulados como becarios.

El PP dibuja un escenario en el que los trabajadores actuales van a ser sustituidos por otros, por parados. Rajoy comenta que va aumentar el paro en 600.000 personas este año. Después se creará empleo. Deja entrever que se incorporarán los parados. Pero habrá que ver quiénes son los parados que proponen que se incorporen: los que hay actualmente o los que, con la reforma, se quedarán en el paro.

La variación del paro se produce por una resta: los que pierden su empleo menos los que se incorporan a uno. Rajoy cifra la diferencia en 600.000. Con una estimación muy conservadora, podemos estimar en medio millón los que se van a incorporar de nuevo, cifra similar a los contratos indefinidos firmados en 2011 (544.428). Ello supone que el número de personas que se van a quedar sin empleo en 2012 puede superar el millón.

Los incentivos a la contratación, sean cantidades a fondo perdido, bonificaciones de la seguridad social o fiscales, nunca han servido para crear puestos de trabajo. Su función es dirigir hacia la contratación de un u otro colectivo o incluir algún otro tipo de condicionamiento. Si analizamos los incentivos que propone el gobierno para el nuevo contrato, sabremos quienes se incorporarán por medio de él y en qué condiciones.

Hay dos grandes destinatarios del contrato para pymes en función del tiempo de permanencia. Por un lado están aquellos por los que no se recibirá ningún tipo de subvención y tendrán previsiblemente una duración mucho más corta, menos del año de prueba establecido. Este contrato “indefinido” va a substituir a los contratos temporales de menos de un año porque, por un lado, aún tiene menos indemnización (el despido en periodo de prueba carece de ella) y, por otro, no hay una exigencia de causa que justifique la temporalidad, por lo que ni desde la magistratura ni desde la Inspección de Trabajo se podrá obligar a su transformación en indefinido.

Este será el lugar donde recalarán los mismos parados que ahora tienen contratos temporales de mayor o menor duración. Será una temporalidad encubierta por rotación. Una cortina de humo que les va a permitir a las empresas ahorrarse esos ocho días de indemnización que ahora tenían que pagar y al PP hinchar el pecho por el éxito de la reforma. Pronto veremos cómo las estadísticas de contratos se llenan de esta modalidad y se adelgaza la cantidad de contratos por obra o eventuales. Sonarán los clarines del PP por el éxito de su reforma laboral y empezarán las maniobras para impedir que estadísticamente se pueda calibrar la duración y la rotación de trabajadores por esos puestos. 

El otro colectivo son aquellos trabajadores que serán fijos para los que exige a la empresa un compromiso de permanencia de tres años aunque no anticipa qué medidas de seguimiento piensa poner en marcha. Son por los que las empresas recibirán incentivos. Son los destinatarios teóricos de ese contrato. El cuadro de incentivos que se presenta es el siguiente:

a) Si es el primer trabajador que se contrata y es menor de 30 años: 3.000 euros

b) Si el contratado es un joven menor de 30 años 3.300 euros repartidos en tres años (si es mujer 300 euros más)

c) Si es un mayor de 45 años parado de larga duración (un año inscrito en los dieciocho meses anteriores) 3.900 euros en tres años (si es mujer 4.500 euros).

Estos incentivos son compatibles entre sí y con el mayor de todos, una bonificación fiscal equivalente al 50% de la prestación contributiva por desempleo que le reste por percibir al trabajador contratado. Esta desgravación fiscal oscilará entre las siguientes cuantías:

d) La desgravación mínima si el trabajador no tiene hijos es de 2.982 euros y si tiene uno o más 3.989 euros.

e) La desgravación máxima sin hijos es de 6.523 euros, con un hijo 7.455 euros y con dos o más 8.387 euros.

Para poder acceder a esta desgravación, el trabajador contratado debe haber consumido tres meses de prestación. Curiosamente este es el mismo plazo que se exige para contratar a un trabajador que haya finalizado, por cualquier causa, su relación laboral indefinida en otra empresa. Es decir, la contratación del primer trabajador pude alcanzar un incentivo de más de quince mil euros (a+c+e).

Los trabajadores a los que se les aplique esta reforma que pertenezcan a los grupos altos de cotización, actualmente todavía en sus puestos de trabajo, verán cómo se les despide por un procedimiento u otro, individual o colectivo, estarán tres meses en paro percibiendo la prestación que les corresponda y, de nuevo, serán llamados para incorporarse a un nuevo puesto con menor salario, posiblemente con la intervención de una ETT, porque serán los que tengan una prestación de mayor cuantía.

Un parado que actualmente esté percibiendo un subsidio no aporta ninguna desgravación fiscal a la empresa en que se pueda incorporar. Los parados no perceptores de prestaciones, los que cobran subsidios y aquellos que tienen unas cuantías más bajas de prestación contributiva o menos de un año, son discriminados por esta ley a quienes antepone los futuros parados que tendrán una prestación de mayor duración y cuantía.

Por su parte, las personas contratadas de esta manera, podrán paliar parte de su pérdida de poder adquisitivo simultaneando con el trabajo un 25% de la prestación que tienen aprobada. Este es un segundo incentivo encubierto. Esta prestación que se abona al trabajador, es un  incentivo encubierto para la empresa que es quien fija los salarios a través de su propio convenio. Tendrá mayores facilidades para incorporar trabajadores con más cualificación de la que retribuye gracias a la prestación por menor salario.

Pensemos en alguien con dos hijos con un salario de  2.400 euros que es despedido. Cobrará una prestación de 1.400 euros. Si le ofrecen este tipo de contrato con una retribución de 1.700 euros, una disminución salarial del 30% sobre su anterior empleo, podrá tener reticencia en aceptarlo. Si, en paralelo, le ofrecen la posibilidad de cobrar durante 21 meses además del salario, el 25% de la prestación, sus ingresos serán de 2.050 euros. Esta es la función de mantener ese 25% de prestación: permitir que las empresas puedan hacer mayores disminuciones salariales a corto plazo. En el único caso que me acuerde que se abona parte de la prestación a un trabajador a tiempo completo es en los contratos para mayores de 52 años perceptores de subsidio. En este caso, la empresa descuenta esa cuantía del salario y cotiza  por ella. Parece obvio que se buscarán trabajadores recién incorporados al paro porque serán los que tienen mayores prestaciones. Este será el criterio de selección que establece esta reforma.

Detrás del contrato de apoyo a los emprendedores lo que hay es un ahorro de prestaciones por parte del gobierno, ahorro del que hace partícipe a los empresarios. Esto originará un segundo ahorro al empresario: por un lado el 50% de la prestación durante un año y, por otro, jugará con el otro 25% que simultaneará el trabajador contratado para descontárselo de iure o de facto de su salario. El gobierno ahorra un 25% de la prestación más la Seguridad Social, el empresario se embolsa un 50% como bonificación y jugará con el otro 25% que percibirá el trabajador. Mientras, los parados actuales estarán como ahora, en el paro.

No serán los parados actuales quienes accedan a los nuevos puestos
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