viernes. 29.03.2024

Jubilación anticipada

La acción conjunta de las personas afectadas, de CCOO y UGT y de los grupos parlamentarios de la oposición...

La acción conjunta de las personas afectadas, de CCOO y UGT y de los grupos parlamentarios de la oposición – déjenme decir que de manera destacada Izquierda Plural- ha obligado al Gobierno del PP a rectificar la barbaridad que suponía negar la jubilación anticipada a los 61 años a quienes, reuniendo todos los requisitos, habían suscrito un Convenio Especial. 

Esperemos ver la concreción, pero de momento es una muy buena noticia para los afectados. En todo caso, que nadie caiga en la trampa de creer que se han resuelto todas las barbaridades provocadas por el Decreto Ley 5/2013.

La regulación impuesta por Decretazo es injusta con las personas mayores de 50 años, comporta graves agravios comparativos y es irracional.

Es injusta porque penaliza a las personas mayores que están en desempleo, que en muchos casos solo cobran el subsidio asistencial, que no tienen ninguna posibilidad ni expectativa de encontrar empleo y que ven cómo el Gobierno les cierra el paso a la Jubilación anticipada. Con el agravante que se trata, en la mayoría de los casos, de personas con 35 o 40 años de cotización, a las que se les limita el acceso a la jubilación y se les imponen importantes reducciones en su pensión futura que van a sufrir durante toda su vida de pensionistas. 

La nueva normativa comporta graves agravios comparativos, en la medida que solo reconoce la jubilación anticipada a los 61 años a quienes han perdido su empleo por despidos colectivos, muerte, jubilación o invalidez del empresario o fuerza mayor. Incomprensiblemente la niega a todos los que han perdido su empleo por otras causas no imputables al trabajador, como despidos individuales o finalizaciones de contrato. Esta regulación castiga especialmente a los sectores más débiles, los contratados temporales y trabajadores de PYMES.

La nueva normativa es irracional porque incentiva que los que han perdido su empleo por un despido colectivo y cobran prestación o subsidio no tengan ningún interés en suscribir un contrato temporal, porque si lo hacen, cuando el contrato se termine, ya no podrán acogerse a la jubilación a los 61 años y deberán esperar a los 63. 

Simplemente kafkiano e insultante para los afectados, porque además este Decretazo se ha aprobado con el cínico encabezamiento de “medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de las personas de mayor edad y promover el envejecimiento activo”

Todo ello llevó al grupo de la Izquierda Plural a votar en contra de este Decreto Ley y ahora a presentar una Proposición de Ley que esperamos poder debatir pronto en el Congreso. 

En esta Proposición de Ley planteamos que pueda acceder a la jubilación a los 61 años todos los que hayan perdido el empleo por causas no imputables al trabajador – por tanto también por finalización de contrato-. Además proponemos unificar los coeficientes reductores para impedir una doble penalización en la cuantía de la pensión. Es una barbaridad que quienes han estado cotizando 40 años, vean reducida su pensión en un 30% por verse obligados a jubilarse anticipadamente.

establecemos garantías para que quienes están parados y suscriban un contrato temporal no pierdan el derecho a jubilarse anticipadamente al finalizar el contrato. 

Estamos convencidos que nuestra propuesta es viable económicamente, garantiza mejor el equilibrio entre contributividad y solidaridad que debe regir la Seguridad Social pública y acabaría con las muchas injusticias, agravios e irracionalidades que impuso el Decreto Ley 5/2013.

Jubilación anticipada